Normativa supranacional a nivel constitucional vs. tratados internacionales

AutorJosé Domingo Portero Lameiro
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Cádiz. Actualmente, en fase de elaboración de la tesis doctoral bajo la dirección del Prof. Dr. D. Anxo Tato Plaza, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Vigo; y, la codirección del Prof. Dr. D. Pablo Fernández Carballo-Calero, Profesor Titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Vigo.
Páginas44-47

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2.1. El artículo 10 2 CE versus el artículo 27.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos

Como hemos visto anteriormente, parece que la constitucionalidad de los derechos de autor en España es una cuestión que se presta a la interpretación. Y esta elucubración ha de hacerse a tenor de nuestro Texto Constitucional, pues en su art. 10.2 CE establece que "las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España".

Es evidente que, en cuanto a libertades de expresión (art. 20.1.a) CE) y de creación intelectual (art.

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20.1.b) CE), así como de acceso a la cultura para todos los ciudadanos (art. 44 CE), nuestra Carta Magna presenta una absoluta coincidencia con la Declaración Universal de Derechos Humanos (en adelante DUDH), de 10 de diciembre de 1948, concretamente con el art. 27.1 DUDH, en virtud del cual: "Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten". Sin embargo, no se observa esa misma sintonía al tratar la protección constitucional de los derechos de autor, pues en nuestra Constitución no encontramos un precepto coincidente con el art. 27.2 DUDH, conforme al cual: "Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora".

2.2. El artículo 10 2 CE versus el artículo 10.1 del Convenio para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales

De otro lado, el Convenio para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales47(en adelante CPDH), de 4 de noviembre de 1950, también se ocupa de la libertad de expresión, concretamente según el...

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