Obligación tributaria. Otros elementos de la deuda tributaria: recargos a favor de otros entes públicos

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Sentencias

1) El recargo a favor de la Entidad Metropolitana del Transporte de Barcelona no quedó anulado por el cambio del tributo (CTU sustituida por el IBI). STS de 6-7-00. P. Sr. Pujalte Clariana. JT 2000/503.

Fundamento Jurídico 2º: Tampoco empece a lo anterior que la Ley autonómica 7/1987 se refiera a la Contribución Urbana y la de Haciendas Locales al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pues es notorio que, aunque con características tributarias distintas en puntos concretos, el actual Impuesto sobre Bienes Inmuebles es distinto de la anterior Contribución Territorial Urbana, y es normal que en la sucesión de un Impuesto por otro (v. gr., el Impuesto de Sociedades respecto del Impuesto General sobre Sociedades y demás Entidades Jurídicas; el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas respecto del Impuesto General sobre la Renta; el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales respecto del Impuesto de Derechos Reales, etc.) el cambio del tributo no afecte a las referencias que del anterior se hagan en disposiciones...

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