El papel de la oficina europea de patentes ante las tensiones de la economía global: situación actual, desafíos y perspectivas

AutorIngo Kober
Cargo del AutorDirector de la Oficina Europea de Patentes con sede en Munich (Alemania)

El papel de la oficina europea de patentes ante las tensiones de la economía global: situación actual, desafíos y perspectivas (*)

  1. INTRODUCCIÓN

    El creciente número de solicitudes de patentes y la progresiva toma de conciencia sobre el Derecho de patentes tanto en el plano nacional como en el regional y en el global muestran la mayor importancia que la protección efectiva de las invenciones y la innovación está adquiriendo en la era actual de la comunicación. Esto no es algo que sorprenda a los expertos. Éstos siempre han considerado la patente, en tanto que constituye un instrumento del Derecho económico y de la competencia, como uno de los factores básicos para la consecución y el afianzamiento de posiciones de mercado de fundamental importancia. La patente hace que la invención se convierta en objeto del tráfico jurIdico y sea explotable económicamente. Esto reviste particular importancia en una economía basada en el conocimiento, como es la denominada nueva economía. Una eficaz protección mediante las patentes es un requisito de trascendental importancia para la atracción de inversiones y la disponibilidad de capital riesgo.

    Lo que acabamos de destacar está siendo objeto de atención por parte de los responsables de las decisiones político-económicas. La promoción y la protección de la innovación son objetivos prioritarios de la política económica moderna. La Comisión Europea, los gobiernos nacionales y los parlamentos se ocupan hoy de cuestiones concretas del Derecho de patentes, que durante muchos años sólo se discutían en círculos de expertos. Esta cultura del Derecho de patentes ha ganado también la calle. La revolución tecnológica en el campo de las técnicas biológicas y de las tecnologías de la información es cada vez más perceptible, por lo que se convierte en objeto de amplia discusión, entre otras razones principalmente gracias a las publicaciones de las oficinas de patentes.

    La gran aceptación y la enorme resonancia pública que logra hoy el trabajo de las oficinas de patentes constituye al mismo tiempo una confirmación y un desafío. Esta afirmación es especialmente válida para la Oficina Europea de Patentes, organismo que en los últimos veinticinco años ha contribuido a que se haya producido una enorme racionalización, modernización y armonización del Derecho de patentes en Europa.

    Con veinte Estados miembro -desde el 1 de noviembre del año 2000 también forma parte del acuerdo Turquía- el Convenio sobre la Patente Europea (CPE)l va más allá del estrecho marco de la Unión Europea y cubre prácticamente la totalidad del espacio económico de la Europa Occidental. En la actualidad, gracias a los acuerdos de extensión, como los que existen con Albania, Letonia, Lituania, Rumania y con las antiguas repúblicas yugoslavas de Macedonia y Eslovenia, las invenciones también pueden estar protegidas por la patente europea en los Estados de la Europa Central y Oriental que aún no forman parte del CPE.

    Ahora bien, un sistema con éxito y en expansión, como el Sistema Europeo de Patentes, también es susceptible de mejoras y desarrollos, necesitando incluso, apenas treinta años después de su conclusión, una modernización en algunos de sus aspectos. La práctica y la jurisprudencia se han ocupado con éxito durante años de afrontar adecuadamente los desarrollos técnicos y jurIdicos, y de buscar con base en el CPE soluciones adecuadas para problemas que aún eran "ciencia-ficción" en el momento de elaboración del CPE. Estoy pensando en los ya mencionados campos de las técnicas biológicas y de las tecnologías de la información, pero también por ejemplo en los principios desarrollados para la protección de ulteriores indicaciones médicas de una sustancia ya conocida. Con todo, es necesaria una cuidadosa reforma del Sistema Europeo de Patentes, si es que queremos preservar en el futuro su atractivo y su funcionalidad.

  2. REVISIÓN DEL CPE

    A principios de 1998, y a propuesta mía, el Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes tomó la iniciativa, como consecuencia elaboró una primera lista de los puntos jurIdicos y técnicos para una revisión del CPE y la remitió para su examen al Comité de Derecho de Patentes. Nadie esperaba entonces que este proyecto se concluyese con éxito en apenas dos años.

    En primer lugar, el objeto y el calendario de la revisión estaban condicionados fundamentalmente por las exigencias prácticas y jurIdicas de la Introducción en la OEP del procedimiento "BEST". Sin embargo, el Consejo de Administración, con la decisión de diciembre de 1998 de proceder a una amplia revisión del CPE, introdujo nuevas perspectivas. A partir de entonces, no estábamos ante la simple modificación de algunos artículos del CPE, sino que, por el contrario, toda la Convención estaba sujeta a examen.

    La Conferencia Intergubernamental de los Estados contratantes, convocada por Francia en junio de 1999 para la reforma del sistema de patentes europeo, destacó la importancia del proceso de revisión iniciado y dio al proyecto un impulso suplementario de carácter político, el cual se materializaría en un breve período de tiempo gracias a la colaboración de todas las fuerzas disponibles de la Oficina, de los miembros del Consejo y de los círculos interesados. El resultado de la exhaustiva preparación y la base de las deliberaciones de la Conferencia Diplomática fue la llamada Propuesta base para la revisión del CPE(2), que contenía las modificaciones del Convenio propuestas por el Consejo de Administración.

    La Conferencia, que tuvo lugar en Munich entre los días 20 y 29 de noviembre, se ocupó de las propuestas de modificación de aproximadamente cien artículos del Convenio. En un gran número de preceptos se trataba únicamente de simplificar la redacción y de aportar aclaraciones lingüísticas con objeto de hacer más comprensible su contenido. En otros preceptos se buscaba la simple adaptación del Convenio a las ventajas ofrecidas por el Acuerdo ADPIC o al nuevo Tratado sobre la Armonización de los Requisitos Formales de las Patentes. Una parte de las propuestas abordaba la simplificación y aceleración del procedimiento europeo de concesión; otras, la ampliación y el perfeccionamiento de las posibilidades de recursos. Ahora bien, en el programa también constaban importantes...

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