Organización y régimen del Notariado en la Rusia de los Soviets

AutorDiego Hidalgo
CargoNotario
Páginas835-863

Page 835

Como hemos anticipado en nuestro Suplemento núm. 109, en la tarde del día 12 del corriente mes inauguró la Academia Matritense del Notariado el segundo curso de conferencias, disertando sobre el tema más arriba transcrito, D. Diego Hidalgo Duran, Notario de Pozuelo del Rey.

El interés palpitante del tema abordado, los extensos conocimientos del autor y las precisas y exactas noticias que ha adquirido en su reciente viaje al país de los Soviets, nos mueven a publicar el discurso íntegro.

I Introducción y fuentes de conocimiento

Fuera de los militantes del comunismo, la palabra Rusia es pronunciada hoy en todos los idiomas europeos, con temor o con molestia, cuando no con horror o con espanto. Sólo una minoría que no acoge con facilidad versiones de dudoso y desacreditado origen, la pronuncia con curiosidad y sólo los que, siendo hombres de trabajo, hemos visitado aquel país con miras a una información imparcial y serena, puestos los ojos en la verdad y cerrado el corazón a prejuicios y sectarismos, rojos o blancos, la pronunciamos con respeto.

Y este temor, molestia, horror, espanto, curiosidad y respeto, causa también esa mágica palabra en los oídos que la escuchan.Page 836

Necesario es, pues, serenar el espíritu, abrir las puertas de la razón, aquietar sentimientos, recogerse en sí mismo y no dejarse llevar por impresiones del ambiente, para hablar y para oír cuanto -con Rusia se relacione.

Así, yo, al invitar a tan respetable auditorio, a la meditación y a la serenidad, empiezo por dar ejemplo, leyendo esta conferencia, en vez de pronunciarla, para que así fije exactamente los conceptos, precise las ideas, metodice la exposición y hable sólo del régimen jurídico en Rusia en orden al derecho y a la legislación notarial, no rozando la esfera del derecho público, ni pasando por las murallas del dogma comunista, que, ¡pobre de mí !, mal podría desde mi pequeñez ni atacar ni defender.

Comisionado por la Junta Directiva de este Ilustre Colegio para estudiar legislación notarial en el extranjero, y habiendo elegido Rusia para campo de mis estudios, vengo a cumplir el deber de informar a mis superiores y a mis compañeros de cuáles son las normas esenciales del derecho civil soviético, y cuáles las que regulan en aquel régimen, el notariado, como función y a los Notarios como órganos de ésta.

Como base necesaria hablaré de la organización del Poder público, haciendo constar de antemano, que sólo una idea general de lo enunciado podrá caber en esta conferencia, pues la extensión del tema y la limitación de mis facultades y de mi cultura jurídica impedirán entrar de lleno en materia tan vasta, para la que confieso tener harto parca preparación.

Lástima que la enorme distancia y las dificultades inherentes. a un largo viaje, impidan a compañeros nuestros, maestros en Derecho, realizar esta labor de estudio de legislación comparada, y que sea yo el que peche con este deber, poniendo en evidencia la pobreza de mis conocimientos y restando interés a tema tan sugestivo.

Como fuentes que me han servido de información, voy a citar, además de la constitución de la U. R. S. S., del Código de la Familia, Código civil, Código Agrario, Código Forestal, Ley de enjuiciamiento civil y leyes y Reglamentos sobre organización del Notariado, la lectura de los trabajos de derecho soviético de Branderbugsky, miembro del Colegio del Comisariado del Pueblo para la Justicia ; los comentarios al Código de la Familia, del doctorPage 837 Champcomunal, profesor de la Escuela Superior de Derecho de Limoges, y los estudios de los profesores Lambert y Patouillet, de la Universidad de Lyon, sobre el Código civil soviético. Por último, una estancia de dos semanas en Moscou me ha permitido celebrar conferencias con el camarada Stielmajovich, presidente del Presidium del Tribunal Provincial de Moscou ; con el Sr. Trunev, jefe del Departamento del Notariado ; con el camarada Roussanoff, Fiscal del Tribunal Supremo ; con el camarada Israelit, secretario de la Sección de Derecho Soviético de la Vcks (Sociedad de relaciones culturales de la U. R. S. S. con el extranjero), y con varios Jueces, Abogados y Notarios de aquella capital.

De todos recibí atenciones y todos se multiplicaron para ayudarme a practicar una investigación minuciosa e imparcial de cuanto me interesaba ; desde el presidente del Presidium de la Audiencia, que después de dedicarme más de dos horas, puso a mi disposición un Juez adscrito a su, Secretaría, para que me acompañase a visitar los juzgados y Tribunales, hasta el jefe del Departamento Notarial, que dedicó toda una velada a hacerme un difícil resumen de las vicisitudes y modificaciones de las leyes sobre el Notariado, en los diez años del nuevo régimen.

Pero esas consideraciones no fueron otorgadas a mi persona, sino a mi cualidad de Notario y a mi condición de español, debiendo por ello, orgulloso de esta doble representación, hacer públicos mi gratitud y reconocimiento a todos, así como al camarada Jorge Korsunsky y al español Jesús Ibáñez, que me sirvieron de intérpretes en mis estudios.

II El hecho Ruso

El hecho ruso tiene en el terreno de la sociología y tendrá mañana, en el terreno de la historia, un positivo valor para la investigación científica.

Los elementos intelectuales, los juristas, los médicos, los ingenieros, los hombres exentos de prejuicios burgueses o proleta-Page 838rios, que sean capaces de librarse del espíritu de secta, manteniéndose en el espacio sereno de la ecuanimidad en el sentir y de la libertad en el pensar, deben considerarlo no como un proceso agudo de inmediata resolución, ni como la forma inalterable y perenne de un nuevo sistema económico-político, sino como la explosión detonante del sentimiento y de la ideología -de un pueblo que cristaliza su contenido revolucionario en una forma nueva en la historia de la Humanidad.

Las revoluciones todas, dejan siempre huellas bien definidas, como la Historia nos enseña ; pero no crean formas de gobierno estables, ni sistemas económicos fijos, y, por lo tanto, tan equivocados están los que sueñen con una reacción que haga volver a la vida rusa a su primitivo estado, como los que crean que el régimen soviético será ya inconmovible y sus normas servirán decauce a las generaciones futuras.

La reacción no vendrá, que no tiene ya sitio más que en las regiones del recuerdo y los principios del comunismo soviético, que han sufrido con la implantación de la N. E. P. una transformación radical, seguirán evolucionando, y del gran laboratorio surgirán nuevas formas de condensación de ideas que la práctica hará viables y que la misma práctica cambiará y transformará incesantemente, para que así se cumpla la ley eterna del progreso humano.

Asistimos, por lo tanto, al proceso evolutivo de un pueblo que tiene en su historia centenares de nombres gloriosos ; en su haber espiritual, las virtudes de la raza eslava, casta, sumisa y soñadora, y en su haber material, tesoros inagotables y riquezas sin cuento.

Serenamente, apartémonos de los fragores del gran incendio ; pero recogiendo las llamas de las ideas nuevas y recogiendo también las enseñanzas de tantas lágrimas, de tanta sangre y de tantos sacrificios.

III Organización político-administrativa del estado

La ignorancia que preside cuanto sobre aquel país se escribe o se habla es tal, que persona perteneciente a la clase que nosotrosPage 839 llamamos culta, al oírme decir que iba a Rusia para estudiar la legislación notarial, exclamó: «¿Pero hay allí Notarios?» Ignoraba que en poco más de cinco años, los Soviets han creado una obra legislativa que otros pueblos, en centurias enteras, no han logrado elaborar ; que la NEP, estableciendo como excepción a los principios comunistas, la propiedad privada y consagrándola cuando tiene por origen el trabajo y el alhorro, dio motivo a la promulgación de un Código civil, que regula una a una, con nuevas normas, todas las instituciones jurídicas de nuestro derecho histórico, introduciendo en alguna de ellas, como en las «Sociedades», modificaciones tan felices, que no tardarán en ser copiadas por los legisladores de las naciones europeas ; que la intervención notarial en los actos que producen relaciones jurídicas, tiene en aquel régimen más «extensión» y más «intensidad» que en las naciones occidentales, y que el Gobierno de los Soviets, combatíble en el terreno de los principios, como sistema político-económico, no sólo no representa la anarquía o el caos, como cree el vulgo, sino que las funciones del Poder público tienen vida real ante todas las manifestaciones sociales, existiendo, como correlativo al Poder, la coacción de su órgano, que es el Estado organizado.

Empezaré haciendo constar que Rusia está sometida a un régimen jurídico, que tiene como encarnación del derecho subjetivo el Soviet, que es el pueblo trabajador, y como corriente de derecho objetivo, las leyes, que rigen la convivencia social en orden a la familia, a la propiedad y al trabajo.

Los Soviets no son otra cosa que Consejos o Comités de obreros, campesinos y soldados, elegidos libremente, que representan a la masa trabajadora.

Y como parte preliminar del tema, me voy a permitir exponer brevísimamente cuál es la organización y el funcionamiento del Poder en la U. R. S. S.

Diré, ante todo, que esta Unión se compone de seis Repúblicas federadas: Rusia, Ukrania, Transcaucasia, Rusia Blanca, Turkmenistán y Uzbekistán.

Existen, además, varios territorios autónomos unidos a la Confederación.

Cada una de las Repúblicas se divide, para los efectos políticos y administrativos, en Volots (cantón o agrupación de aldeas),Page 840 Ouiezd (arrondissement o...

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