Nota necrológica del profesor Arthur Kaufmann

AutorPablo Sanchez Ostiz
Páginas471-473

Cuando en 1988 pronunció el profesor Arthur KAUFMANN su lección jubilar de cátedra en la Universidad Ludwig-Maximilian de Múnich, una lección dedicada a efectuar un balance de los derroteros de la Filosofía del Derecho al final de la modernidad, concluía: «Nuestras reflexiones acaban conduciendo a la cuestión decisiva: ¿Cuál es el «objeto, el «tema», del discurso sobre la Justicia? Después de todo lo dicho hasta ahora, este «objeto» ... no puede ni hallarse por completo al margen del proceso de obtención del Derecho como tampoco por completo en dicho proceso ... Necesitamos un fenómeno, un fenómeno con dimensión de ser ya la vez con dimensión procedimental. Dicha exigencia sólo puede hallarse en el ser humano, pero no en el ser humano puramente empírico, como tampoco entendido como puro noúmeno, sino en el ser humano como persona, esto es, como entramado de relaciones en las cuales se halla el ser humano con los otros seres humanos, o con las cosas» (Rechtsphilosophie in der Nach-Neuzeit, 1989, VI).

Estas palabras de aquella lección magistral de despedida podrían resumir también lo que ha sido la dedicación del profesor KAUFMANN durante estos largos años de incansable y fructífera labor, hasta la cátedra que ocupó como profesor de Derecho penal, procesal penal y Filosofía del Derecho en la Universidad de Múnich, en la que fue también director del Instituto de Filosofía del Derecho e Informática Jurídica. La preocupación por dar con ese punto de referencia, por ese término seguro, que constituía la cuestión central de aquella lección jubilar, podría extenderse a su vida: una incansable actividad de estudio e investigación, a la búsqueda de la verdad, característica genuina del trabajo universitario. Si se me permite, con el atrevimiento de la distancia, su labor universitaria se percibe como una «búsqueda incesante», que hizo de su vida un continuo «intentar dar con la realidad de las cosas», «descubrir».

Los penalistas estamos en deuda con su contribución a la hermenéutica, que trabajó una y otra vez, a menudo a propósito de casos y ejemplos del Derecho penal. A su temprana actividad como juez supo unir una profunda formación filosófica, que le permitió describir el modo de razonar jurídico como un proceso de analogía, entroncando así con el modo normal de proceder del entendimiento humano. El modo de razonar analógico logra así trazar el puente entre los hechos burdos y la abstracción de la norma a través de las categorías de supuesto de...

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