De nuevo sobre la funcionalidad técnica como causa de denegación y de nulidad de las marcas basadas en formas tridimensionales

AutorLuis Alberto Marco Arcalá
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Profesor Titular de Derecho Mercantil. Facultad de Derecho de Zaragoza. Dirección de correo electrónico: lmarco@unizar.es
Páginas443-457
ADI 37 (2016-2017): 443-458
DE NUEVO SOBRE LA FUNCIONALIDAD TÉCNICA
COMO CAUSA DE DENEGACIÓN Y DE NULIDAD
DE LAS MARCAS BASADAS EN FORMAS
TRIDIMENSIONALES
(Comentario a la STJUE [Sala Primera] C-30/15 P, Simba Toys
GmbH & Co. KG v. EUIPO & Seven Towns Ltd.,
de 10 noviembre 2016 [caso Cubo de Rubik])
ONCE AGAIN ABOUT TECHNICAL
FUNCTIONALITY AS GROUND OF REFUSAL
AND INVALIDITY OF THREE-DIMENSIONAL
TRADE MARKS
(Comment on the ECJ Case [First Chamber] C-30/15 P, Simba Toys
GmbH & Co. KG v. EUIPO & Seven Towns Ltd.,
of 10 November 2016 [Rubik’s cube case]).
luis alberto marco arcalá
*
RESUMEN
Las formas necesarias para obtener un resultado técnico no pueden ser registradas como mar-
cas conforme al Derecho de la UE, y esta es una de las principales razones por la que resulta a
veces tan complicada la protección de las marcas tridimensionales, como puede verse en la amplia
jurisprudencia comunitaria al respecto. En este contexto, el TJUE ha declarado la nulidad de la mar-
ca basada en la figura externa del famoso Cubo de Rubik en su Sentencia de 10 de noviembre de
2016. El objetivo de este artículo es analizar la trascendencia de esta sentencia, dado que es uno de
los primeros casos en los que se decide la nulidad como marca de la UE de una forma tridimensional
tomando en consideración «elementos útiles» al margen de la apariencia externa y la representación
gráfica de esta marca, a efectos de identificar debidamente sus características esenciales. Además,
es asimismo el objetivo del presente trabajo determinar el verdadero alcance que podría tener en
el futuro la funcionalidad técnica como motivo absoluto de denegación y de nulidad tras este fallo.
Palabras clave: funcionalidad técnica, elementos útiles, marca tridimensional, la forma
como marca, motivos de denegación absolutos, motivos de nulidad absoluta, Directiva sobre
marcas, Reglamento sobre la marca de la Unión Europea, Derecho de marcas.
* Doctor en Derecho. Profesor Titular de Derecho Mercantil. Facultad de Derecho de Zaragoza. Dirección
de correo electrónico: lmarco@unizar.es.
Fecha de recepción: 28 de marzo de 2017 // Fecha de aceptación: 12 de mayo de 2017.
ADI 37 (2016-2017).indb 443 03/08/17 09:41

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