¿Por qué motivos puede un tutor renunciar a su cargo?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

La regla general es que la tutela es una función que atribuye la ley a una persona y que comprende una serie de derechos como medio para el cumplimiento de ciertos deberes. En este sentido es un cargo en cierto modo obligatorio, un deber. Sin embargo, es evidente que en ciertos casos no se puede forzar a una persona a desempeñar una conducta si no hay las debidas garantías de que va a ser fielmente cumplida.

Los motivos por los que el tutor puede renunciar a la tutela se conocen con el nombre de excusas y son una serie de causas recogidas por la ley, no cualquiera, que es preciso alegar y probar y sobre las que el Juez decidirá. Se pueden resumir en una sola idea que consiste en que la tutela sea excesivamente gravoso el ejercicio del cargo.

Esto puede ser debido a motivos de enfermedad, edad del tutor, ocupaciones personales o profesionales, falta de vínculos de cualquier clase entre tutor y tutelado etc. Respecto a las personas jurídicas, también podrán excusarse cuando carezcan de medios suficientes para el adecuado desempeño de la tutela.

La excusa debe ser alegada ante el Juez en el plazo de quince días desde el nombramiento, y si es una causa sobrevenida con posterioridad, en cualquier tiempo. Mientras se resuelve acerca de la excusa, el tutor está obligado a continuar en el ejercicio de su cargo y si es del todo imposible, se nombrará a un defensor judicial.

Si la excusa se admite, el Juez procederá al nombramiento de un nuevo tutor, y si se rechaza, el tutor primitivo deberá abonar todos los gastos ocasionados por el procedimiento.

Pero además de las excusas...

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