Olivieri, Gustavo: I Conferimenti in Natura nella Societá per Azioni, Cedam, Pa-dova, 1989

AutorJosé M. Piñol Aguadé
Páginas2127-2129

Page 2127

    OLIVIERI, GUSTAVO: I Conferimenti in Natura nella Societá per Azioni, Cedam, Pa-dova, 1989.

A la vista tenemos una extensa y superlativamente minuciosa obra sobre un tema que se ha hecho novedoso en España a consecuencia de recientes normativas. También lo es en Italia, aunque algunas de las novedades hispanas eran ya veteranías en el Código italiano. Pero las dimanantes de la Segunda Directiva Comunitaria, que no se reflejó en su Código hasta 1986 y fundamentalmente en el artículo 2.342, ya habían originado lo que el alemán Lutter o la suiza Petit-Pierre Sauvain calificaron de debates agrios y poco pacíficos, que no han cesado actualmente y quedan reflejados en las abundantes citas bibliográficas de Olivieri, resulta sorprendente su número dado el escaso espacio temporal transcurrido.

Los objetos aportables o bienes de tal naturaleza, las funciones del capital y su jerarquía, la imputabilidad al mismo y su representación en balance son las materias fundamentales sobre las que diserta la doctrina y sobre las que Oliveri, serena y reposadamente, sopesa aspectos positivos y negativos y admite prudentes juicios. Acaso sean éstos los méritos más importantes de una obra cuya profundidad obliga a constantes elogios.

El citado artículo del Código Civil italiano, efectuando una remisión a otros artículos deformados, exige ciertos requisitos a las aportaciones in natura, obliga a que las acciones a ellas correspondientes queden liberadas íntegramente en el momento de la suscripción, discrepando de lo regulado en otras legislaciones, entre ellas la española, y prohibe el que puedan ser objeto de aportación las prestaciones de obras y servicios. En otros artículos se impone tasación, se señala la obligación de motivar las aportaciones no dinerarias, caso de aumento de capital para excluir el derecho de opción, y se disciplinan las primeras adquisiciones sociales.

La coincidencia es casi general en lo relativo a aportaciones de prestaciones de obras y servicios. La práctica, desde épocas remotas, había hecho costumbre la emisión de unas acciones industriales que no integraban el capital social. Se destaca, no obstante, que el tema está relacionado con el de las funciones del capital cuya finalidad es no sólo la de garantizar a acreedores, lo que hace suponer una dosis de solidez e inmovilismo, sino también instrumento de productividad, lo que obliga a su rápida transformación en bienes susceptibles de obtenerla. Por ello la valoración de...

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