Los nuevos (y escasos) derechos y libertades. Orden público.prevención y excepción

AutorFaustino Martínez Martínez
Páginas257-276
10. LOS NUEVOS (Y ESCASOS) DERECHOS Y
LIBERTADES. ORDEN PÚBLICO.PREVENCIÓN Y
EXCEPCIÓN
Tras ese Parlamentarismo débil, frenado, limitado a actuar como corifeo de la Co-
rona, llegamos, por f‌i n, a unos de los momentos determinantes y def‌i nidores del mundo
constitucional moderado: es el tiempo de los derechos y de las libertades, en la peculiar
lectura realizada de los mismos, para la construcción del modelo político que se tenía
en mente. El verdadero esfuerzo moderado se ha centrado en la cuestión institucional,
es decir, el modelo equilibrado y armónico del poder (o de los poderes) es la garantía
de todo lo demás que vendrá por añadidura, como consecuencia lógica de lo anterior.
El sujeto ciudadano queda perf‌i lado una vez que los poderes se armonizan. Primero,
las instancias de poder político que aseguran el marco social; después y en adelante,
es el turno de los ciudadanos. No se quiere un Estado como entidad abstracta, como
boceto o diseño, sino como realidad concreta e histórica, como algo tangible a lo que
acudir y que actúa de modo reiterado, regular, usual. Es un diseño del poder público
antes que nada lo que se persigue por medio del esquema constitucional así conf‌i gu-
rado. Si se cumple con ese dibujo que implica un Gobierno ajeno al despotismo y a
los desmanes revolucionarios, un Gobierno moderado y equilibrado, es factible que la
sociedad acabe por construir, de forma libre y no dirigida, un espacio donde coexistan
esos buenos ciudadanos católicos, interesados, sobre todo, en la defensa de su libertad
y de sus propiedades. La sociedad burguesa debe emerger y debe ser protegida por el
Estado, sin confundirse con él. Son dos ámbitos diferenciados y con unos roles muy
claros, cada uno de ellos en relación al otro. La misión de la sociedad es la edif‌i cación
de un marco dado y pleno para la erección de espacios proclives al binomio referido:
la tutela, la conservación del orden y protección de las circunstancias que conducen a
la af‌i rmación del binomio libertad-propiedad indispensable e invulnerable para que se
constituya plenamente la ordenación burguesa, una ordenación que distingue y separa
con claridad el Estado y la Sociedad: en ésta, es donde f‌l uyen y conf‌l uyen libremente
los ciudadanos libres y propietarios, la masa social monoclase dominante, las elites,
todos ellos encargados de la conservación del modelo y de su crecimiento exponencial
FAUSTINO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
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desde el punto de vista de las expectativas materiales, que no políticas. Por eso, la
libertad y la propiedad alumbrarán el contrato y la autonomía de la voluntad, que es
donde se manif‌i esta con claridad ese diseño impulsado. Se busca ese progreso en las
condiciones materiales, físicas, de riqueza y bienestar, sin descuidar los elementos
espirituales, acantonados por el Catolicismo militante. Ahí es donde se af‌i rma una
plena igualdad de oportunidades, conf‌l uyente con la libertad civil, casi natural, que se
encuentra en la base de la societas. La sociedad debe ser dinámica y cambiante; no así
el Estado, cuyos perf‌i les son claros e inmutables. El marco político permanece siempre
de igual modo o con cambios muy puntuales, menores, de ajuste, para seguir con lo
que la sociedad quiera y demande. Esas últimas, las condiciones políticas, son las que
corresponden al Estado para crear los presupuestos a partir de los cuales el modelo
social se desarrolla de manera libre, abierta, irrestricta, sin injerencias, en manos ex-
clusivamente de los privados, de los particulares, de los ciudadanos propietarios, con
función de tutela, de protección, preventiva o represiva, de las dos piezas esenciales
del estatuto ciudadano.
Esa sociedad libre, de hombres particulares, sin reminiscencias públicas, se fun-
damenta en el binomio libertad-propiedad, entendida la primera en el sentido negativo
(inmunidad física) y la segunda desde la óptica de esa libertad misma que coadyuva a
la plena realización del individuo, como su expresión económica más pura y descar-
nada (inmunidad patrimonial). Ése es el resumen moderado de este mundo ciudadano,
rodeado todo de una cierta monotonía espiritual proporcionada por la Religión católica
que, como se sabe, era la de la Nación y que había que proteger en su cuerpo doctrinal
y en sus ministros. Derechos y libertades no tienen, pues, un espacio propio, def‌i nido,
sustantivo; andan agazapados a la espera de que el modelo político funcione porque, a
f‌i n de cuentas, es el que les da pleno sentido y asegura su realización efectiva. Si aquél
lo hace, los derechos y las libertades podrán protagonizar su aparición estelar. Su mi-
sión es ser protegidos, defendidos, tutelados, pero ahí termina cualquier otra injerencia
estatal. En esta declaración está condensada la posición de ese estamento ciudadano,
tan necesario y preciso para construir el mundo liberal como el poder mismo, aunque
vicario de éste. Derechos y libertades dependen del poder para nacer y para def‌i nirse.
En el Constitucionalismo moderado, aquel que empleaba la Constitución en el sentido
de ver en la misma un simple instrumento de gobierno, de poder, de dominación, y
no expresión alguna de Nación o Pueblo soberanos, no se hallaba ni rastro del mundo
iusnaturalista, suplantado por la efectividad consolidada y contrastada de la nueva
realidad estatal. No había cabida para derechos naturales de ninguna clase, ni para re-
ferencias al estado presocial o natural, ni idílico, ni belicoso. Nada de eso comparecía.
Los derechos existían por el Estado, a través del Estado y sólo en el seno del Estado,
si acaso con una mínima referencia a la sociedad, mas como espacio de competición
entre ciudadanos libres, propietarios e iguales. Ésa era la cruda realidad que se había
acabado por imponer. Fuera de allí, no había nada. Luego el Estado era el responsable
de su posterior articulación a través de la ley (la cual, como ya se ha indicado, no era
necesariamente una creación del Poder Legislativo o no exclusivamente). Era ese
Estado el responsable último de la emergencia de tales derechos y libertades, su tutor
y cuidador, su generador y su máximo defensor.
El Estatalismo acababa por hacer llegar el Positivismo más acentuado, con el
añadido de que no había una respuesta clara a la cuestión de qué es lo que sucedía

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