El museo como continente. El edificio y su protección en la Ley

AutorAna Javierre Pascual
Cargo del AutorExperta Profesional de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual por la UNED. Gestora Cultural
Páginas78-79

Page 78

En muchas ocasiones, el propio Museo se convierte en una seña de identidad de la institución como obra arquitectónica. Aunque la Ley solo considera como objeto de protección los «Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería» (art. 10.1.f TRLPI), no se puede entender dicho precepto como una enumeración cerrada que excluya la obra arquitectónica en sí misma protegida.

De hecho, jurisprudencialmente 2, ha sido reconocido el amparo de la obra arquitectónica y de ingeniería por el Derecho de Autor cuando sea equiparable a una obra plástica, abriendo la posibilidad de protección a toda creación artística que por su carácter originalidad merezca tal protección. En tal sentido, la Audiencia Provincial de Barcelona en Sentencia nº147/2006 resolvía que la Sagrada Familia está incluida en las creaciones amparadas por el TRLPI toda vez que «si se protegen los planos y proyectos no puede de dejarse de proteger su resultado salvo que el mismo sea

Page 79

producto de una ostensible modificación o alteración de aquéllos» y contando además con un grado de originalidad suficiente «ya se extiende la protección de la propiedad intelectual» (FJ. 7º).

[VER PDF ADJUNTO]

Templo de la Sagrada Familia. Fuente: Wolfgang STAUDT. Fuente: Flickr.

[2] Misma línea de pensamiento presenta la Sentencia de la Audiencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR