La organización de productores como mecanismo de concentración de la producción agraria

AutorRosario Cañabate Pozo
Páginas577-598
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27. La organización de productores como mecanismo
de concentración de la producción agraria*
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Prof. Titular de Derecho Mercantil. Universidad de Almería
SUMARIO:
1. Introducción.- 2. Marco jurídico regulador de las organizaciones de producto-
res de frutas y hortalizas.- 3. Aspectos positivos de la organización de productores
para el productor de frutas y hortalizas.- 4. Nivel de consolidación y forma jurídi-
ca de su organización.- 5. De las organizaciones de productores de frutas y hor-
talizas a las asociaciones de productores de frutas y hortalizas.- 6. Conclusiones.-
7. Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN
Unos de los principales problemas a los que se enfrentan los productores agra-
rios, y en concreto los productores hortofrutícolas, para la comercialización de su
producción es la concentración de la demanda a lo que no ayuda, precisamente, la
existencia de una oferta atomizada y con altos costes de producción 1.
En tal escenario, y como un instrumento idóneo para paliar la referida proble-
mática, hacen su aparición las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas
(en adelante OPFH) y sus Asociaciones (en adelante AOPs) impulsadas desde la pro-
pia Unión Europea a través de la OCM, en el marco de la PAC 2. El reconocimiento
de la referida figura organizativa permitirá la ordenación de la producción de frutas
* Trabajo de investigación realizado en el marco del del Proyecto de Investigación
de Excelencia de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía «Retos
y oportunidades en los procesos de concentración e integración del sector agroalimentario»
(P12-SEJ-2555) y Centro de Investigación en Derecho de la Economía Social y en la Empresa
Cooperativa (CIDES) de la Universidad de Almería.
1 Cfr., FERRER ARRANZ, J.M., «Organizaciones de productores, llave de la OCM de fru-
tas y hortalizas. El caso de la Comunidad Valenciana», Estudios Agrosociales y Pesqueros, 2005, núm.
206, p. 24.
2 No obstante, el fomento del asociacionismo para la comercialización en nuestro país
de la producción agraria como instrumento de concentración de la oferta y de incorporación de
valor añadido por el productor, es anterior a la entrada en la CEE. Al respecto, puede referen-
ciarse la Ley 29/1972, de Agrupaciones de Productores Agrarios que, al albor del Reglamento
(CEE) núm. 1035/1972, del Consejo de 18 de mayo, ampararán las primeras organizaciones de
productores, cfr., FERRER ARRANZ, J.M., «Organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
¿Se cubren los objetivos de la OCM?», Agrícola Vergel: Fruticultura, horticultura, floricultura, 2001,
Rosario CAÑABATE POZO
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y hortalizas, es decir, la planificación de la producción posibilitando la adaptación de
la producción a las exigencias de la demanda a la que se responderá concentrando la
oferta y comercializando conjuntamente los productores su producción, como vehí-
culo orientador de los mercados y buena forma de estabilizarlos 3.
Así, la agrupación de tales productores a través del reconocimiento como OPFH,
y sus diferentes modalidades organizativas, en orden a la concentración de la produc-
ción y de su planificación, comercialización conjunta de tales productos y, no debe ol-
vidarse, prevención de gestión de crisis, las convierte en piezas esenciales de la política
agraria de la Unión Europa, que apuesta por su defensa como modelo organizativo y
por su consolidación en los diferentes países que integran la Unión Europea.
De esa forma, se recurre a las organizaciones de productores y sus asociacio-
nes, en las que se incluyen las transnacionales, como un instrumento esencial para
la ordenación del mercado de frutas y hortalizas, en el que la concentración de la
producción y la potenciación de la vertiente comercializadora de la OPFH, como
entidad jurídica empresarial que obtiene el referido reconocimiento frente a la
vertiente instrumental de cara a la obtención de ayudas de la Unión Europea, se
presentan como los nuevos ejes que centran el reconocimiento y funcionamiento
de las OPFH y de sus AOPs.
Sobre tales estructuras organizativas se proyecta la normativa europea a través
de diferentes Reglamentaciones, en atención al logro de múltiples objetivos que
han sido preconizados desde la Unión Europea, y en su adaptación a las nuevas
exigencias para el reconocimiento y funcionamiento de las OPFH nuestra nueva
normativa reguladora sobre reconocimiento y funcionamiento de las organizacio-
nes de productores, esto es, el RD 532/2017, de 26 de mayo por el que se regula el
reconocimiento y funcionamiento de las organizaciones de productores del sector
de frutas y hortalizas 4.
En tal contexto normativo, favorecedor de la cultura integradora de los pro-
pios productores de frutas y hortalizas que han de solicitar el reconocimiento como
núm. 233, p. 261. Ello en el marco de la Organización Común de Mercados en el sector de frutas y
hortalizas como pilar esencial de la Política Agraria Común.
3 Cfr., FERRER ARRANZ, «Organizaciones de productores de frutas y hortalizas…., ob.
cit., p. 260, en donde resalta las finalidades a las que sirven las referidas entidades jurídicas: «ase-
gurar la programación de la producción y su adaptación a la demanda, especialmente en lo que
respecta a la cantidad y a la calidad; fomentar la concentración de la oferta y la puesta en el mer-
cado de la producción de los miembros; reducir los costes de producción y regularizar los precios
de la producción; fomentar las prácticas de cultivo y las técnicas de producción y de gestión de los
residuos respetuosas con el medio ambiente, para proteger la calidad de las aguas, del suelo y del
paisaje, y para preservar y/o potenciar la biodiversidad».
4 BOE núm.129, de 31 de mayo de 2017 y corrección de errores en BOE núm. 65, de 15
de marzo de 2018. Debe referirse, por su estrecha vinculación, al estar ligadas las OPFH a las ayu-
das económicas en el marco de los fondos y programas operativos, el Real Decreto 1179/2018, de
21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones
de productores del sector de frutas y hortalizas, publicado en BOE núm. 230 de 22 de septiembre
de 2018, que deroga al Real Decreto 533/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan los fondos y
programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, publi-
cado (disposición derogatoria única).

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