Breve comentario sobre la notificación del acuse de recibo del prestador de servicios

CargoAbogado. Miembro de la Sección de Derecho Informático y de las Telecomunicaciones del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (España). Actualmente cursando la 1ª edición del

En el Preámbulo de la citada Directiva se considera que es necesario esclarecer a partir de qué momento debe considerarse celebrado un contrato por vía electrónica. Pues bien, a tal fin, el art. 11 dispone que: " (...) el contrato quedará celebrado cuando el destinatario haya recibido por vía electrónica una notificación del prestador de servicios acusando recibo de la aceptación del destinatario del servicio."

Bueno, ¿y cómo se practica y qué contenido ha de tener la notificación por parte del prestador de un servicio de la sociedad de la información ?

Respecto a la forma de la notificación del acuse de recibo, sabemos ya que deberá efectuarse por vía electrónica. La definición de "vía electrónica" se recoge en el artículo 2 a) de la Directiva: se entenderá por "vía electrónica" un servicio enviado desde la fuente y recibido por el destinatario mediante equipos electrónicos de tratamiento (incluida la compresión digital) y de almacenamiento de datos y que se transmite, canaliza y recibe enteramente por hilos, radio, medios ópticos o cualquier otro medio electromagnético.

¿Y esta vía electrónica implica que el prestador de servicios -para cumplir con su obligación de acusar recibo- debería enviar un e-mail al destinatario del servicio? Pues, en nuestra opinión, de la lectura de esta norma no se desprende necesaria y únicamente esto (1). Pensemos por un momento que el usuario -destinatario del servicio- al cliquear el botón de comando Aceptar del formulario de pedido podría por ej. estar invocando a una rutina CGI -presente en el código de la página del formulario-, la cual automáticamente enviaría desde el host a la memoria de su máquina un nuevo documento .htm del prestador del servicio, documento genérico de agradecimiento que al mismo tiempo podría dar cumplimiento a la obligación de notificar el acuse de recibo. Cabría imaginarlo así: "Estimado Sr. o Sra. Su pedido ha sido recibido con éxito. Envíenos, por favor, a continuación un e-mail a nuestra dirección xxxxx@xxxxxx.xx escribiendo en el título del mismo: "CONFIRMACION PEDIDO" y dejando en blanco el cuerpo del mensaje . Gracias por confiar en nosotros. Reciba un cordial saludo. X, director de...

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