Obra nueva en baleares finalizada antes de la reforma de la ley del suelo de 2011 sin acreditar cédula de habitabilidad y la licencia de primera ocupación

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas98-98

Page 98

Se autoriza una Acta notarial de declaración de obra nueva terminada en Septiembre de 2011 relativa a una edificación en la Comunidad de las Islas Baleares. La obra se había declarado en construcción en 1999 y la terminación se produjo, según certificado técnico y visado colegial incorporado, en 2000.

El registrador exige, conforme a la Ley del Suelo vigente en la fecha de presentación, la aportación de la licencia de ocupación y cédula de habitabilidad pues considera que esos son los requisitos exigibles por la legislación urbanística balear en relación con la norma estatal.

El notario alega que no debe de ser de aplicación dicha norma, por cuanto la obra fue terminada en 2000 y en esa fecha no eran exigibles dichos requisitos para autorizar e inscribir respectivamente este tipo de documentos. Considera también que la notificación de la calificación por fax no es la vía adecuada.

La DGRN analiza los diferentes aspectos de la cuestión planteada y concluye lo siguiente:
1.- Que es aplicable lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley estatal del Suelo en su redacción posterior a Julio de 2011, aunque la obra nueva estuviera terminada en 2000, pues hay que estar a la fecha de presentación en el Registro de la Propiedad.
2.- Que es exigible para inscribir la Licencia de Ocupación prevista en la legislación balear por aplicación de lo dispuesto en la Ley del Suelo.
3.- Que NO es exigible, sin embargo, la cédula de habitabilidad por cuanto interpreta que no lo exige el artículo 20 de la Ley del Suelo en relación con la legislación balear por las razones que detalla.
4.- Que, en el presente caso, ha pasado el plazo previsto por la legislación urbanística balear (8 años) para la prescripción de cualquier posible infracción urbanística desde la terminación de la obra (año 2000) por lo que la declaración de terminación de la obra será inscribible por la vía de acreditar la antigüedad de la edificación sin necesidad de aportar...

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