Nuevo REC de vehículos a motor

Las principales novedades del nuevo REC de vehículos de motor son:

La validez del Reglamento nº 1400/2002 se extiende hasta el 31.05.2013 únicamente para los acuerdos verticales de compraventa o reventa de vehículos de motor nuevos. A partir de dicha fecha, estos acuerdos quedarán sujetos al régimen general de exención por categorías previsto en el recientemente aprobado REC de Acuerdos Verticales (Reglamento nº 330/2010).

Los acuerdos que afectan a la actividad postventa (compraventa de recambios y servicios de mantenimiento y reparación de vehículos), además de cumplir con los requisitos del Régimen General del REC de Acuerdos Verticales, no podrán contener ninguna de las siguientes restricciones consideradas especialmente graves:

la restricción de las ventas de recambios para vehículos de motor por parte de los miembros de un sistema de distribución selectiva a talleres de reparación independientes que utilicen dichos recambios para la reparación y el mantenimiento de...

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