La privatización y sus efectos sobre el consumidor

AutorGabriel A. Stiglitz
CargoPresidente del Instituto Argentino de Derecho del Consumidor
Páginas78-83

    SEMINARIO SOBRE DERECHO Y POLÍTICA DE CONSUMO. Cartagena de Indias, Colombia, 31 de marzo - 4 de abril-1997.

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1. Parámetros

En muchos de los países de América Latina (y muy particularmente en la Argentina), en los años 90, se desenvolvió una política virtualmente indiscriminada de privatización de los servicios públicos.

Antes que un análisis genérico, tanto sobre las bondades (que las hubo), como de los despropósitos (que abundaron) de ese proceso privatizador, se trata de evaluar los efectos concretos que el mismo va desplegando respecto a los intereses de los consumidores y usuarios.

Tal evaluación debe necesariamente transitar sobre por lo menos algunos parámetros mínimos, en los que se asientan los pilares fundamentales de un sistema de tutela de los usuarios de servicios públicos:

  1. el acceso al consumo del servicio;

  2. la calidad y eficiencia del servicio;

  3. el precio o tarifa;

  4. los mecanismos de atención al usuario.

2. Consideraciones generales

Con carácter previo, no puede soslayarse (aún para quienes no creemos que fuera imprescindible una privatización indiscriminada), la aseveración que, en nuestros países, en las últimas décadas, existía en general una expandida decadencia en la calidad y eficiencia de los servicios públicos en manos del Estado, y asimismo, sistemas ineficientes de atención al usuario.

Sin embargo, ello no autoriza a fulminar -como se pretende ideológicamente desde el neoliberalismo latinoamericano- el rol del Estado en la prestación de servicios públicos1.

Es más, a esta altura (a varios años de privatizadas las principales empresas) puede comenzar a concluirse que en materia de precios (p.ej. teléfonos), y acceso al consumo (p.ej. ferrocarriles), la prestación de servicios por el Estado importaba mayor garantía para los intereses de los usuarios.

3. Diversidades y semejanzas con el primer mundo

También interesa insinuar diversidades y semejanzas, en la relación privatización-consumidor, entre las experiencias de los países menos desarrollados y los más fuertes.

Por un lado, asoma como divergencia inocultable, que en los países pobres, el proceso de privatización indiscriminada no fue generado por la capacidad inherente ni el grado de profesionalismo de la empresa privada, ni por el nivel de evolución de la economía; sino que resultó una consecuencia de la crisis de la deuda externa y de las exigencias de reestructuración por parte del FMI y el Banco Mundial.

Pero sin embargo, existen similitudes en ciertos análisis provenientes de países pobres y fuertes, que desde el movimiento consumerista se efectúan en torno a la relación privatización-consumidor. Precisamente en el XIII Congreso Mundial de la Organización Internacional de Asociaciones de Consumidores -Consumers International (Hong Kong, julio de 1991)-, coincidían todos los panelistas, representantes del Reino Unido, Australia, México y Filipinas2, sobre algunas consecuencias virtualmente universales, perjudiciales para los consumidores:

- que las privatizaciones han conducido en su mayor parte a monopolios donde no es posible la competencia;que no se evidenció una mayor eficiencia inherente a las empresas privadas respecto a las públicas;

- que en América Latina y el Sudeste Asiático muchas privatizaciones no resultaron equitativas ni eficientes y han causado daños al medio ambiente;

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- que los consumidores no han participado en las tomas de decisiones para privatizar y tampoco están representados ni pueden participar en los procesos de privatización, ni en los controles, ni en las empresas:

- que en América Latina, la carencia de profesionalismo en el sector privado nacional, dejó los servicios públicos en manos de corporaciones multinacionales, y las privatizaciones dejaron como perdedores a los consumidores y a las empresas locales;

- que las privatizaciones se han superpuesto con políticas de desregulación, mientras que los servicios públicos privatizados requieren mayor regulación en cuanto a precios y calidad.

- que ha dejado a las empresas privadas exentas de controles rigurosos, con consiguientes perjuicios a los consumidores (vía libre para aumentos tarifarios etc.).

Específicamente en Argentina, los Entes Reguladores han sido creados por los marcos normativos de las privatizaciones, sin otorgar participación a los consumidores y usuarios ni a sus ligas y asociaciones (por lo demás, demasiado débiles), que tampoco ejercen influencia sobre esos organismos4, quienes habitualmente no controlan, o lo hacen con tibieza y hasta en algunos casos con criterios favorables a las empresas5. En síntesis, resulta lógico ligar la vigencia de políticas económicas desregulatorias, con un ineficaz funcionamiento de Entes Reguladores sin elevada fuerza de acción, ni suficientemente accesibles para los consumidores. Si se añade que, por lo demás, son en general Entes centralizados y de escasa trascendencia jerárquica y política, resultan notorias las razones de la ausencia de una implementacíón rigurosa en favor del consumidor6.

4. Privatización y desregulación

Seguramente, si debiéramos acotarnos a una conclusión última, fuertemente generalizada, respecto a las consecuencias de las privatizaciones sobre el consumidor en nuestra Región, la respuesta no transitaría por el balance de la prestación de los servicios (eficiencia, precio, etc.) que todavía deja muchas dudas, sino por la convicción sobre el despropósito de aquella combinación entre privatización y desregulación3,

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Lo cierto es que la ausencia de un severo control de las empresas privatizadas, importa una vulneración de lineamientos fundamentales de las Directrices de Naciones Unidas sobre protección del consumidor (arte. 1 y 4), que imponen a tos gobiernos el desarrollo de políticas enérgicas de protección del consumidor, y la presdisposición de infraestructuras adecuadas para aplicarlas. Y también importa una infracción constitucional en países -como Argentina- en los cuales la propia Constitución nacional exige a los Poderes Públicos; proveer al control de la calidad y eficiencia de los servicios públicos y prever la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios en los organismos de control (art. 42, Const. Nac. Argentina).

5. Control judicial

En el caso argentino, las deficiencias del control administrativo (desregulación), han generado un progresivo accionar de la Justicia, tendente a garantizar la equidad de la relación entre empresas privatizadas y usuarios de los servicios públicos.

En ese contexto, y con particular énfasis en el sector ciel servicio telefónico, diversos órganos jurisdiccionales han emitido sentencias favorables a los intereses de los consumidores, preservándolos frente a diferentes conflictos originados en la relación con las empresas privatizadas; entre otros:

- Ordenando el cumplimiento del servicio, incorrectamente suspendido por una supuesta falta de pago (Cám. Nac. Fed. Civ. Com., sala III, 11-4-95, «Llórente c/ Telecom», en Derecho del Consumi dor, Director-Gabriel Stiglitz, Rosario, 1995, n.° 6, p. 85 y ss.).

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