El "Nuevo Mercado" tecnológico de la Bolsa española.

AutorJavier Ribas
Cargo del AutorAbogado
Páginas#138

El BOE del 17/02/2000 publica la circular de la CNMV que establece las condiciones de admisión en el nuevo segmento de negociación de valores tecnológicos de las bolsas españolas, que empezará a operar en abril.

El mercado de valores tradicional está evolucionando para dar cabida a un determinado tipo de empresa, caracterizado por pertenecer a un sector innovador desde el punto de vista tecnológico y, en la mayoría de los casos, relacionado con Internet. El grado de incertidumbre que va unido a toda innovación hace que, en este tipo de empresas, el riesgo sea mayor que en sectores de ciclo conocido o mercados asentados, pero a cambio, el potencial de crecimiento y las eventuales ganancias son también mayores.

Las especiales caracterísiticas de estas empresas determinan consecuencias de orden económico y financiero que deben ser tenidas en cuenta a la hora de permitir su acceso a los mercados financieros.

En la mayor parte de países avanzados se han creado mercados o segmentos de mercado específicos para la negociación de valores de este tipo de empresas. En ellos, los requisitos de entrada son más flexibles y no se exige que la empresa tenga beneficios, aunque los niveles de información y de protección del inversor típicos de los mercados regulados, han sido aumentados y adaptados a sus especiales características.

Entre los llamados mercados tecnológicos, destaca inevitablemente el NASDAQ norteamericano (National Association Securities Dealers Automated Quotation), que fue el primer parqué electrónico del mundo (1971), y en Europa, conviven los mercados Easdaq, EuroNM, techMARK y AIM.

La Orden de 22 de diciembre del 1999 de Ministerio de Economía vino a llenar la laguna existente en al marco jurídico que regula los mercados de valores españoles, modificando los requisitos de admisión y negociación.

La Orden crea en las Bolsas de Valores españolas un segmento especial de negociación que se denominará "Nuevo Mercado" en el que se negociarán los valores de empresas de sectores innovadores de alta tecnología u otros sectores que ofrezcan grandes posibilidades de crecimiento futuro, aunque con mayores niveles de riesgo que los sectores tradicionales.

El requisito de obtención de beneficios previsto en el reglamento de Bolsas podrá excepcionarse cuando la sociedad emisora informe sobre la evolución de sus beneficios en ejercicios futuros.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores es la entidad encargada de establecer los criterios generales...

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