El primer trabajo monográfico de un procesalista español sobre un tema concerniente a la moderna teoría de las partes

AutorManuel Cachón Cadenas
CargoCatedrático de Derecho Procesal Universidad Autónoma de Barcelona
Páginas479-485

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Como he señalado en un trabajo reciente, actualmente Agustín Íscar Alonso es casi un desconocido, pero en los años que precedieron a nuestra última guerra civil, fue un fi rme candidato a ocupar alguna de las cátedras vacantes de Derecho Procesal, que en aquel tiempo se iban cubriendo con jóvenes formados bajo la dirección de algunos de los grandes procesalistas que enseñaban en Universidades italianas o alemanas (Cachón Cadenas, «Un procesalista salmantino truncado por la guerra civil: Agustín Íscar Alonso», en Historias de procesalistas, universidades y una gueRra civil (1900-1950)», Madrid, 2012, p. 307). La guerra civil, en combinación con una grave enfermedad mental sobrevenida, frustró las expectativas académicas de Agustín Íscar, que pertenecía a la misma generación de la que formaron parte otros procesalistas españoles de renombre, que protagonizaron la profunda renovación de los estudios procesales realizada en España a partir del inicio de los años veinte del siglo pasado, como Emilio Gómez Orbaneja (1904-1996), Leonardo Prieto-Castro (1905-1995) y Niceto Alcalá-Zamora y Castillo (1906-1985).

Agustín Íscar nació en Salamanca el 30 de noviembre de 1907. Estudió en la Universidad de su ciudad natal, donde obtuvo brillantemente la Licenciatura de Derecho en 1927. Ese mismo año se trasladó a la Universidad de Bolonia para ampliar estudios, ingresando en el Colegio de Es-

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paña de esa ciudad italiana. Íscar permaneció en la Universidad boloñesa durante dos cursos académicos, regresando a España en 1929.

Inicialmente, Íscar no tenía previsto dedicarse al Derecho Procesal, como revela el hecho de que se matriculó de cuatro asignaturas en la Universidad de Bolonia, y ninguna de ellas era de contenido procesal. Pero en enero de 1928 pidió que se le permitiera asistir al curso de Procedura Civile (así se denominaba aún en Italia la asignatura de Derecho Procesal Civil) y que se le autorizara a examinarse de esta materia en sustitución del curso de Derecho Administrativo, que era una de las cuatro asignaturas en las que se había matriculado.

En aquel tiempo la enseñanza del Derecho Procesal Civil en la Universidad de Bolonia estaba a cargo de Enrico Redenti, uno de los máximos procesalistas italianos y europeos del siglo XX. Autor de una obra científica de enorme originalidad, Redenti gozaba también de unas excelentes dotes pedagógicas. Además, Redenti llegaría a ser uno de los coautores del vigente Código de Procedimiento Civil italiano promulgado en 1940.

Íscar decidió dedicarse a los estudios procesales bajo la guía del Profesor Redenti. En concreto, Íscar fue el primer discípulo español de Redenti.

Por otra parte, Íscar estaba interesado en hacer compatible el cultivo del Derecho Procesal Civil con el estudio del Derecho Civil sustantivo, por lo que la elección de maestro efectuada no pudo ser más acertada, ya que Redenti era «el procesalista italiano que conocía mejor el derecho sustantivo» (así lo afirma Cipriani, «Alla scoperta di Enrico Redenti (e alle radice del Cocice di Procedura Civile)», en Scritti in onore del Patres, Milán, 2006, p. 343).

Íscar realizó bajo la dirección de Enrico Redenti su tesis de laurea sobre un tema procesal: Il concetto di parte. La defensa de...

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