Un oportuno rescate

AutorSebastián Martín Martín
Páginas739-752

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I Un texto con plena vigencia

No se alarme el lector por el título que encabeza la presente reseña. El término empleado carece de la connotación económica y financiera con que aparece cada día en los medios de comunicación. Puede incluso que a la fecha de publicarse estas notas, hasta se haya consumado ya el tan temido rescate financiero de España, o, mejor dicho, de la banca española.

A nosotros nos interesa comentar otro rescate, esta vez literario, científico, muy oportuno y mucho más amable y gratificante que el económico y financiero del que tanto se habla. Se trata de la reedición de un extenso e inacabado artículo de Francisco Tomás y Valiente dedicado al constitucionalismo gaditano1, uno de los últimos textos publicados por el autor antes de su asesinato a manos del terrorismo etarra, en el que se apreciaban ya los

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sugerentes trazos de un próximo cultivo de la «Historia del Constitucionalismo español»2.

El momento no podía ser más oportuno. La casa editorial que ha promovido la publicación, la pamplonesa Urgoiti, ya nos tiene bien acostumbrados a los profesionales de la historiografía (jurídica o general) con su catálogo de restituciones bibliográficas, puestas en circulación con el valor añadido de prólogos y estudios preliminares solventes, que, a veces, hasta cuentan con entidad monográfica propia3. Así, sobre los asuntos que conciernen a esta revista, y en la colección dedicada a los Historiadores donde figura nuestro título, podemos encontrarnos con la revolución francesa de Emilio Castelar prologada por Francisco Villacorta4, con la historia de las regencias de Alcalá Galiano presentada por Juan María Sánchez-Prieto5, y ahora, en el año del bicentenario de la Constitución de Cádiz, con el texto aludido de Tomás y Valiente, introducido por un estudio de Marta Lorente Sariñena, catedrática de historia del derecho en la Universidad Autónoma de Madrid.

El rescate es oportuno no solo por la efeméride, sino, sobre todo, por el modo original en que Tomás y Valiente se aproximó en su investigación al constitucionalismo gaditano.

Si ya es difícil orientarse selectivamente en el universo bibliográfico dedicado a Cádiz, la citada dificultad no podía sino agravarse desde las vísperas de su conmemoración hasta la presente fecha del Bicentenario. Con todo, creo que, entre los títulos y conferencias dedicados durante este intervalo celebratorio al particular, acaso pueda entresacarse un ramillete de publicaciones probablemente destinadas a convertirse en textos de referencia.

En el capítulo de la reedición de fuentes, por ejemplo, destaca la publicación del debate constituyente gracias a la labor de Fernando Martínez Pérez, Mª Julia Solla Sastre y Blanca Sáenz de Santamaría6. Entre los trabajos de síntesis, debe mencionarse el análisis general de Ignacio Fernández

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Sarasola7. Fruto de valiosos esfuerzos colectivos han sido los tres volúmenes sobre las Cortes y la Constitución de Cádiz dirigidos por Juan Antonio Escudero8 y el útil contrapunto sobre el mismo tema, con especial atención a la dimensión americana de aquella experiencia constitucional, coordinado por la propia Marta Lorente y por José María Portillo Valdés y galardonado con el Premio de Investigación de las Cortes Generales9. Ha habido asimismo iniciativas institucionales de indudable valor, como la colección sobre el Bicentenario editada por el Congreso, con títulos monográficos, entre otros, de Pilar García Trobat10, Jesús López de Lerma11 y el anteriormente citado de Marta Lorente y José María Portillo. Y, por último, se han elaborado también provechosos números monográficos de revistas de referencia, como el correspondiente a 2011 del Anuario de Historia del derecho español12 o el del año corriente de Historia constitucional.

Recuperar la indagación de Tomás y Valiente sobre los orígenes del constitucionalismo gaditano bien merece figurar entre las iniciativas y publicaciones destacables en este ciclo conmemorativo. Y es que recordar su brillante aportación nos obliga, en el estudio de Cádiz, a descender al terreno más material, y decisivo historiográficamente, de las circunstancias históricas aleatorias y de las decisiones concretas de hombres particulares, para abandonar así el plano de los principios abstractos, aquel en el que habitualmente se desenvuelve la celebración de nuestro primer constitucionalismo. Por eso, como se intentará razonar en estas líneas, creo que el texto recuperado por Urgoiti cuenta con plena vigencia historiográfica y metodológica.

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II Semblanza de un maestro

Rescatar Génesis de la Constitución de 1812 da, además, ocasión para recordar la trayectoria y figura de su autor. De hecho, tal es, si no yerro, el doble propósito de las colecciones de Urgoiti: recuperar para el debate, la reflexión y el estudio actuales textos historiográficos notables y hacer lo propio también con el ejemplo científico y humano de historiadores españoles eminentes. Esta segunda tarea, en el libro que reseñamos, la realiza Marta Lorente, discípula del autor y experta, como ha podido comprobarse, en la temática gaditana.

Para un historiador del derecho ya no tan joven, pero sí lo suficiente como para no haber podido conocer personalmente a uno de los maestros fundamentales de la escuela en la que, de un modo u otro, se inscribe, textos como el de la profesora Lorente encierran un notable estímulo profesional.

Con un comienzo rotundo y conmovedor, en el que se rememoran las circunstancias de su «trágica pérdida», el prólogo de Lorente nos ofrece un recorrido exhaustivo por su trayectoria intelectual y profesional, desde sus años formativos en Valencia hasta su ejercicio como magistrado constitucional, sin dejar de lado su decisivo paso como catedrático de historia del derecho por la Universidad de Salamanca.

Modestamente titulado «Anotaciones a una autobiografía», pues ya cuenta Tomás y Valiente con una sucinta e informativa presentación de sí mismo13, el estudio preliminar, en buen ejercicio de la historia del pensamiento jurídico, combina útiles informaciones sobre la vida y la obra del autor con reflexiones de interés sobre la disciplina que cultivó.

Así, el ya no tan joven historiador del derecho puede conocer que el director de la tesis de uno de sus referentes intelectuales y profesionales no fue ningún historiador del derecho, sino el procesalista Víctor Fairén Guillén (pp. XXIX-XXX), jurista volcado hacia la historia por desafección a su presente dictatorial14. Igualmente puede saber que, siendo fundamentalmente un autodidacta, como lo fue buena parte de su generación por causa del vacío científico dejado por la guerra (p. XXXIX), Tomás y Valiente trabó relación personal, y científica y políticamente productiva, con el «sector acallado» (p.
XXX), representado en este caso histórico-jurídico por José Mª Ots Capdequí. Y aunque no se ofrezcan demasiados pormenores del particular, también puede saber que tuvo el valiente atrevimiento de «presentarse a unas oposiciones de cátedra única de Historia del Derecho a pesar de que (...) estaba dada de antemano» (p. XXXIV).

Sobre su obra, este ya no tan joven jurista-historiador, o cualquier otro lector que comparta generación e inclinaciones con él, contemplará con cierta

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satisfacción que su lejano maestro amaba el género de las «reseñas y recensiones» (p. XXXIX), hoy directamente despreciado por las entidades encargadas de evaluar la calidad investigadora. Aparte de haber sido, en aplicación de una inteligente estrategia científica, su contacto único con la imprenta académica mientras preparaba una gran obra, quien consulte el estudio de Marta Lorente podrá sumariamente conocer otra dedicación fundamental, la de los artículos periodísticos (p. LXI), que no abandonaría hasta el final de su vida.

Las páginas de presentación de Lorente sirven para satisfacer curiosidades más científicas. Gracias a ellas se pone en valor el trabajo de Tomás y Valiente de 1962 sobre «La Diputación de las Cortes de Castilla (1525-1601)» (p. XXXV), se desvela la profunda importancia metodológica de su estudio sobre Los validos (p. XXXVIII-XXXIX), se identifican los campos de investigación donde el autor tenía pensando ofrecer obras de síntesis (p.
LXXIII) y se detalla el momento concreto de su evolución intelectual al tiempo de publicarse Génesis de la Constitución de 1812 (pp. CI ss.).

Todavía en el aspecto profesional, el lector puede aproximarse a través del prólogo de nuestra obra a los frutos de su participación en la «política universitaria» (p. LVI), a la plasmación de su compromiso científico en el Seminario de materia histórico-jurídica que organizó en Salamanca (p. LXXVII) o a las personas que formó en aquella Universidad y a sus investigaciones, «una verdadera escuela caracterizada por la profesionalidad de sus miembros y la excelente calidad de su producción historiográfica» (pp. LXXX-LXXXI).

Como bien se sabe, Tomás y Valiente no ejerció exclusivamente de profesor e investigador de historia jurídica. También fue durante un dilatado periodo magistrado y presidente del Tribunal Constitucional. Sobre esta faceta encontrará asimismo el lector del estudio preliminar páginas sugerentes.

Teniendo como divisa el lema «La Constitución o el caos» (p. XCIII), Tomás y Valiente ?según apunta con perspicacia la prologuista? pudo vivir en primera persona una experiencia que ya había estudiado en el pasado: la de poner «en planta» una nueva institución según «lo consignado en una norma, en este caso la Constitución» (p. LXXXVII). Llamará la atención en este aspecto la clarividencia del magistrado historiador, que tempranamente supo ver e identificar los males que, al giro de una década, lastran de modo severo la más alta magistratura del Estado español (pp. LXXXV ss.). Igualmente podrá conocer quien repase...

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