La nueva regulación de cookies en España

AutorPedro Merry Monereo
CargoAbogado Asociado de CMS Albiñana & Suárez de Lezo
Páginas2-3

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El 31 de marzo se publicó en el B.O.E el Real Decreto-Ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen al ordenamiento español ciertas Directivas en materia de regulación de comercio electrónico, incorporando al ordenamiento modificaciones muy relevantes en cuanto a la forma y límites del mismo.

Así, entre otras muchas novedades introducidas por este Real Decreto-Ley se encuentra la modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico ("LSSI"). Esta modificación normativa, siguiendo los dictados de la Directiva 2009/136/CE y Directiva 2002/58/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativas al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas, introducen importantes novedades en el comercio electrónico.

Además de las modificaciones en materia de "cookies" que se analizan a continuación, se introducen dos importantes cambios: en cuanto a las comunicaciones comerciales por vía electrónica (SMS, MMS, email, etc.), a partir de ahora no sólo deberán identificar claramente la naturaleza del mensaje con la palabra "publicidad", sino también a su remitente. En cuanto al uso y abuso del envío de comunicaciones comerciales ("Spam"), se introduce la obligación para todos los prestadores de servicios, en los casos de Spam autorizado por el usuario -obvia decir que el no consentido, es a todas luces ilegal-, de poner a disposición de los usuarios un medio sencillo y gratuito para oponerse al mismo: cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico, dicho medio deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho, quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan tal dirección.

Por su lado, y como ya veníamos adelantando, se modifica la anterior regulación en materia de uso de cookies. Las cookies son herramientas informáticas utilizadas en el tráfico económico digital para identificar por parte de un prestador de servicios a un usuario accediendo a su sitio web, obtener información sobre sus hábitos de navegación y adaptar, en consecuencia, la oferta de los servicios a cada perfil específico, mejorando así su experiencia de navegación. Por medio de las cookies, un servidor de Internet envía un pequeño archivo al ordenador desde el que se accede al servidor, de modo que se permita...

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