Notas bibliograficas

AutorManuel Cobo del Rosal
CargoAbogado, Catedrático de Derecho Penal y Presidente del Instituto Universitario de Criminología
Páginas401-414

I. El libro es presentado por su propio autor, bajo la rúbrica «Prólogo a la 3.ª edición», señalando que «en menos de un año se hace necesaria una nueva edición de este libro» (página 11).

La verdad es que, según mi opinión, era necesaria una nueva edición de ese libro, pero no en menos de un año, sino al día siguiente de que fuera puesto a disposición (publicado) de los lectores, porque, realmente, es que no tenía que haberse publicado un denominado «libro» de esa suerte. En cuanto se refiere al método y al nulo rigor científico ha quedado expuesto ya por mí en el número 74 de C.P.C. (págs. 451 a 466). No cabe duda que, por la extensión de la obra del profesor Mezger y porque vivió como ciudadano alemán, en tres regímenes políticos bien distintos, puede ser ampliamente estudiado y criticado, desde la perspectiva metódica o científica que se desee o que se pretenda mantener como contrapunto a su pensamiento, pero, desde luego, lo que no se debe hacer es, sencillamente, malcopiar el pensamiento ajeno, utilizando además citas inexistentes o poco rigurosas, de oídas y, además, mantenerlas como si se trataran de artículos de fe. Eso, claro es, no debe ser admisible científicamente y convierte al pretendido «libro» en una impresentable trivialidad más destinada al consumo de coprófagos, que a lectores algo avezados en Derecho penal.

En realidad, como a continuación veremos, no se trata simplemente de una tercera edición, sino de una edición muy corregida respecto de las anteriores, aun cuando el autor lo oculte, si bien es cierto que, para desgracia del lector, no tan corregida, y menos correctamente, como debería, eso a pesar de haberle puesto de manifiesto tantos y tantos errores no sólo con respecto a las fuentes, sino, también, de concepto, como ha ocurrido en el presente caso. «Sólo el necio no rectifica», decía Cicerón; pero, existe también una modalidad diferente que es la del necio que rectifica y pretende ocultarlo. Entonces, además de necio, es que es un soberbio. Y la soberbia es muy mala consejera, pues ciega a quien la practica. De todas formas, «contritionem praecedit superbia». Ya veremos? Por eso, el autor nunca podrá comprender el alcance ni la magnitud del soberbio disparate cometido en su delirante entusiasmo como publicista.

Antes de nada, debo decir que ya existe incluso un cambio sustancial en el subtítulo del libro, que pasa de denominarse «Los orígenes ideológicos de la polémica entre causalismo y finalismo» a llamarse ahora «Estudios sobre el Derecho penal en el Nacionalsocialismo», porque a esta nueva edición se le habrían «añadido sendos capítulos sobre "El Proyecto de Ley nacionalsocialista sobre el tratamiento de los extraños a la comunidad" y "La esterilización de los asociales en el nacionalsocialismo", con sus respectivos Apéndices documentales», lo que habría hecho necesario el cambio (página 12).

En realidad, para que el libro de Muñoz Conde constituyese unos estudios sobre el Derecho penal nacionalsocialista, aún le restaría mucho y de mucho más nivel. Ni por la muy escasa bibliografía utilizada, y con frecuencia, no leída, ni por su descabellada superficialidad, ni por su nula originalidad, se puede decir que estemos ante nada menos que unos «Estudios sobre el Derecho penal en el Nacionalsocialismo».

Antes bien, y pese a todas las rectificaciones que Muñoz Conde ha emprendido, tras las observaciones que le hice en la recensión a la primera edición, el libro sigue adoleciendo de muy graves defectos que impiden calificarlo como una mediana obra científica. Con abundante aparato anecdotario, de oídas aquí y allá, de lugares comunes y estilo más bien periodístico de algún semanario de divulgación general y entretenimiento, el libro no pasa de ser eso, un trabajo muy impreciso en el que se refieren, y bastante mal, las opiniones de otros, como así ya lo fueron sus dos primeras ediciones, aunque se haya visto obligado, por el peso de mi crítica, hasta cambiarle de título en esta edición. No deseo cansar al lector: me remito a mi recensión, ya citada, en el número 74 de C.P.C.

Pero es que, además, el tono utilizado por Muñoz Conde en su aparatosa crítica contra el Prof. Mezger, lo mantiene idéntico, con una terquedad digna de mejor causa, y persistiendo, absurdamente, en su actitud, en un artículo del que me ocupé también en C.P.C. número 79, y que resulta el colmo de la sinrazón, cuando no del disparate y la desventura científica del autor, que, quizá, no tenga capacidad para ser consciente de las sandeces a las que se ha dedicado, gracias a la generosidad e ingenuidad de la Fundación A. v. Humboldt (vid. C.P.C., número 79, págs. 164 a 171). Su autismo científico es, en verdad, inusitado. La tesis de tan memorable artículo, sin embargo, no la avanza en esta edición más que en la contraportada y es una pena, porque, de esta forma, tendría ocasión, otra vez, de ocuparme de los viajes, que nunca probó ni comprobó, del Prof. Mezger. El artículo es una joya de la insensatez, como en su momento expuse no sin cierto detalle.

II. Señala el autor en la página 15 («Nota a la 3.ª edición») que «la presente edición recoge, además del texto íntegro de la segunda edición, que ahora, sin el Anexo, constituye el capítulo II, varios apéndices documentales (...)», señalando, además, que ha «preferido mantener su autonomía originaria, aun a riesgo de asumir la repetición de algunas citas o textos».

En realidad, el libro resulta verdaderamente repetitivo. De la idea central que se pretendía mantener en las anteriores ediciones, a saber, que la polémica finalismo-causalismo habría sido artificialmente producida por Welzel y, sobre todo, de manera por demás trapacera, por Mezger, para ocultar su pasado nazi, se ha pasado a un impenitente denostar la figura del Prof. Mezger de un modo mucho más general si cabe, presidido todo ello siempre por la superficialidad, y hedionda mediocridad, que caracteriza esta obra, y otras, de Muñoz Conde. Nada más que ahora, en lugar de en 150 páginas, en algo más del doble, pero el lector echará de menos siempre el fundamento último de las siempre fáciles aseveraciones de Muñoz Conde, sobre la anterior cuestión, que ahora pretende ocultar y dejar muy en segundo plano, haciéndola desaparecer, incluso del título del libro: «recula», que dijeran en el arma de Caballería, el autor, o si se prefiere, ahora que está mecanizada «da marcha atrás», pero sin decirlo, eso sí. Como dijeran los romanos, «stultorum incurata pudor malis ulcera celat». ¡Y así les va!

Respecto de esto último, al menos ahora reconoce abiertamente lo que ya dije en el comentario a la primera edición, y es que en aquella ocasión no había pruebas, en absoluto, que avalasen lo que afirmaba. Así, en esta edición, se señala en la página 354 que «con esta nueva edición, la tercera, más documentada, con las pruebas evidentes que alguien echaba en falta en la anterior, creo que puede ser valorada mejor todo lo que fue y supuso la obra de Mezger entre 1933 y 1945». Entonces, resulta que el propio Muñoz Conde reconoce ahora que no tenía pruebas evidentes, en las dos ediciones anteriores, para llevar a cabo tamaña afirmación, involucrando, en una torticera maniobra científica, al Prof. Mezger y al Prof. Welzel. De todas...

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