Bermejo Castrillo, Manuel Ángel, Entre ordenamientos y códigos. Legislación y doctrina sobre familia a partir de las leyes de Toro de 1505, Madrid, Dykinson, 2009. ISBN: 978-84-9849-836-3, 642 pp.

AutorFLPC
Páginas1086-1087

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El voluminoso libro del que ahora damos cuenta es un estudio en profundidad de las instituciones y de las relaciones familiares tal y como quedaron atendidas en las leyes de Toro y de la forma en que dichas instituciones fueron tratadas después por la Codificación, aunque, obviamente, dada la función que vinieron a cumplir las leyes toresanas, esto es, síntesis de dos tradiciones e instrumento de solución, según dice la pragmática de 7 de marzo de 1505, de los problemas planteados por la gran diferencia y variedad que habia en el entendimiento de algunas leyes de estos mis reinos, asi del Fuero como de las Partidas y de los Ordenamientos, el libro no se limita al examen de la sola disciplina toresana en tema de instituciones familiares. El libro, sin embargo, o mejor dicho, mucho de lo que en él se dice, no es enteramente nuevo, como el propio A. anuncia al principio (p. 15 n. 1). Trae causa, en realidad, de un también muy extenso trabajo anterior del A. publicado en 2006 con motivo del V Centenario de las Leyes de Toro1, de forma tal que en lo sustancial, aunque con algunas diferencias, el libro sigue muy de cerca el esquema y contenido de dicho trabajo. El paso de extenso trabajo a libro se ha producido, fundamentalmente, a través de dos vías que constituyen, también, las novedades o diferencias que separan a uno y otro. En primer lugar, y además de la adición de nuevos apartados, se han desarrollado las notas al pie que ya figuraban en el trabajo de 2006 y, en segundo lugar, se ha ampliado el ámbito cronológico dentro del cual fueron estudiadas en su momento las instituciones. Si en 2006 la refleXIón del A. terminaba por lo general con la literatura jurídica moderna, centrada fundamentalmente en el comentario a las leyes de Toro, ahora su refleXIón se extiende, en cada uno de los grandes apartados, hasta el Código Civil. Como en aquella ocasión, y a pesar de la evidente relación entre instituciones familiares e instituciones sucesorias, el A. ha prescindido ahora del examen de las leyes cuya orientación responde primordialmente a cuestiones sucesorias, con la única excepción de las referentes al mayorazgo, que siguen ahora también siendo objeto de tratamiento en libro (p. 22), extremo sobre el que diré algo más abajo.

Con dichos materiales y desde dichos planteamientos, el A. nos presenta un corpulento y bien construido estudio sobre las relaciones familiares en siete apartados fundamentales. El primero (pp. 23-105), dedicado...

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