Obra impresa: propuesta de catalogación

AutorAntonio Ruiz Ballón
Páginas203-262
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II
OBRA IMPRESA:
PROPUESTA DE CATALOGACIÓN
Antes de entrar a la metodología y la revisión de la propuesta de catalogación,
a manera de introducción –y como complemento de la biografía–, es útil,
 -
ral del ritmo en que se fueron publicando las obras de Gómez de la Serna1,
tanto sus textos para la universidad, como algunas obras singulares en las
que colabora, al igual que sus artículos en la Revista. Una lectura cruzada de
esta introducción y de los catálogos, con el resto de este trabajo o con obras
generales sobre distintos aspectos de la historia de España, puede servir para
procurar interpretaciones más amplias del contexto político y jurídico en el
que se dieron las publicaciones, así como contribuir de manera elemental a
una historia de la producción y circulación de los libros de derecho, esto es,
las relaciones entre autores, libreros, impresores, comerciantes, biblioteca-
rios, entre otros. A largo plazo, y con una investigación más profunda, todo
esto puede servir para reconstruir las rutas de circulación, los mecanismos
de restricción, o los favores con los que ciertos libros llegan a distintas partes
del mundo, distinguiendo aquello que llega sólo por razones comerciales de
aquello que realmente es adquirido y recala en el pensamiento no solo de ju-
ristas reconocidos, sino que logra internarse en los sistemas educativos.
1. Apuntes de metodología.
En este catálogo hemos procurado recopilar toda la obra escrita y publicada
1 Dado que ya en la biografía nos hemos ocupado de sus primeras publicacio-
nes en los años cuarenta, en esta introducción nos ocuparemos de las obras que aparecen
inmediatamente después.
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por Gómez de la Serna para lo cual ofrecemos información detallada cuya
principal pauta de orden es de carácter cronológico, anual, y a ella se subor-
dina otra de tipo alfabético. Sin embargo, la diversidad de formatos en que se
desarrolla la obra de Gómez de la Serna impediría que ambos criterios fueran
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útil para conocerla. En ese sentido, para establecer el orden que se sigue en
la presentación de las obras dentro de cada año, hemos tenido en cuenta, en
la medida de lo posible, el trabajo de Antonio López Vega sobre la obra de
Gregorio Marañón2, de manera que guardamos el siguiente orden de siste-

las publicadas con otros autores), luego, entre comillas, van sucesivamente,
artículos de revista3, prólogos o introducciones, dictámenes4, discursos y con-
ferencias. Luego, en tanto obra presentada con otros autores, se recoge su
participación como colaborador en los tomos correspondientes de la “Enci-
clopedia Española de derecho y administración…”, hasta el momento en que
pasa a ser uno de los directores o responsables principales de la misma, en
cuyo caso hemos colocado la referencia antes de los artículos de revista5. Lue-
go hemos consignado las obras en las que hace anotaciones o comentarios a
un autor principal6 y posteriormente las consultas, dictámenes o informes
2 Antonio
LÓPEZ VEGA,
2009.
3 En el caso de artículos publicados en más de una revista, siguiendo la pauta
de López Vega, se hace la indicación en la misma referencia: “También en…”
4 Aunque cabe distinguir aquellos dictámenes emitidos en calidad de autori-
 
frente a las consultas de los lectores de la Revista, ambos documentos los hemos coloca-
do por orden alfabético entre los artículos. Sin embargo, los que son de autoría colectiva
(como los que suscribe como miembro de alguna comisión parlamentaria o de un grupo de

presentados junto con otros autores” (L
ÓPEZ VEGA
, p. 36).
5 Al respecto hay que tener en cuenta que en algunos casos en la Revista se
planteaban consultas que eran absueltas por más de un jurista, pero en la medida en que
cada respuesta era independiente, hemos considerado estos trabajos como artículos indi-
viduales del autor. En el índice temático se pueden distinguir estos casos.
6 Hemos considerado que la única obra propiamente “anotada” por Gómez de
la Serna son los Principios de economía política de Mac-Culloch (Madrid, 1855), pues
en este caso es evidente que su discurso es claramente secundario en cuanto al texto del
autor principal. En el caso del “Curso histórico-exegético del derecho romano comparado
con el Español…” (Madrid, 1850), se trata de una obra traducida del Latín al castellano
y comentada por Gómez de la Serna. Si bien es cierto que la autoría del texto en latín se
ANTONIO RUIZ BALLÓN
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
los diversos tipos de publicaciones que se presentan después de los artículos
doctrinarios individuales, hemos colocado al principio y entre paréntesis el
tipo de publicación de la que se trata, por ejemplo: (Discurso), (Artículo bi-

La búsqueda de los libros se hizo a partir de los diversos catálogos en
línea existentes, teniendo como referencias principales el de la BNE y el de la
UCM por ser los más completos, pese a lo cual no contienen la totalidad de
la obra, por lo que ha sido necesario explorar otros catálogos, especialmente
universitarios. Más allá de la detección de los documentos publicados cada
año, un problema a superar ha sido la disparidad de criterios con los que
en cada catálogo –incluso al interior de sí mismo– se brinda la información
-
mente en cuanto imprentas y librerías7. En algunas ocasiones se menciona
solamente el dato de la librería en la que se vendían los textos, otras sólo los
de la imprenta en que se fabricaban, y en otras tanto la librería como la im-
prenta o en alguno de ellos el de la editorial, o solo la editorial, o ninguno. De
esta manera el investigador puede suponer que una misma editorial pudo im-
primir en más de una imprenta o que los libros se vendieron formalmente en
más de una librería, o todas las posibles combinaciones hipotéticas equivoca-
das que se quiera, y que sólo se pueden resolver teniendo a la vista los libros.
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pequeña investigación que nos aclarara el panorama histórico de cada uno de
estos agentes: editores, impresores y libreros. Así, se sabe que en el periodo
en que están publicados los libros de Gómez de la Serna (aproximadamen-
debe a una reconstrucción hecha por profesores alemanes en el primer tercio del siglo
XIX (como señala el título en latín y el prólogo de la obra), en este caso hemos preferido
colocar a Gómez de la Serna como autor principal, dado que el objeto principal de la obra,
a diferencia de los Principios de Economía Política de Mac-Culloch, son sus comentarios
al reconstruido texto latino. En la primera edición consta el título completo de la obra, en
el que se consignan en latín los nombres de los profesores alemanes.
7 Hemos consultado los catálogos de la Biblioteca Nacional de España, y de
las Bibliotecas de las universidades de Cadiz, Salamanca, Sevilla, Valencia, Complutense
y Carlos III de Madrid. A manera de ejemplo podemos señalar la edición del año 1869 del
Curso histórico-exegético…” que en el catálogo de la UC3M no consigna ni librería ni
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imprenta y no la librería, que sí aparece en el documento impreso.
PEDRO GÓMEZ DE LA SERNA

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