Recensión sobre la obra «RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONTABILIDAD DEL EMPRESARIO»

AutorRafael Bonardell Lenzano
Páginas397-403

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  1. Pocas materias permiten una conexión más sólida entre el estatuto jurídico del empresario de nuestros días con el régimen del comerciante del viejo Ius Mercatorum como la relativa a la contabilidad. Y a la hora de establecer ese vínculo han sido, quizá, los códigos decimonónicos las piezas legislativas que, en su decurso por el pasado siglo, han hecho posible la evolución del régimen jurídico de la contabilidad a fin de acompasarlo a la propia evolución del sistema económico y de la técnica contable. En cualquier caso, la complejidad y diversidad que caracterizan a la regulación actual del deber de contabilidad por parte del empresario no oscurecen las razones de fondo que, en el pasado y en nuestro tiempo, han conducido a imponerle la llevanza de una contabilidad ordenada. Bien sea por medio de una costumbre consolidada, por la regulación legislativa e, incluso, en nuestros días, a través de la labor de organismos profesionales de ámbito internacional, cuyos resultados se acogen en la legislación, se observa nítidamente una marcada línea de continuidad, que, no obstante la proliferación de muy variados tecnicismos, facilita la comprensión de los aspectos básicos del régimen jurídico de la contabilidad.

    Por ser una pieza básica del estatuto jurídico del empresario, siempre será necesario, entonces, contar con estudios rigurosos que, desde la vertiente propia

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    del ordenamiento, permitan apreciar la naturaleza, los caracteres y el contenido del deber de contabilidad. La adecuada realización de este objetivo exige, como es natural, conocer bien la perspectiva estrictamente contable, cuyo método y cuyos objetivos, no son, como es bien sabido, los característicos del Derecho Mercantil. Pero si el jurista no quiere limitarse a un análisis puramente formal o, lo que sería peor, a dejar rienda suelta a su imaginación, con afán especulativo, ha de entender bien la dimensión de la contabilidad como ciencia y conocer con seguridad suficiente los aspectos básicos de su modus operandi. También podría decirse, a la inversa, que la proximidad al Derecho Mercantil y, más en general, al método jurídico serán provechosas para el experto en contabilidad, cuyo análisis técnico, por sí solo, quizá ignore los múltiples intereses vinculados con el funcionamiento de la empresa y su variada necesidad de protección.

    Hay que saludar, por ello, la publicación del libro que reseñamos, en el que su autor, Rafael BONARDELL LENZANO, notario de Madrid, ha afrontado la ardua tarea de estudiar en una sola monografía el régimen completo del deber de contabilidad que incumbe al empresario desde la perspectiva del Derecho Mercantil. Sin que sea necesario presentar al autor, bien conocido por sus numerosas y valiosas publicaciones en distintos campos de nuestra disciplina, conviene decir que en BONARDELL se aúnan la condición del jurista bien formado y la del buen conocedor de los aspectos técnicos vinculados con la actividad de empresa, debido, seguramente, a su desempeño durante un amplio período de tiempo como corredor de comercio. A todo ello se une el hecho de haber practicado la enseñanza del Derecho Mercantil en diversas universidades, que aporta racionalidad y claridad pedagógica a la hora de exponer cualquiera de sus temas, por complejo que pueda resultar. Y esas cualidades brillan en el libro que reseñamos, presentado el año pasado como tesis doctoral en la Universidad de Sevilla, bajo la dirección de los profesores Guillermo JIMÉNEZ —que firma el prólogo— y Pedro BAENA, obteniendo la máxima calificación del tribunal que la juzgó.
    2. Expuestas las circunstancias que dan sentido a la obra y perfilan la personalidad de su autor, es hora ya de comentar su contenido. Conviene decir, en este sentido, que nos encontramos ante un libro extenso y minucioso que aspira a un tratamiento completo de la materia objeto de estudio. Desde esta perspectiva, BONARDELL ha dividido su trabajo en ocho capítulos que, sin una formalización expresa, se asientan sobre las tres secciones que nuestro vigente Código de Comercio dedica a la regulación de la contabilidad: las normas generales, las cuentas anuales y la consolidación contable, y ello sin perjuicio de que sean los temas propios de las cuentas anuales los que ocupen la mayor parte del libro. En el capítulo primero («Introducción», pp. 17-32) se exponen las ideas fundamentales en torno a la contabilidad y su régimen jurídico, partiendo de que aquélla no forma parte del saber jurídico, siendo, más bien, una «ciencia» o «técnica» (contraposición sobre la que el autor no se pronuncia) cuyo objeto viene constituido por «el conjunto de conocimientos orientados a obtener y proporcionar informa-

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