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AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Dictamen del TDC en relación a la concentración Balearia/Umafisa

Según el dictamen publicado, el TDC entiende que el mercado de referencia sería el transporte marítimo regular de carga fraccionada y de pasajeros -incluso en alguna la concreta considera parte del mercado al transporte aéreo de pasajeros-en las líneas que integran el tráfico Península-Baleares y el interinsular. Apreciado lo anterior, el TDC señala que la operación no genera distorsiones en el funcionamiento de la competencia en la mayoría de las líneas afectadas, aunque expresa su preocupación por 2 líneas concretas (Levante-Ibiza e Ibiza-Formentera) en las que la cuota de mercado conjunta sería muy elevada. En cuanto a la primera, el TDC no ha propuesto ninguna condición, por la competencia del transporte aéreo y la ausencia de barreras que hace factible la entrada de competidores -particularmente de Trasmediterránea, líder en el ámbito balear. Para la línea Ibiza-Formentera, el TDC considera que en el servicio de transporte regular de mercancías tendría que ser adoptada alguna medida estructural que evite el monopolio de hecho resultante (100% de cuota conjunta), o, en su defecto, se establezcan reglas de comportamiento que garanticen el mantenimiento de las condiciones de prestación del servicio previas a la concentración. El Dictamen incluye un voto particular de D. Antonio Castañeda, que estima que la operación también debilitaría la competencia efectiva en la línea Levante-Ibiza.

El TS modifica condiciones de la fusión Ebro-Azucarera

Según información de prensa, el TS habría introducido algunas modificaciones en las condiciones que en su momento impuso el Gobierno para aprobar la fusión entre Ebro y Azucarera. En virtud de las mismas, Ebro quedó obligada a subastar 30.000 toneladas de su cuota azucarera. Sin embargo, el TS entiende que la obligación de reasignar esta cuota a otras empresas no se puede hacer mediante subasta sino a través de una transmisión gratuita. La resolución judicial se produce tras haber consultado al TJCE, que declaró que cualquier negocio que tenga por finalidad exclusiva la transmisión onerosa de cuotas de producción es contrario a la legislación comunitaria que regula este mercado.

Breves

· El pasado 1 de mayo entraron en vigor las modificaciones introducidas por la Ley 62/2003 en la LDC y...

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