Oltra Moltó, E.: El hijo ilegítimo no natural. Su situación jurídica. Editorial Montecorvo, S. A. Madrid, 1976

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas723-724

Page 723

    OLTRA MOLTÓ, E.: El hijo ilegítimo no natural. Su situación jurídica. Editorial Montecorvo, S. A. Madrid, 1976.

Creo recordar que cuando hice la recensión muy reciente de un libro sobre filiación legítima de Vidal Francés, apuntaba algo así como que la parcela del Derecho de familia había tenido en los últimos tiempos tres o cuatro temas claves: el matrimonio, la adopción, la mujer casada, los hijos ilegítimos y el régimen económico matrimonial. Parte de estos puntos han sido abordados legislativamente y alguno, políticamente hablando, ha recibido el entorchado de un «año internacional».

El tema de la filiación ilegítima debe ser importante. Con escasos márgenes de tiempo han irrumpido en la escena monográfica de trabajos este que comentamos y otro que constituyó el discurso de ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia de Cámara Alvarez ya recensionada. Ambos con la garra suficiente para demostrar que el tema es actual y perentorio. Creo recordar, sin poderlo precisar en este momento, que el Colegio de Abogados de Madrid instituyó un premio para un trabajo sobre la materia. Debe citarse igualmente en este caso como pionero el de Martínez Radio, publicado en el año 1957 en la Revista de Derecho Privado, que lanza las primeras ideas reivindicatorias sobre el tema.

Preocupado de regar mi maceta hipotecaria, cada vez más conectada con el Derecho urbanístico, había dejado de lado a estos seres, tan injustamente tratados por nuestra legislación. Al hablar de legislación amplío el término e incluyo en el mismo a la eclesiástica o canónica. Había oído hace años una frase clerical que me había hecho cierta gracia y que respondía a esta pregunta: ¿Por qué los hijos ilegítimos son tan feos? Pues porque -se respondía-se hacen a oscuras, con prisas y generalmente en sitios escondidos. Luego he pensado mucho sobre esta frase, y aunque uno no tiene mucha relación con los «ilegítimos», no les he encontrado tan feos -alguno sí que lo era-, y, de otra parte, pienso que ahora la prisa, la oscuridad y el escondite no creo que sean circunstancias determinantes de esa característica. Desde mi balcón humano comprendo que la frase no es ni piadosa. Desde mi ventana jurídica pienso que, aunque Dios quiso que sólo los tuviera legítimos, ese derecho a «alimentos» es una visión famélica de una España subdesarrollada.

Es comprensible, por tanto, que el autor de esta obra monográfica, doctor en Derecho, se preocupe del problema y lo saque a la luz...

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