Nota bibliografica

AutorManuel Cobo del Rosal
CargoCatedrático de Derecho Penal de la U.C.M. y Presidente de su Instituto Universitario de Criminología. Abogado
Páginas697-705

Debe ofrecerse a los lectores españoles una nota bibliográfica, al modo como ha hecho el Dr. Quintanar Díez, por cierto muy cuidadosamente, con la monografía de Gerit Thulfaut en el número 76 de esta Revista. La obra recensionada por el Dr. Quintanar, con toda objetividad y seriedad, y la que a continuación comento, se encuentran ambas confeccionadas desde el deseo de realizar un estudio histórico sobre el tema de las ideas penales y dogmáticas derivadas del terrorífico régimen nacionalsocialista que padeció no sólo Alemania, sino, prácticamente, todo el mundo, y que se desplomó con la victoria aliada en la Segunda Guerra Mundial, para bien de la democracia y del pensamiento, sobre todo liberal, fuente y cuna de las garantías penales en materia criminal.

A estas alturas de mi vida, y cuando ya estoy subiendo por última vez, o benevolentemente, por penúltima, al estribo del caballo del estudio crítico y bibliográfico sobre el Derecho y la justicia, en sus variadas manifestaciones, vuelvo a tomar mis aficiones de juventud, con apenas veinte años cumplidos, al inicio de mi formación jurídico-penal, después de abandonar, un tanto desilusionado, por razones no individuales sino de orden circunstancial, los estudios sobre el Derecho procesal penal, con una investigación también histórico-dogmática que constituyó mi tesis doctoral, en parte publicada, con el título de 'La reciente dogmática de los caracteres del delito', fundamentada, muy especialmente, en la exposición y análisis del pensamiento jurídico-penal alemán y, también, del italiano, siguiendo, en todo caso, las indicaciones de mi siempre y nunca negado, ni omitido, maestro y director de tesis el Prof. J. del Rosal (vid. COBO DEL ROSAL, M.: 'Resumen y sistematización del desarrollo histórico dogmático del concepto del delito', publicada en Revista de Derecho Judicial, Madrid, 1960, pags. 49-76). Mi tesis fue redactada en el año 1958 y leída en el año 1959, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid. Ahora, después de más de 40 años, casi medio siglo, y con bastantes más dificultades, debido a la erosión de todo orden que produce el paso del tiempo, me agrada sobremanera volver a llevar a cabo pequeñas incursiones sobre la historia de la dogmática penal, también inevitablemente alemana y por que no, en su caso, italiana. De manera que, a pesar de que mi obra y profesión han discurrido por otros derroteros, menos contemplativos, por así decir, su base se asentó en el estudio que me fue muy formativo, de la historia de las ideas penales como modus influyente de mi hoy ya dilatada vida académica.

Hace aproximadamente un par de años leí, no lo niego, con cierta curiosidad, la tesis doctoral de Jan Telp, y hoy vuelvo a releerla, pues por sí sola merece una recensión en España, al margen, claro es, de que nunca es bueno ocultar las fuentes, ni tampoco cegarlas o dislocarlas, como suelen hacer quienes torpe, aunque lucrativamente, beben de ellas para mantener sus resentidas y siempre ordinarias exorbitancias. Cicerón ya advirtió que 'sólo el necio nunca rectifica cuando se le muestran sus errores'. Y tenía razón, desde luego.

Jan Telp nació en el año 1969 y, consecuentemente, no padeció en su persona los horrores del régimen nazi. Esto le hace ser generacionalmente afín al Dr. Quintanar Díez, que tampoco pudo conocer, en toda su proyección, de forma coetánea, el más duradero, y sin duda, también más suave, régimen franquista. Ambos se han desarrollado intelectualmente en el marco de un sistema democrático; por fortuna para ellos. Por eso, en ninguno de los dos se aprecia el menor atisbo de 'parricidio intelectual', al que todo mediocre resentido, y más aún, si es vocinglero, tiende de forma inexorable, generalmente con el deseo de encaramarse en el nombre, si es ilustre, mejor, del muerto, directa o indirectamente escarnecido. Pero, a veces, no es en verdad, un parricidio, porque a lo sumo podría ser una profanación de cadáveres, con previa exhumación ilegal, pues en vida no tuvieron la gallardía, ni la honradez, de decirles lo que pensaban en los acomplejados recovecos de mentes psicóticas. Al contrario: se valieron de su patronazgo para conseguir un lugar seguro en la administración universitaria. Profesores no lo serán nunca. Post mortem, todos podemos ser muy buenos o muy malos, pero, en todo caso, quedamos indefensos. Por eso, también el ataque es alevoso, 'baboso' como se autodescribe algún que otro pendejo, que carece de la seriedad y honradez suficiente para responder a las más de cien observaciones, simplemente científicas que, con todo fundamento, y de manera incontestable, en su día se le han hecho. Cuando se les sacude a las ratas, éstas lo único que saben hacer es chillar. Pero, más tarde o más temprano encuentran siempre a su blanquinegro y andaluz...

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