Oposición a la inscripción del cese de un administrador

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Hechos: Se presenta escrito en determinado RM, en el que se manifiesta la oposición a la inscripción del cese de un administrador que consta en acta notarial, lo que se reitera en un nuevo escrito alegando la no notificación de la celebración de la Junta. El registrador no admite la oposición por no tratarse del supuesto del citado art. el cual además, en todo caso, y pese a la oposición, admite la inscripción. Se recurre insistiendo en la no notificación a dicho administrador de la celebración de la Junta. Aunque no queda claro parece que la inscripción del cese ya se ha practicado.

Doctrina: La DG confirma el acuerdo de calificación con tres fundamentales argumentos:

  1. El artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil contempla la práctica de operaciones registrales en virtud de certificación expedida por administrador no inscrito.

  2. El cesado sólo puede oponerse en los términos previsto en el citado artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil

  3. Practicada la inscripción del cese, la oposición no puede determinar la anulación y cancelación de la misma. Los asientos del Registro están bajo la salvaguarda de los Tribunales. Todo ello sin perjuicio de...

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