La nueva organización de la Fiscalia

AutorJuan Fco Boné Pina
CargoFiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Lleida
Páginas25-27

Page 25

En estos momentos se encuentra ya en el Senado el proyecto de reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal de 1981 que introduce importantísimas modificaciones en esta norma ya con 25 años a sus espaldas.

Como quiera que estamos ante un proyecto consensuado por los principales grupos políticos podemos avanzar que, salvo imprevistos, en octubre estará ya en vigor.

Este tema fue el motivo de mi intervención en las denominadas "Escudellas jurídicas" el pasado mes de Junio y atendiendo al amable ruego de la directora paso a resumir para todos los lectores de la revista los ejes fundamentales de esa reforma.

Como saben el artículo 124 de la Constitución atribuye al Ministerio Fiscal la misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. En aras a alcanzar una mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento de tal relevante misión del Ministerio Público se hacía necesario abordar una serie de modificaciones sustanciales en el vigente Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobado por Ley 50/1981 de 20 de diciembre, norma que, si bien ha supuesto una sólida base para la regulación del Ministerio Fiscal durante casi veinticinco años, necesita una adaptación en su conjunto a las nuevas exigencias que la sociedad reclama.

Como señala la exposición de motivos de la reforma, el desarrollo social, económico y tecnológico de un lado, y la consolidación del Estado de las Autonomías de otro, junto a la evolución del proceso -en especial del proceso penal- hacia fórmulas que exigen una presencia e intervención mucho mayor del Fiscal, exigen hoy la reordenación íntegra de las coordenadas organizativas del Ministerio Público, en el doble plano de su capacidad de especialización y de implantación territorial, de modo que su necesaria unidad de actuación se traduzca, como garantía esencial de los ciudadanos, en una presencia del Fiscal igual, y con el mismo grado de especialización por materias, en cualquier punto de España.

La reforma persigue, en primer lugar, reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal como órgano de relevancia constitucional y la mejora de su capacidad funcional, con especial atención, en este terreno, a la Fiscalía General del Estado. Persigue también actualizar su estructura, buscando una mayor eficacia conforme a un criterio de especialización y de reordenación de su modelo de implantación geográfica. Y, por último, se propone introducir mejoras de carácter técnico que afectan a la regulación de los procedimientos de actuación externos e internos de la Fiscalía, al tiempo que pretende...

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