Notícia de revistes

AutorEnriqueta Expósito, Jordi Matas, Anna Sànchez i Maria Torres
Páginas511-529

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* Actualidad Administrativa. Núm. 6, 1994.

- Sarmiento Acosta, Manuel J., «El modelo territorial de Canarias ante la reforma del Estatuto de Autonomia», pàg. 61-78.

Sumari: I. Consideraciones generales. II. Los entès terri toriales articuladores del sistema autonómico canario. III. Los cabildos insulares como las piezas cardinales de la nueva organizacíón estatutaria. IV. El àmbito competència! de los cabildos insulares. V. Valoración genèrica de la operatividad de los cabildos. En particular los problemas practicos de las transferencias. VI. Algunas sugerencias para la reflexión.

* Núm. 13, 1994.

- Torres Fernàndez, Juan José, «Distribución de competencias en matèria de medio ambiente entre el Estado y las Comunidades Autónomas», pàg. 207-219.

* Impuestos (Disley, S. A.). Núm. 7, 1994.

- Martínez Giménez, C., «Algunas consideraciones en torno a los preciós públicos de las Haciendas Locales», pàg. 6-19.

- Magadàn Díaz, M., «Los ingresos tributarios de las corporaciones locales: el impuesto sobre bienes inmuebles», pàg. 20-30.

- Lago Montero, J. M., «La distribución de competencias de gestión tributaria en el Impuesto sobre el Patrimonio», pàg. 7-22.

Sumari: I. La distribución de competencias de gestión tributaria en el Impuesto sobre el Patrimonio. II. Determinación de la Administración competente para realizar cada una de las tareas gestoras. III. La coordinación de la gestión tributaria. IV. Valoración crítica global.

* Núm. 8, 1994.

- Serena Puig, J. M., «La extinción de la obligación tributaria en al àmbito del Convenio económico de Navarra y el concierto con el País Vasco: supuestos de compensación entre Administraciones», pàg. 3-14.

- Gonzàlez Hernàndez, F., «Reflexiones sobre el Impuesto General Indirecto Canario cuando se cumple un ano de su implantación», pàg. 15-19.

* Revista Andaluza de Administración Pública (Instituto Andaluz de Administración Pública, Universidad de Sevilla, Sevilla). Núm. 15, juliol-setembre de 1993.

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- Sànchez Blanco, Àngel, «El Plan andaluz de Desarrollo económico 1991-1994», pàg. 35-76.

- López Azcona, Aurora, i Olivàn del Cacho, Javier, «Consideraciones sobre el desarrollo rural en Andalucía y Extremadura», pàg. 77-104. Sumari: I. Derecho agrario y desarrollo rural. II. La mutacíón de las intervenciones sobre las estructuras territoriales agrarias. III. Referència a la reciente legislación forestal andaluza. IV. Los nuevos instrumentos legislativos extremenos. V. Apunce sobre las medidas asistenciales. A. Antecedentes. B. Sistema actual: el subsidio de desempleo agrario y el Plan de empleo rural. C. La localización geogràfica y la posible violación del principio de igualdad. D. Nota sobre el tratamiento de la familia en las ayudas previstas. E. La cuestión competencial. VI. Reflexión final.

- Carrillo Donaire, Juan Anconio, «Las competencias consultivas del Consejo de Estado en relación a las Comunidades Autónomas. El fïn de una larga controvèrsia (Comentario a la STC 204/92, de 26 de noviembre)», pàg. 107-130.

Sumari: I. Introducción. II. Anàlisis de las distintas posiciones en torno al articulo 23-2 de la LOCE. A. La doctrina. B. El Tribunal Supremo. C. El Consejo de Estado. D. El Gobierno. III. La Sentencia del Tribunal Constitucional 204/92, de 26 de noviembre y la constitucionalidad del articulo 23.2 de la LOCE.

- Cano Bueso, Juan, «El procedímiento electoral en la Comunidad Autònoma de Andalucía», pàg. 225-249.

Sumari:I. Introducción. II. Representación ante la administración electoral. III. Presentación de los candidatos. A. El caràcter del plazo. B. Los sujetos del procedimiento. C. Aspectos problematicos del Registro de Partidos. IV. Publicación y tràmite de subsanación de las candidaturas. V. Recursos contra la proclamación de candidaturas. A. El recurso contencioso especial. B. El recurso de amparo eleccoral. VI. Votación. A. Aspectos previos. 1. Confección de papeletas y sobres electorales. 2. Constitución de las mesas electorales. B. El acto de la votación. VII. Escrutinio.

Núm. 16, octubre-desembre de 1993.

- Meilàn Gil, José Luis, «Estado Autonómico y administraciones públicas», pàg. 13-37.

Sumari: I. Planteamiento. II. El marco constitucional y sus sucesivas lecturas. III. El Estado autonómico como Estado compuesto. IV. La Administración pública en el marco constitucional. V. La reforma de las administraciones públicas desde la perspectiva del Estado autonómico. VI. La competència de ejecución en la configuración del Estado autonómico. VII. Reformas orgànicas y funcionales. VIII. Via jurídica de la reforma y ambito de aplicación, IX. Conclusión.

- Barrero Rodríguez, M. Concepción, «Los conjuntos históricos y el planeamiento de protección en la Comunidad Autònoma de Andalucía», pàg. 39-78.

- Pérez Andrés, Antonio Alfonso, «Las tensiones originadas por la nueva ordenacíón de los espacios naturales protegidos», pàg. 79-116.

Sumari: I. Introducción. II. Sistema de espacios naturales protegidos. A.Page 513 Consideraciones generales. B. El sistema de espacios naturales protegidos de la ley estatal de 2 de mayo de 1975. C. Sistema de espacios naturales protegidos en la ley estatal de 27 de marzo de 1989- D. La planificación medioambiental. E. La declaración de espacios naturales protegidos. III. Leyes de desarrollo. La ley andaluza 2/1989 que aprueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía. A. Consideraciones generales. B. Procedimiento de declaración de espacios naturales protegidos. C. Su clara inconstitucionalidad. IV. Critica a la competència del legislativo para la declaración de espacios nacurales protegidos. A. Crítica al sistema de la ley estatal de 1989. B. Innecesariedad de leyes especiales e inconveniència de leyes-decreto. C. En busca de un sistema ideal para la declaración de los espacios naturales protegidos.

- Horgué Baena, Concepción, «Regulación de las LOCFS sobre Policías Locales: condicionamiento de las competencias autonómicas en matèria de seguridad pública (Comencario a la sentencia del Tribunal Constitucional 83/1993, de 8 de marzo)», pàg. 141-149.

Sumari: I. Planteamiento. La territorialización de la seguridad pública. II. Doctrina del Tribunal Constitucional acerca del alcance de la competència de coordinación de policías locales. Interdicción de cuerpos de policías distintos del municipal. Argumentos de la Sentencia. III. Valoración de la Sentencia.

Revista de Estudiós Agrosociales (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Madrid). Núm. 163, vol. 1, 1993.

- Granados Sanjuan, Ana, i Calatrava Requena, Javier, «Diferencias de percepción y valoración de actividades formativas entre trabajadores de ambos sexos en Andalucía», pàg. 11-26.

- Munoz Zamora, C., i Estruch, V., «La agricultura de montana y los nuevos enfoques de política agrària rural. El caso valenciano», pàg. 27-50.

- Aldanondo, Ana M., i Antunes, Teodora, «Mercado de la tierra en Canarias», pàg. 51-67.

Revista de Estudiós de la Administración Local y Autonòmica (Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid). Núm. 255-256, 1992.

- Martín Mateo, Ramon, «Los servicios locales. Especial referència a la prestación bajo fórrnulas societarias», pàg. 457-480.

Sumari: I. Los municipios en cuanto complejos serviciales. 1. La importància creciente del municipalismo. 2. Modernos condicionantes para la eficàcia de los servicios locales. 3. Las distintas modalidades de prestación. II. Constitución de sociedades. 1. Tramites comunes. III. Sociedades mercantiles con capital íntegramente propiedad de la encidad. 1. Constitución. 2. Aportaciones. 3. Organización. 4. Ordenamiento aplicable. IV. Sociedades mixtas con participación mayoritaria de las entidades locales. 1. Contenido. 2. Constitución. 3.Aportaciones. 4. Organización y funcionamiento. 5. Controles. V. La sociedad anònima laboral como posible fórmula de gestión de las corporaciones locales. 1. El caràcter abierto de las modalidades gestoras disponibles para los entès locales. 2. Caràcterísticas de las sociedades anónimas labora-Page 514les. 3. Las SAL en cuanto posibles empresas mixtas para la gestión indirecta de los servicios locales.

- Sosa Wagner, Francisco, «Impugnación de actos y acuerdos de las Corporaciones Locales», pàg. 481-499. Sumari: I. Introducción. II. El objeto material de la impugnación. III. La causa de la impugnación. A. El régimen de impugnación general. B. El régimen de impugnación especifico. C. El supuesto extraordinario. IV. Los sujetos. A. El «interès». B. Los órganos. V. El requerimiento previsto. VI. El proceso contencioso. VII. Especialidades en matèria de suspensión. A, Régimen general. B. En matèria de urbanisme

- Vallina Velaverde, Juan Luis de la, «Potestad organizatoria y autonomia local», pàg. 517-547.

Sumari: 1. La potestad auto-organizatoria de las entidades locales como expresión de su autonomia. 2. La autonomia local en la Constitución Espanola de 1978. 3. La distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en matèria de régimen local. 4. La configuracíón de la potestad organizatoria de los entès locales en el ordenamiento jurídico espanol. 4.1. Delimitación prèvia. 4.2. Principios constitucíonales en relación al gobíerno local. 4.3. El desarrollo de los principios constitucionales. 4,4. La potestad organizatoria en la LBRL. 5. La Sentencia del Tribunal Constitucional 214/1989, de 21 de diciembre, en relación a la potestad organizatoria de las entidades locales.

- Fanlo Loras, Antonio, «Competencias en matèria de aguas de las Comunidades Autónomas que pertenecen -a cuencas intercomunitarias (el caso de Aragón, La Rioja, Cantàbria y Navarra)», pàg. 549-598. Sumari: Introducción. I. Competencias en matèria de aguas de las comunidades autónomas que pertenezcan a cuencas intercomunitarias. 1. Potestad de demanializar las aguas y su titularidad. 2. La protección del dominio publico hidraulico. 3. El régimen de aprovechamiento del domi nio publico hidraulico. 4. La problemàtica delimitación de las obras hidràulicas de interès regional. II. Formas institucionales de cooperación. 1. Los conveni os de colaboración. 2. La incorporación de las comunidades autónomas a los organismos de Cuenca. III. La organización administrativa de las comunidades autónomas en relación con las aguas. IV. Aguas minetales y termales. V. Reforma y desarrollo agrario. 1. Aragón. 2. Navarra. VI. Medio ambiente. 1. Protección de la flora y de la fauna: caso de Navarra. 2. Espacios naturales. a) Aragón, b) La Rioja. 3. Protección de la calidad de las aguas. Vertidos de aguas residuales: legislación navarra. VII. Sanidad. 1. Calidad de las aguas de bano. 2. Aguas potables de consumo publico. VIII. Ordenación del territorio y urbanismo. IX. Mon tes. - Caballeira Rivera, M. Teresa, «El plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competència municipal», pàg. 643-665. Sumari; I. Autodeterminación y hetero determinación de la función planificadora provincial. II. El contenido cooperante y coordinador del PPOS. III. La legitimación del PPOS. IV. La financiación del PPOS. 1. Cooperación estatal a los PPOS: el mecanismo de las subvenciones condicionadas. 2. Cooperación autonòmica al PPOS. V. Otros planes provinciales: el plan de acción especial y el plan sectorial.

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- Ojeda Martín, Alfonso, «El àmbito de la autonomia financiera en las provincias y municipios», pàg. 667-684.

Sumari: I. Introducción. II. Características basicas de la autonomia local. II. Determinación de la autonomia local. IV. El principio de autonomia financiera. V. La autonomia financiera en el orden local. VI. El alcance de la autonomia financiera local. VII. Conclusiones.

- Collado Yurrita, Miguel Àngel, «Sobre las Haciendas autonómicas y locales: los postulados del federalismo cooperativo», pàg. 685-699. Sumari: I. Asignación de funciones a cada hacienda pública. II. Importància relativa de cada hacienda. II. Atribución de recursos a cada hacienda.

- Tena Piazuelo, Virelio M., «La empresa pública local: aspectos jurídico-formales de la gestión municipal de íntereses económicos mediance sociedad anònima», pàg. 701-730. Sumari: Planteamiento. I. Marco legal general de la accuación econòmica de los ayuntamientos. II. Breve referència a los modos de gesrión de las actividades de interès municipal. III. Aspectos jurídico-formales. A. Procedimiento adminiscrativo general para la iniciación de actividades económicas. B. Procedimiento jurídico-mercantil de constitución de una Sociedad anònima pública. IV. Algunas cuestiones de interès en torno al funcionamiento de la Sociedad. A. Denominación. B. Objeto social. C. Denominación. D. Capital social. E. Órgano de administración. F. Presupuescos y fiscalización. V. A modo de conclusión.

- Fajardo Spínola, Luis, «La coordinación de las Administraciónes Públicas», pàg. 731-776.

Sumari: I. Introducción. II. Coordinación y autonomia. III. Coordinación de las corporaciones locales con otras administraciónes. 1. Relaciones inter-administrativas. 2. La Coordinación de la Ley de Régimen Local. 2.1. Coordinación a través de la Cooperación. 2.1.1. Coordinación y Cooperación. 2.1.2. Modalidades de la Cooperación. 2.1.3. Instrumentos y procedimiencos para la Cooperación. 2.1.4. Organización para la Cooperación. 2.2. Coordinación forzosa. Condicionamiento de la actividad de las corporaciones locales al servicio de una accíón pública coordinada. IV. Coordinación entre comunidades autónomas y Estado. 1. Generalidades.

  1. Cooperación para la Coordinación. 3. Coordinación forzosa. V. Hacia un modelo integrado de coordinación, 1. Incroducción. 2. Coordinación de la actividad de las corporaciones locales con la de otras administraciónes: un modelo integrado. 2.1. Un sistema integrado de coordinación integral. 2.2. El Plan sectorial de Cooperación.

  2. Coordinación de comunidades autónomas y Estado: un modelo integrado.

- Gómez Barahona, Alberto, «La legislación sobre incentivos económicos regionales», pàg. 777-811. Sumari: I. Introducción. II. Fundamento y caracteres de la legislación sobre incentivos económicos regionales. 1. La política regional y sus bases jurídicas. A. El presupuesto de hecho. B. Las exígencias constitucionales. C. Los imperativos el ordenamiento comunitario. D. Los instrumentos de acción regional en la experiència normativa postconstitucional. 2. La legislación actual sobre incentivos económicos regionales. A. La necesidad de la reforma. B. La regula-Page 516ción jurídico-positiva. III. Delimitación conceptual de los incentivos económicos regionales. 1. La carència de una definíción unificada en nuestro ordenamiento. 2. Los incentivos económicos regionales como actividad administrativa de dispensación de ayudas. A. Encuadre dogmàtico. B. Delimitación conceptual. IV. Deficiencias e ínsuflciencias de su ordenación legal. 1. La defíciente regulación del sistema de incentivos regionales. 2. La ausencia de un planteamiento coordinador. 3. La falta de integración de los incentivos regionales en la política regional y en e! contexto institucional del Estado de las autonomías. 4. La escasa participación de las comunidades autónomas e ignorància de sus competencias de desarrollo económico. 5. Deslegalización y discrecionalidad. V. Reflexión final.

* Núm. 257, 1993.

- López Pellicer, José A., «El régimen concesional y de gestión de las emisoras de radio municipales», pàg. 27-44.

- Caballeira Rivera, M. Teresa, «La cooperación interadministrativa en la LBRL», pàg. 45-76.

Sumari: I. Introducción. II. La cooperación jurídica de la cooperación interadministrativa en la LBRL. III, La cooperación y sus categorías. I. Cooperación como principio de actuación. 2. Cooperación como tècnica de relación voluntària. 3. Cooperación como función o competència. 3.1. Cooperación orgànica. 3.1.2. Òrgan os de cooperación de las Comunidades Autónomas. 3.2. Cooperación competencial. 3.2.1. Concepto. 3.2.2. Tipos de cooperación: econòmica, jurídica y tècnica. 32.3 Métodos de cooperación: actuaciones singulares y planificadas. En especial, la planificación como método de gobierno.

- Munoz Blanco, Rosa Elena, «Comentario al Protocolo de Colaboración entre la Región de Alentejo y la Comunidad Autònoma de Extremadura», pàg. 141-165.

Núm. 258, 1993.

- Leguina Villa, Jesús, «Nota sobre los principios de competència y prevalencia en la legislación compartida», pàg. 229-238.

- Embid Irujo, Antonio, «La actividad de gobierno de las entidades locales y su control jurisdiccional. Nuevas reflexiones sobre el control de la actividad de gobierno de los poderes públicos», pàg. 251-287.

Sumari: I. Introducción. Sobre la actualidad del tema. II. El papel bàsico de la jurisprudència para la consideración de la problemàtica tratada. El sentido de la reciente jurisprudència constitucional y ordinària sobre la cuestión. 1. Un recordatorio de las conclusiones a extraer de la jurisprudència existentes hasta 1991. 2. La reciente jurisprudència ordinària sobre la actividad de gobierno de los entès públicos. 3. La intervención del Tribunal Constitucional. La separación entre el Gobierno y la Administración. III. Actividad de gobierno y exención jurisdiccional en el plano de la Comunidad Europea. 1. La participación del Gobierno en la creación de normas en el àmbito de la Comunidad Europea. 2. La existència en el Tratado de la Unión Europea de zonas en principio inmunes al control jurisdiccional. IV. El fracasado intento de estructurar legalmente la actuación del Gobierno. Las aportaciones de la LeyPage 517 30/1992 y las referencias a los gobiernos locales. V. La actividad de gobierno de las entidades locales. 1. La autonomia local como fundamento de la accividad de gobierno de las entidades locales. 2. La autonomia, en este caso como derecho fundamencal, en el origen de la accividad de gobierno -también exenta de control jurisdiccional- de otras adminíscraciones públicas, las universidades. 3. La tradición constitucional del gobierno local y la exención de control jurisdiccional en relación a la accividad declaracoria de los entès locales. 4. El ambito característico de la autonomia municipal: la potestad reglamentaria. Un breve excurso sobre la relación de la ordenanza local con la ley. 5. La potes cad de autoorganización, ambito también típico de la actuación política. 6. La elección y cese de los gobiernos locales, ambito primigenio de las decisiones políticas. Algun flagrante error jurisprudencial sobre ello. 7. La actividad convencional de los entès locales. 8. El aspecto orgànico de la actuación gubernativa de los entès locales. 9. La dificultad de establecer una tipologia de accuaciones de gobierno.

* Núm. 259, 1993.

- Ortega, Luis, «La Carta Europea de Autonomia Local y el ordenamiento local espanol», pàg. 475-497. Sumari: 1. Antecedentes de la Carta Europea de Autonomia Local. A. El papel de la Conferencia Permanente de Poderes Locales y Regionales de Europa. B. El proceso de elaboración de la Carta Europea de Autonomia Local. 2. La eficàcia de la Carta Europea de la Autonomia Local como convención internacional en el ordenamiento espanol. A. La eficàcia de los Tratados sobre el legislador estatal bàsico y sectorial y sobre el legislador autonómico. B. La consideración de la Carca Europea de la Autonomia Local a la luz del articulo 10.2 de la Constitución. C. Algunos ejemplos del valor interpretativo de la Carta Europea para la configuración del ordenamiento local espanol. a) La autonomia de codas las entidades locales. b) El abandono de la teoria de los intereses propios. c) La prioridad de la gestión local, d) La relación ley ordenanza. e) Las competencias propi as como elemento de la autonomia local.

- Ramallo Massanet, Juan, i Zorzona Pérez, Juan, «Autonomia y suficiència en la financiación de las Haciendas Locales», pàg. 499-516. Sumari: 1. Introducción. 2. El diverso alcance de los principios de autonomia y suficiència en la estructuración de la hacienda local. 3. Los principios de autonomia y suficiència y los recursos de las hacieridas locales. 4. Conclusiones.

- Tejedor Bielsa, Julio César, «La subrogación como tècnica de protección de la legalidad urbanística en la legislación autonòmica», pàg. 547-567.

- Beltran de Felipe, Miguel, «La nueva ley eleccoral local italiana (ley de 25 de marzo de 1993, n. 81, de elección directa de los alcaldes y presidentes provinciales)», pàg. 583-597.

* Revista de Estudiós Políticos. Núm. 81, 1993.

- Ruipérez, J., «Sobre la naturaleza del Estado de las Autònomías», pàg. 73-102.

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- Ruiz-Huerta, A., «Los Acuerdos Autonómicos de 28 de febrero de 1992: ¿Una alternativa constitucional adecuada?», pàg. 103-128.

* Núm. 82, 1993.

- Hogan, M., «El delegado provincial en la política autonòmica», pàg. 145-158.

- Carreras, F., García Jurado, I., i Palacios, M. A., «Estudio coalicional de los Parlamentos autonómicos españoles de régimen común», pàg. 159-176.

* Revista de Hacienda Autonòmica y Local (EDERSA, Madrid). Núm. 68, maig-agost de 1993.

- Arnau Bernia, Vicente J., i Guerrero Amigo, Àngel, «La consolidación presupuestaria y contable en las entidades locales», pàg. 197-245. Sumari: I. Introducción. II. Contabilidad nacional y reformas de las estructuras presupuestarias (1957-1979). 1. Las reformas de las estruçturas presupuestarias (primera fase). 1.1. La reforma de la estructura presupuestaria estatal de 1957. 1.2. La reforma de la estructura presupuestaria local de 1958. 2. La elaboración de las cuentas económicas del sector publico. 3. Las reformas de las estructuras presupuestarias (segunda fase). 3.1. La reforma de la estructura presupuestaria estatal de 1967. 3.2. La reforma de la estructura presupuestaria local de 1979. 4. El presupuesto consolidado del sector publico. 5. La Ley General Presupuestaria. 5.1. Contabilidad nacional y cuentas económicas del sector publico. 5.2. Consolidación presupuestaria. 5-3. Consolidación contable. III. Los planes de contabilidad pública (1980-1990). 1. El Plan de Contabilidad Pública (1981-1983). 2. Contabilidad pública y estructura presupuestaria de las Comunidades Autónomas (1980-1990). 2.1. Cuentas económicas. 2.2. Plan General de Contabilidad (de la Comunidad). 2.3. Estructura presupuestaria. 2.4. Consolidación presupuestaria. 2.5- Consolidación contable. 3-Contabilidad pública y estructura presupuestaria de las entidades locales (1988-1990). 3.1. Cuentas económicas del sector publico y las nacionales de Espafia. 3.2. Plan de contabilidad. 3.3. Estructura presupuestaria. 3.4. Estados de consolidación, IV. Los regímenes presupuestarios y de contabilidad pública de encidades locales. 1. El régimen presupuestario local. 2. El régimen de contabilidad pública. V. La clasificación econòmica en la estructura presupuestaria de las entidades locales. VI. Normas específicas de consolidación presupuestaria. VII. Método de consolidación presupuestaria. VIII. Opciones. IX. Eliminaciones mas usuales. X. Caso practico. XI. Consolidación contable. a) Normativa local, b) Normativa mercantil. c) Métodos de consolidación. XII. Conclusíones.

- Pagès i Galtes, Joan, i Alonso Gonzalez, Luis Manuel, «La aplícación de la LGT a las Haciendas Locales», pàg. 247-261. Sumari: I. Exegesis constitucional. II. Anàlisis de la legislación ordinària. 1. Vocación totalizadora de la LGT. 2. La enumeración de fuentes contenida en el articulo 5.e LBRL. 3. Las remisíones de la LRHL a la LGT. 4. Consideración especial del recurso de reposición en el àmbito tributario. III. Conclusiones.

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* Núm. 69, setembre-desembre de 1993.

- Alonso Gonzàlez, Luis Manuel, «Los recargos autonómicos sobre el juego mediante màquinas y aparatós automàticos», pàg. 373-441. Sumari: 1. Notas introductorias. 2. El recargo como recurso de caràcter tributario. I. Clases de recargos según el articulo 58 de la LGT. II. El recargo como prestación tribucaria autònoma e independiente. III. El recargo como recurso propio de los entès públicos de caràcter territorial. IV. Recargos sobre rasas y contribuciones especiales. 3. La tasa sobre el juego como cributo cedido. I. Los tributos cedidos. II. La controvertida cesión de la tasa sobre el juego. III. El gravamen sobre el juego: ¿tasa o impuesco? Examen especial de diversos elementos estructurales de la tasa fiscal sobre el juego referida a las màquinas o aparatós automàticos. A. Notas preliminares. En torno a determinados elementos configuradores de las tasas. B. El hecho imponible y la cuantía de la tasa fiscal sobre el juego. C. El hecho imponible «celebración u organización», el devengo y el elemento temporal en la tasa fiscal sobre el juego. D. En torno a la tasa fiscal sobre el juego como tributo afectado. IV. ¿Tasa cedida o tasa pròpia de las Comunidades Autónomas? 4. El recargo autonómico sobre la casa del juego. Conclusiones. 5. Apéndice. Estudio de un caso concreto: el recargo de la Comunidad Autònoma de Cataluna sobre las màquinas y aparatós automàticos.

- Seies, Rita, «La promoción de la funcionalidad en los Gobiernos locales», pàg. 467-474.

- Rivas García, Jesús, i Magadàn Díaz, Marta, «Federalismo fiscal: una nota sobre las funciones económicas de los niveles descentralizados de Gobierno», pàg. 475-485. Sumari: I. Planteamiento del problema. II. Sistema centralizado. III. Sistema descentralizado. IV. Eficàcia y equidad. V. Provisión òptima de bienes y servicios públicos. V. 1. Bienes privades. V.2. Bienes públicos. V.2.1. Clasificación de los bienes públicos. VI. Funciones económicas de los niveles descentralizados: asignación, distribución y estabilización. Bibliografia.

* Revista de Estudiós Regionales (Universidades de Andalucía). Núm 36, 1993.

- Hernàndez Armenteros i altres, «La fïnanciación de la Ensenanza superior en Andalucía: 1987-1993», pàg. 19-50.

- Moreno Becerra, José Luis, i Alonso Casado, José Marcos, «La financiación de la Educación Superior en Canarias», pàg. 51-72.

- Oroval, Esteve, i Calero, Jorge, «Financiación de la expansión universitària catalana en los últimos anos», pàg. 73-122.

- Àlvarez Corbacho, Joaquín, «La Financiación de la ensenanza superior en Galícia», pàg. 123-140.

- Graó, Julio, i Martínez, Joaquín, «La Financiación de la Ensenanza Pública Superior en la Comunidad Autònoma del País Vasco», pàg. 141-176.

- Mora, José-Ginés, i altres, «La financiación de la educació superior en la comunidad valenciana», pàg. 177-210.

Revista del Centro de Estudiós Constitucionales (Centro de Estudiós Constitucionales). Núm. 16, 1993.

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- Alvarez Conde, Enrique, «El àmbito competencial del Consejo General del Poder Judicial».

* Revista de Historia Econòmica (Alianza, Madrid). Núm. 2, primavera-estiu de 1993.

- García Zúniga, Mario, «Haciendas forales y reformas borbónicas. Navarra, 1700-1808».

- Pérez Gonzalez, Pacricio, «Fuentes y método para estimar la renta regional: Santander 1895-1930».

* Revista Jurídica de Catalunya (Col·legi d'Advocats de Barcelona, Acadèmia de Jurisprudència i Legislació de Catalunya). Núm. 1, 1994.

- Navas Navarro, Susana, «La adquisición de los bienes inmuebles sin dueno conocido por la General idad de Catalufía», pàg, 9-42.

- Pareja i Lozano, Carles, «Competències i capacitat d'actuació del municipi», pàg. 59-86.

* Revista Gallega de Administración Pública (Escola Galega de Administración Pública, Santiago de Compos-tel·la). Núm. 2, 1993.

- Martín Mateo, Ramon, «Os con-sorcios locais: unha institucíón en au-xe», pàg. 25-36.

- Vilas Nogueira, José, «A Administración Pública no proceso estatu-tario de Galicia na II República», pàg. 49-68.

- Tettingen, Peter J., «Aspectos fundamentales de la estructura administrativa en el Estado Federal ale-màn», pàg. 69-98.

Sumari: I. El reparto de competencias administrativas entre la Federación y los Lànder en la Ley Fundamental de Bonn. 1. Sobre la regla bàsica del articulo 83 de la Ley Fundamental. 2. Las competencias administrativas de los Lànder. d) La ejecución de las leyes federales por los Lànder como asunto propio (articulo 84 de la Ley Fundamental). ad) Poder de organización de los Lànder. bb) Posibilidades de influencia y control del Bund. ce) Finan-ciación, b) La ejecución de las leyes federales por parte de los Lànder «por deiegación» de la Federación (articulo 85 de la Ley Fundamental). aa) Deli-mitación de la Administración pròpia del Land. bb) Posibilidades de influencia y control del Bund. cc) Financia-ción. c) Primeros resultados. 3. Administración pròpia de la Federación. d) Tipo de Administración especifïca-do sobre todo en los artículos 86 y ss. de la Ley Fundamental. aa) Administración federal obligatòria, facultativa y solicitada. bb) Administración federal de la forma mediata e inmediata. cc) Otras formas de organización, b) Intentos de tipificación relativo a las materias de Ja Administración pròpia de la Federación. aa) Administración Federal en base a prescripciones cons-titucionales obligatorias. bb) Administración Federal facultativa en base a autorizacíones especiales. cc) La clàusula general del articulo 87, parrafo 3, de la Ley Fundamental. dd) Otras facultades de estructuración administrativa del Bund. 4. Formas de administración cooperativa, a) La pro-híbición del principio de la «Administración mixta», b) «Tareas comuni-tarias» según los artículos 91-a y 91.b de la Ley Fundamental. c) Otras posi-bles formas de «federalismo cooperati-vo». II. Conflictos constitucionales actuales con motivos del control de laPage 521 utilización de la energia nuclear. 1. Punto de partida: instrucciones en asuntos de la administración por de-legación del Bund. 2. Las sentencias del Tribunal Constitucional Federal del 20 de mayo de 1990 y de 10 de abril de 1991. III. Resumen y pers-pectivas.

- Serna Gómez, Francisco, «Administración Única para Galicia: una propuesca abierta», pàg. 99-119.

- Florensa i Palau, Marisa, «La reforma administrativa en la Comuni-dad Autònoma de Cataluna (La fun-ción organizativa en la Administración)», pàg. 121-150.

- Aymerich Cano, Carlos I., «As relacions financeiras entre o Estado e as Comunidades Autónomas, dúas recentes sentencias do Tribunal Constitucional espanol (STC 13/1992, do 6 de febreiro e 79/1992, do 28 de maio)», pàg. 237-263-

Sumari: 1. A xurisprudencia constitucional relativa as relacions financeiras entre o Estado e as Comunidades Autónomas. 2. ASTC 13/1992, o 13 de febreiro. A. Potescade de gasto estatal e autonomia fïnanceira autonòmica. B. A territorialización das partidas presupostarias que prevexan subvencions estatais en matèria de competència das Comunidades Aurónomas. C. Os instrumentos de territorialización: os convenions entre o Estado e as Comunidades Autónomas. 3. A xestión autonòmica das axudas comunitarias: a STC 79/1992, do 28 de maio.

* Núm. 3, 1993.

- Cruz Alli, Juan, «O futuro do Estado das autonomías. Estado Federal ou Estado Rexional», pàg. 9-66. Sumari: 1. O modelo do Estado na

Constitución Espafiola. 1.1. Estado unitario-autonómico. 1.2. A exclu-sión do modelo federal. 1.3. A distri-bución de competencias. 2. Autonomia e Autodeterminación. 2.1. O dereíto à autonomia. 2.2. O dereito à autodeterminación. 2.2.1. Alcance e contido. 2.2.2. No debaté constitucional. 2.2.3. Nos programas políti-cos. 2.2.4. Ausencia de reconecemen-to. 3. O camino cara ó Estado Federal. 3-1. Nacionalidades e re-xións. 3.2. Una lectura e praxe federalista. 3.2.1. Subsidiaredade. 3.2.2. O futuro da Administración Estatal: A Administración Única, 32.3- Ven-tade autonomista. 3.3- Reforma consti tucional.

- Balaguer Callejón, Francisco, «Administración Única e Estado Au-tonómico», pàg. 83-96.

Sumari: Introduccíón. 1. Estado constitucional e Estado autonómico. 1.1. O marco constitucional da autonomia: as competencias estatutari as das Comunidades Autónomas. 1.2. As competencias extraestatutarias das Comunidades Autónomas. 2. A proposta de descentralización sobre Administración Única. 3. A administración pre-ferente no marco do Estado Autonómico. A proposta de descentrali-zación. 3.1. Lexitimidade constitucional da proposta de descentrat i zación. 3.2. A proposta de descentrali-zación e os principios constitucionais. Consclusións.

- Huidobro Díez, César, «La reforma administrativa en la Comunidad

Autònoma de Castilla y León», pàg. 163-180.

* Núm. 4, 1993.

- Sosa Wagner, Francisco, «Las so-ciedades mercamiles como forma dePage 522 gestión de servicios públicos locales», pàg. 41-58.

- Caballeira Rivera, M. Teresa, «A concesión de servicios públicos lo-cais», pàg. 73-93-

- Calderón Carreró, José Manuel, «A tutela xuridica do medioambiente desde a Comunidade Europea e o de-reito comunítario (Tratado de Maas-tricht) o Estado interno e as Comuni-dades Autónomas», pàg. 137-190.

- Fernàndez López, Roberto I., «A colaboración entre Administraciones Públicas. Analise dun modelo aplicable en matèria tributaria», pàg. 191-203.

- Martínez Fernandez, Fauscino, «Algunhas consideracions sobre os pianos provincials de cooperación a servicios municipais», pàg. 293-312.

Núm. 5, 1993.

- Rodríguez Rodríguez, Dosiceo, «Reforma e modernización da Admi-nistración Pública galega», pàg. 11-40.

- Fernandez Segado, Francisco, «As compecencias estatais e auconómicas en matèria de relacions internacio-nais», pàg. 59-112.

Sumari: 1. Introducción: Estado com-plexo. Cooperacïón e acción exterior. 2. As relacions internacionals nos or-denamentos conscicucionais. Unha re-fexión xeral. 3. As relacions interna-cionais na Constitución de 1978. 4. Clàusula do art. 149.1.3-, de reserva estatal das relacions incernacionais. 5. As relacions inrernacionais nos Esta-tutos de autonomia. 6. A participa-ción das Comunidades autónomas na elaboración de tratados. 7. A partici-pación das Comunidades autónomas na execución do dereito convencional. 8. A capacidade das Comunidades autónomas para conduir per se acordos internacionals.

- Martín Pérez, Pedró Antonio, «La función pública local y sus problemas actuales», pàg. 139-160.

* Revista Jurídica de Asturias (Acadèmia Asturiana de Jurisprudència, Oviedo). Núm. 15, 1993.

- Bocanegra Sierra, Raúl, «Comunidades Autónomas y expropiación for-zosa: declaración del interès social de la expropiación mediante una ley autonòmica», pàg. 149-161.

* Núm. 16, 1993.

- Arias Díaz, Ignacio, «La función pública en las Comunidades Autónomas», pàg. 117-146. Sumari: 1. Introducción. II. El proceso de formación en la función pública en las comunidades autónomas. 1. Etapa preautonómica. 2. La función pública en la Constitución. 3. Etapa autonòmica. 4. De los Escatutos de Autonomia a la Ley 30/1984, de 2 de agosto. III. El modelo de función pública im-plantado y sus consecuencías. IV. La función pública en los parlamentos. En especial, la función pública en la Junta General del Principado de As-curias. V. Conclusiones.

Núm. 17, 1993.

- Bastida Freijedo, Francisco J., «Investidura de los presidentes auco-nómicos y parlamentarismo negati-vo», pàg. 7-37.

Sumari: 1. Las normas reguladores del presidente y del gobierno autonómi-Page 523cos. 2. Condiciones para ser candídato y procedimiento de propuesta. 2.1. Impulso institucional del presidente del Parlamento. 2.2. Impulso políti-co de los grupos parlamentari os o de parlamentarios. 3. Fase ordinària del procedimiento de elección: exposición del programa de gobierno y votación.

3.1. Propuesta de un solo candidaco cada vez. 3.2. Posíbilidad de propuesta de varios candidatos a la vez. 3.2.1. Votación individualízada de los candidatos propuestos. 3.2.2. Votación conjunta de los candidatos propuestos. 4. Investidura, elección y parla-mentarismo negativo. 4.1. Incompa-tibilidad del modelo puro de elección con la forma parlamentaria de gobierno prefïgurada en el Estatuto Asturia-no. 4.2. El modelo puro de elección y las contradicciones de la legislación vasca. 4.3. Impurezas del «modelo puro de elección» establecido. 4.4. Asimetrías entre el modelo puro de elección y el «parlamentarismo negativo». 5. Fase extraordinària del procedimiento de elección. 5.1. El plazo de la fase ordinària y su agotamiento. 5.2. Dísolución inmediata del Parlamento y convocatòria de nuevas elec-ciones. 5.3. Designación como Presidente del candidato del partido que tenga mayor número de escanos.

* Revista Llengua i Dret (Escola d'Administració Pública de Catalunya, Barcelona). Núm. 19, 1993.

- Mestres i Serra, Josep M,, «La normalització lingüísitca als ajuntaments», pàg. 105-116. Sumari: 1. Introducció. 2. Els centres de normalització lingüísitca i els serveis locals de català. 3. El programa d'Administració local. 4. La normalització lingüísitca de les corporacions municipals. 5. Factors de normalització lingüística. 6. El funcionariat. 6.1. El personal motivat. 6.2. El personal no motivat. 7. La motivació. 8. Estratègia per assolir la normalització. 9. Desenvolupament dels programes de normalització. 10. Els recursos.

- Griley, Yvonne, «Consideracions sobre el procediment de la subvenció i les possibilitats d'intervencionisme administratiu en matèria de normalització lingüística», pàg. 117-127. Sumari: Sobre el tipus d'intervenció. a) La subvenció directa, b) La subvenció indirecta, b. 1) La subvenció condicionada, b. 2) La preferència en els criteris de selecció. Extensió als procediments de concessió, conveni í concert i de préstec, aval, ajut i premi. Propostes per al foment de la llengua catalana. 1. Mesures de subvenció directa. 2. Mesures de subvenció condicionada. 3. Mesures d'inclusió en els criteris preferents de selecció. 4. Mesures de control i justificació. 5. Una política de subvenció complementària a les mesures segona i tercera. Fonts de consulta bibliogràfica. Fonts legals.

Revista Vasca de Administració» Pública (Inscituto Vasco de Administración Pública, Onati). Núm. 35, 1993.

- Canosa Usera, Raúl, «Contribu-ción al estudio de la supletoriedad», pàg. 47-78.

Sumari: 1. Preliminar. 2. Introduc-cíón de la supletoriedad en nuestro derecho constitucional. Justificación. 3. Àmbito de acción de la supletoriedad. 4. Supletoriedad versus distribu-ción de competencias. 5. Necesaria precisión de las funciones de la supletoriedad . 5.1. Menciones normativas en la Constitución y en los EstatutosPage 524 de Autonomia. 52. Periplo jurisprudència! del Tribunal Constitucional. 5.3. Caràcter parcialmente transicorio de la supletoriedad. 5.4. La supleto-riedad en la interpretación y aplica-ción del derecho. 55. El problema del derecho escata! suplecorio obsole-to. 6. Corolario: lasuplecoriedad, ele-menco integrador transitorio y criterio hermenéutico permanence. Apéndice de sentencias del Tribunal Constitucional.

- Zabala Otegui, Juan, «La parcici-pación regional en el proceso de inte-gración europea», pàg. 167-222. Sumari: I. Introducción. A. Integra-ción y descentralización. B. Principio de subsidiariedad. C. Caracterización regional. II. Participación regional interna: la elaboración de la posición estatal. A. Obstàculos a la participación regional interna. A. 1. La concep-ción de las relaciones comunitarias como parte de las relaciones interna-cionales del Estado. A.2. Deficiència de la estruccura participativa regional al interior de los Escados miembros. A.3- El modelo institucional comuni-cario y los limites a la actividad regional en la sede comunitària. B. Anàlisis de los distintos supuestos de participación regional interna. B. 1. República Federal de Alemanía. B.2. Itàlia. B.3. Bèlgica. B.4. Esparia. B.5. Portugal. B.6. Francia. III. Parci-cipación regional directa en el proceso decisorio comunitario. A. Progresivo reconocimienco de la participación del nivel regional en el proceso de decisión europeo. B. El Comitè de Regiones previsto en el Tratado sobre la Unión adoptado en Maastrichc el 9/10 de di-ciembre de 1991. C. Requisitos para una participación adecuada del nivel regional en el proceso decisorio comunitario. IV. Conclusiones. V. Bibliografia.

- Lorenzo Jiménez, José V., «Co-munidades Autónomas y FEOGA-ga-rantía (Reflexiones sobre la sentencia del Tribunal Costitucional 79/92 de 28 de mayo)», pàg. 327-354. Sumari: 1. Introducción. II. La tar-danza en resolver y otras cuestiones procesales. III. La matèria objeto de conflicto. IV. La ejecución del derecho comunitario no es titulo de competència. V. La agricultura y la ga-naden'a como tftulos competenciales y la existència de otros títulos. VI. La competència para regular las condiciones de otorgamiento de las ayudas,

  1. La competència para la gestión administrativa y el pago de las ayudas.

  2. La trascendencia de la sentencia.

  3. La extensión de la doctrina de la sentencia a otros supuescos. X. Dificultades para llevar a efecto la doctrina de la sentencia. XI. Conclusión.

Núm. 35 (II), 1993.

- Aja, Eliseo, «Las Comunidades Autónomas y la reforma del Senado», pàg. 11-18.

- Koja, Friedrich, «Descentralización polícica y camaras de representa-ción cerritorial», pàg. 19-30. Sumari: A. Aspeccos generales. B. La segunda càmara, expresión de la descentralización territorial. 1, Organi-zación e integración. 2. Las funciones de la segunda Camara. a) Generalida-des. b) El poder legislativo. c) La participación en el poder ejecutivo. d) El control del ejecutivo. 3- Resumen y conclusión.

- Punset, Blanco, «La territorializa-ción del Senado y la reforma de la Consticución», pàg. 31-38.

- Ripollès Serrano, M. Rosa, «La funcionalidad del Senado en el Estado de las Autonomías», pàg. 39-69.

Page 525

Sumari: I. Introducción. II. Las se-gundas càmaras. III. El Senado en la Constitución de 1978. IV. El Senado: 1978-1992. V. Hipòtesis sobre un fu-curo Senado.

- Woehling, José, «Cuestiones sobre la reforma del Senado en Canadà», pàg. 125-136.

* Sistema. Núm. 118-119, 1994.

- Blas, A. de, «Estados, regiones y nacionalismos en la construcción europea», pàg. 55-62.

- Corcuera, J., «Autonomismo coo-perativo y autonomismo competicivo: Aquiles y la tortuga», pàg. 87-102.

- Moran, F., «La comunidad europea y régimen autonómico», pàg. 181-185.

Alemanya

* Die offentlicben Verwaltung (DOV) (Kohlnamer). Núm. 1, 1994.

- Henneke, Hans-Günter, «Der kom-munale Finanzausgleich», pàg. 1-11.

- Kostering, Heinz, «Grundlangen und Probleme eíner Funktionalreform im Land Brandenburg», pàg. 238-249.

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* Revue du Droit Public et de la Science Po-litique en France et à l'Étranger (Librerie Générale de Droit et de Jurispruden-ce, París). Núm. 1, 1994.

- Py, Pierre, «La loi du 23 décem-bre 1992 portant répartítion des com-pétences dans le domaine du touris-me», pàg. 215-20.

Revue Françahe de Finances Publiques. Núm. 44, 1993.

- Lacaze, J. P., «Les interventions des collectivités locales», pàg. 45-50.

- Fribourg, A. M., «Les interventions financières des collectivités locales dans le domaine de l'habitat», pàg. 51-66.

- Delarue, F., «Programmation et diversicé tocale», pàg. 67-74.

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- Schmitz, Stephan, «Grundstücks-verkaufe der Stadte und Gemeinden in den fünf neuen Bundeslandern», pàg. 89-99.

* Núm. 6, 1994.

- Helmig, Ekkehard, i Alkemper, Ludwig, «Der Abfallbegriff im Span-nungsfeld von europaicher und natio-naler Rechtsetzung», pàg. 229-238.

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- Campbell, Mike, «Local Policies to Beat Long-Terrn Unemployment», pàg. 505-518.

- Wicks, Peter J., «The Impact of Central-Local Relations upon Further Educacion, 1984-92», pàg. 519-536.

- Boyne, George, i Law, Jennifer, «Bindding for Unitary Status: An Evaluation of the Contest in Wales», pàg. 537-557.

- Bryson, C, Gallacher, J., Jack-son, M., Leopold, J., i Tuck, K., «Descentralitation of Cotlective Bar-gaining: Local Authority Opt Ouc», pàg. 558-585.

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- Smith, M. J., Marsh, D., i Ri-chards, D., «Central government de-partments and the policy process», pàg. 567-594.

- Schrijvers, A. P. M., «The mana-gement of a larger town», pàg. 595-604.

Itàlia

Il Foro Amministrativo {Giuffrè, Milà). Núm. 7-8, 1993.

- Wieland, Joachim, «L'autonomia amministrativadei comuni nel diffici-le rapporto tra efficienza dell'ammi-nistrazione e vicinanza al cittadino», pàg. 1728-1738.

L· Regioni (II Mulino, Bolonya). Núm. 4, 1993.

- Giangaspero, Paolo, «Osservazio-ni sulle riforme degli statuti dell'Um-bria e deU'Emilia-Romagna», pàg. 995-1027.

Sumari: 1. Premessa. 2. I nuovi Statu-ti come carte lunghe: modifïche e continuità nelle norme programmati-che. 3. Le norme di principio sull'or-ganizzazione regionale: il principio programmatorio e quello collaborati-vo; la vocazione internazionale dei nuovi Statuti regionali, 4. II principio partezipativo e la disciplina statutaria del referèndum regionale. 5. La forma di governo regionale: la modificazione dei criteri statutari di ripartizione de-lle competenze tra Giunta e Consi-glio. 6. Le competenze e la posizione delia Giunta: il rapporto di responsa-bilità política nei confronti del Consi-glio. 7. La disciplina dell'òrganizacio-ne interna delia Giunta. 8. L'orga-nizzazione del Consiglio. 9- Cenni al problemi connessi alia rilevanza statutaria dell'organizzacione amministra-tiva regionale. 10. Conclusioni.

- Scudiero, Michele, «II ruolo delle Regione nell'Europa di Maastrich», pàg. 1029-148.

- Mangiamelí, Stelio, «La Corte Costituzionale e la tendenza verso un regionalismo organico (not. a sent. 26 ottobre 1992, n. 401)», pàg. 1051-1060.

- Recchione, Sandra, «Un passo sig-nificativo verso il tramonto delia Regione come ente di gestíone diretta (not. a sent. 29 ottobre 1992, n. 406)», pàg. 1061-1080.

- Marpillero, Marco, «I nuovi enti parco e l'atuonomia regionale: la Corte consolida il modelo cooperativoPage 527 fondato sulle norme di attuazione per le Regioni speciali (not. a sent. 27 lu-glio 1992, n. 366)», pàg. 1231-1244.

* Núm. 4, 1993.

- Siervo, Ugo de, «Le Regioni nelle príme proposte dei Ambrosini», pàg. 1253-1276.

Sumari: 1. 1 documenti che si pub-blicano. 2. I motivi delia pubblica-zione. 3. Alcuni contenuti delle proposte di Ambrosini. 4. Un regionalis-mo force, contro il fantasma del fede-ralismo.

- Pedrazza Gorlero, Maurizio, «Recenti svilappi delia giurispruden-za costituzionale in tema di variazioni territoriali delle Regioni e dei Comu-ni (not. a sent. 5 gennaio 1993, n. 1)», pàg. 1400-1411.

- Marchetti, Bàrbara, «La Corte Costituzionale risolve un conflicco ne-gativo di atribuzioni fra Stato e Regioni (not. a sent. 16 febbraio 1993, n. 60)», pàg. 1547-1557.

- Amico, Marilisa d', «Procedimen-to elettorale e poteri dell'Assemblea Regionale siciliana: la Corte interpreta la legge, risolvendo un conflitto di atribuzioni (not. a sent. 26 marzo 1993, n. 113)», pàg. 1738-1760.

- Sotgiu, Maddalena, «L'attività es-tera delle Regioni: oltre il nesso di strumentalità con le competenze, verso una disciplina comune (not. a sent. 29 marzo 1993, n. 124)», pàg. 1781-1791.

- Brancasi, Antonio, «II fondo comune regionale al vaglio delia Corte Costituzionale (noc. a sent. 1 aprile 1993, n. 128)», pàg. 1792-1819-

Regioni e Governo Locale (Bolonya). Núm. 1-2, 1993. Nota: número monogràfic «Gli statuti comunali e pro-vinciali in Emília-Romagna».

Núm. 4, 1993.

Nota: número monogràfic «La riforma elettorale dei Consigli Regionali».

Núm. 6, 1993.

- Armao, Gaetano, «Potestà regola-mentare ed attuazione delia legge sui procedimento amministrativo nella Regione Siciliana», pàg. 1611-1631.

- Baldini, Vincenzo, «Interesse delia popolazione e interesse a ricorrere delia Regione: una conferma delia Corte Costituzionale (not. a sent. 26 febbraio 1993, n. 72)», pàg. 1635-1643.

- Barbat i, Caria, «Le 'azioni positi-ve' tra Stato e Regioni (not. a sent. 26 marzo 1993, n. 109)», pàg. 1705-1737.

Núm. 5, 1993.

- Fusaro, Cario, «La fusione di co-muni dopo la riforma delle autono-mie», pàg. 855.

- Cusmano, Andrea, «II ordena-mento delle circoscrízíoni comunali: una riforma dimenticata?», pàg. 885-896.

- Pegoraro, Lucio, «La variazione delle circuncrizioni comunali: quiali limiti per il legisladore regionale?», pàg. 897-906.

- Scarselli, Guido Francho, «La problemàtica revisione dei consorci», pàg. 923-958.

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- Gambino, Silvio, «El governo de-ll'ente locale fra leggi di riforma e sta-tuti», pàg. 959-998.

- Rizzoni, Giovanni, «Riforma de-gli statuti e disciplina delle circoscri-zioni», pàg. 997-101.

- Caretti, Paolo, «La successione delle leggi nel tempo nel rapporco tra legge «cornice» dello Stato e legge re-gionale», pàg. 1011-1018.

* Núm. 6, 1993.

Nota: número mongràfic «Stato regionalista e sistemi elettorali: la riforma elettorale per le regioni».

* Rivista Italiana di Diritto Pubblico Co-munitario (Giuffrè, Milà). Núm. 1-2, 1993.

- Balestreri, Adolfo M., «Traccaciva privata e ragioni d'urgenza: punti di incontrotra ordinamento comunitario ed ordinamento nazionale (not. a sent. delia Corte di giustizia delle Co-munità Europee 18 marzo 1992)», pàg. 123-128.

* Núm. 3, 1993.

- Vandelli, Luciano, «II principio di sussidiarietà nel riparto di competen-ze era diversi livelli cerritoriali: a pro-posito dell'art. 3 B Tratcato sull'Uni-nione Europea», pàg. 379-397. Sumari: 1. Premesse. 2. Sussidiarietà e poterí ímpliciti. 3- La sussidiarietà come ordinamento politico. 4. La sussidiarietà come norma giurídica vin-colante fonti subordinale. 5- La sussidiarietà come principio volto ad individuare i presupposci per l'eser-cizío di attribuzioni in ambiti di competenza concorrente. 6. La sussidiarietà come principio che rende direttamente flessibile l'asseto delle competenze, introducendo una deroga al ripano esplicito. 7. Presupposti e limiti all'esercizio di attribuzioni in base al principio di sussidiarietà. 8. Strumenti di garanzia e di riequili-brio. 9. II principio di sussidiarietà e el riordino dei poteri territoriali in Itàlia.

* Núm. 4, 1993.

- Franchini, Claudio, «La Commis-sione delle Comunicà Europee e le amministrazioni nazionali», pàg. 669-682.

- Weber, Albrecht, «Federalismo e Regionalismo nell'Unione Europea», pàg. 705-722.

Sumari: 1. Nature e caratteristíche de-gli ordinamenti federativi. 2. Struttu-re federative nella Comunità. 3. Ele-menti federalistici nelle comunità di Maastricht. 4. Sui ruolo delle regioni nella Comunità. 5. Excursus: la parte-cipazione dei Lander federali tedeschi. 6. Democrazia e federalismo qual i condizioni per la nascita di uno Stato Europeo.

Rivista Trimestrate di Diritto Pubblko (Roma). Núm. 4, 1993.

- Meilàn, José Luis, i Rodríguez Arana, Jaime, «Territorial organiza-cion and local administration in Galícia», pàg. 1099-1114. Sumari: 1. The statutory origins. 2. Regimes of local government and che Autonomous Comunities. 3. Scope of the State framework for local government regime. 4. Principies and elements of the territorial organization of Galícia.

Page 529

* Rivista Italiana di Scienza Política. Núm. 3, 1993.

- Leonardi, R., «L'ascesa delí'Europa meridionale: centro e perifèria ne-lla comunicà europea», pàg. 475-512.

* Rivista Trimestrals di Scienza dell'Amministrazione. Núm. 2, 1993.

- Bellucci, P., «L'organizzazione delle regioni tra amministrazione e política», pàg. 5-42.

- Truini, A., «Profili delia «questione organizzativa» negli enti loca-li», pàg. 43-82.

- Amico, R. d', «Riforma dell'ente locale e management pubblico», pàg. 83-112.

Estats Units

* Administrative Law Review (Chicago). Vol. 45, núm. 2, 1993.

Nota: número monogràfic «Projet; the role of Preemtion in Administrative Law».

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