Navarra (Segundo semestre de 1990 y primero de 1991)

AutorInigo Lamarca Iturbe
CargoProfesor asociado de Derecho constitucional
Páginas365-369

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1. Euskaldunización de las Instituciones y de la Administración Pública
  1. En este campo hemos de resenar, como actuación mas importante en favor del euskara, los puestos de trabajo para la Administración Foral en los que se ha exigido como requisito el conocimiento del euskara.

    Mediante Resolución de 13 de agosto de 1990 (bon núm. 102, de 24 de agosto) se aprobó la convocatòria para proveer un puesto de trabajo de técnico de Administración pública (rama jurídica) con conocimientos de euskara.

    La Orden Foral 27/1990 de 3 de septiembre (bon núm. 113, de 19 de septiembre) realizó la convocatòria para la provisión de dos puestos de trabajo de profesor de euskara.

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    Por la Resolución de 4 de marzo de 1991 (bon núm. 45, de 10 de abril; corrección de errores en el núm. 50, de 22 de abril) se convoca un puesto de trabajo de técnico superior de euskera para la Administración Foral y sus organismos autónomos, y, en el mismo boletín (corrección de errores en el núm. 50, de 22 de abril y modificación por resolución de 4 de junio, bon núm. 72, de 7 de junio), la resolución de 18 de marzo aprueba la convocatoria de dos plazas de profesor de euskara para la Administración.

    El BON núm. 77, de 19 de junio de 1991, contiene dos resoluciones de 27 de mayo, por las cuales se convocan dos puestos de trabajo de auxiliar administrativo con conocimiento de euskara y nueve más, para cubrir vacantes, respectivamente.

  2. En el ámbito de los topónimos, merece la pena destacar el reconocimiento con carácter oficial de la denominación euskérica de la capital navarra, Iruña, junto con la castellana Pamplona, lo cual viene establecido por el Decreto Foral 338/1990 de 20 de diciembre (bon núm, 4, de 9 de enero).

2. Enseñanza
  1. Nos referiremos en primer lugar a aquellas disposiciones que inciden en el modo de inserción del euskara en la enseñanza o a aquellas otras que persiguen dotar a la enseñanza pública de profesorado debidamente capacitado lingüísticamente.

    La Resolución 591/1990, de 19 de julio (bon núm. 95, de 8 de agosto) da cuenta del acuerdo entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Foral Navarra para modificar el anexo del acuerdo entre ambas instancias para la aplicación de la ley foral del vascuence. En virtud de esta modificación se clasifican como bilingües determinado número de plazas de los centros de enseñanza que se citan, y se establecen una serie de requisitos para los funcionarios docentes que deseen adscribirse en su centro de destino definitivo a las plazas clasificadas como bilingües.

    La Orden Foral 122/1991, de 15 de marzo (bon núm. 40, de 1 de abrü) aprueba la XI convocatoria del plan de formación en lengua vasca del profesorado bilingüe y del personal no docente con destino en los centros no universitarios de Navarra para el curso 1991-92. Este plan de eus-kaldunización contiene dos modalidades, según se libere o no de trabajo a quien se acoja a él.

    Por el Decreto Foral 102/1991, de 21 de marzo (bon núm. 49, de

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    19 de abril), se crea la Comisión de Bilingüismo de la Dirección General de Educación, integrada por cinco miembros (el Director General de Educación y cuatro miembros nombrados por el Consejero). Entre sus funciones están la aplicación de la ley del vascuence en la enseñanza, la coordinación de la actuación de los diferentes servicios que actúan en la materia y, asimismo, la coordinación con otras Administraciones y estamentos educativos.

    La Orden Foral 233/1991, de 30 de abril (bon núm. 66, de 24 de mayo) regula los cambios de modelo lingüístico de enseñanza, estableciendo los supuestos y el procedimiento a seguir para cambiar de un modelo lingüístico a otro (enseñanza en euskara; con el euskara como asignatura; o enseñanza sin presencia alguna del euskara).

  2. Un apartado específico dentro de la enseñanza es el que hace referencia al material docente necesario para impartir las clases en euskara. La Orden Foral 365/90, de 24 de mayo (bon núm. 68, de 6 de junio) procede a convocar subvenciones a centros escolares para la adquisición de material escolar en euskara. La convocatoria con idéntico fin para el curso 1991-92 se realiza por la Orden Foral 187/91, de 6 de abril (bon núm. 56, de 1 de mayo).

    Por su parte, la Orden Foral 422/1991, de 6 de junio (bon núm. 78, de 21 de junio) convoca para el curso 91-92 ayudas para la traducción y adaptación al euskara de material educativo para niveles no universitarios.

  3. Con objeto de facilitar a los alumnos de los centros públicos el cursar sus estudios según el modelo lingüístico que hayan elegido, la Orden Foral 798/90 de 31 de octubre (bon núm. 140, de 19 de noviembre) regula ayudas para desplazamientos que incluyen los conceptos de transporte, comedor y residencia, en los supuestos y condiciones establecidos.

  4. Seguidamente nos referiremos a aquellas iniciativas que tienen por finalidad el fomentar el euskara entre los alumnos de enseñanza no universitaria. El bon núm. 132, de 31 de octubre de 1990 publica dos resoluciones del director general de Educación en esta línea. La núm. 807 de 27 de septiembre convoca un concurso de ayudas para trabajos literarios hechos en euskara. La núm. 822 de 6 de octubre regula ayudas para actividades teatrales infantiles y juveniles en euskara.

  5. El título iga habilita a sus titulares a impartir docencia en euskara. Para su obtención se realizan dos convocatorias anuales en Navarra.

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    La Orden Foral 722/90, de 11 de octubre (bon núm. 132, de 31 de octubre), organiza la segunda convocatòria de 1990 y la Orden 186/1991, de 6 de abril (bon núm. 49, de 19 de abril) la primera de 1991. 3. Euskaldutsización y alfabetización de adultos

  6. En este capitulo haremos, en primer iugar, referència a las ayudas a los centros privados que imparten clase de euskara. Es la Orden Foral 484/90, de 2 de julio (bon núm. 94, de 6 de agosto), la que regula estàs ayudas para el curso 1990-91.

  7. La Administración foral navarra cuenta, ademas, con profesorado propio para el desarrotlo de distintos programas formativos elaborados por la Dirección General de Política Lingüística del Departamento de Presidència e Interior. Para la contratación de dicho profesorado, la Resolu-ción de 21 de mayo de 1991 (bon núm, 71, de 5 de junio) realiza la convocatòria de un concurso-oposición con el fin de constituir una relación de profesores de euskara para adultos para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los programas a los que nos hemos referído.

  8. El titulo ega (distinto del iga anterior) certifica que su titular posee un nivel de conocimiento del euskara suficiente que le permite de-senvolverse con normalidad y corrección en dicho idioma. Pues bien, por Orden Foral 776/90 de 23 de octubre (bon núm. 147, de 5 de diciembre) se convalida con el EGA el certificado de aptitud de euskera de la escuela Oficial de Idiomas Central de Madrid.

    La Orden 116/91, de 13 de marzo (bon núm. 35, de 20 de marzo), por su parte, aprueba la convocatòria libre para el afio 1991 para la obten-ción del titulo EGA.

4. Cultura y medios de comunicación
  1. En el campo del fomento del euskara, la Resolución de 21 de enero de 1991 del director general de Política Lingüística (bon núm. 16, de 6 de febrero) establece el plazo y las condiciones para realizar las solici-tudes de ayudas para la financiación de proyectos de fomento del euskara para el ano 1991, según lo dispuesto en el Decreto Foral 9/1990 de 25 de enero. Las actividades que pueden ser objeto de ayuda estan, pues, tasadas en la citada disposición y responden a la finalidad de que las enti-

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    dades locales adecúen sus estructuras a las exigencias lingüísticas derivadas de la Ley del vascuence (vid crònica anterior del primer semestre de 1990).

    Un alcance general tiene, en cambío, la Resolución de 26 de marzo de 1991 (bon núm. 46, de 12 de abril) que convoca ayudas para la realiza-ción de actividades culturales de fomento del euskara.

  2. En relación a los medios de comunicación, la Administración navarra también concede ayudas a aquellos medios (prensa escrita y radio) que utilicen el euskara, ayudas que para 1991 vienen reguladas por la Resolución de 15 de marzo de 1991 (bon núm. 44, de 8 de abril).

  3. Por ultimo, la Resolución de 15 de marzo de 1991 del director general de Política Lingüística (bon núm. 44, de 8 de abril) realiza la convocatòria de ayudas para la producción literària en euskara.

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