A modo de conclusión

AutorOlga Sánchez Martínez

En una primera parte de este trabajo se ha presentado a distintos juristas que han abordado el tema de los principios en el derecho. Consciente de los heterogéneo del uso del término principio se han buscado en ellos distintas respuestas a algunos de los problemas que un jurista se plantea a propósito de los principios.

En concreto se les ha preguntado si los principios son o no normas jurídicas. Esser, Kelsen, Betti, Bobbio y Larenz han ofrecido respuestas no siempre coincidentes a esta pregunta. Aún los que dieron un no por respuesta les reconocen a los principios su influencia en el ámbito jurídico, ya sea como el contenido de una norma que no es jurídica hasta que no tiene forma de tal (Esser), bien como los motivos del legislador o del juez en el acto creativo del derecho (Kelsen), o como el principio de las normas (Betti), o como ideas rectoras de una regulación (Larenz).

Para el caso de considerar a los principios como normas jurídicas se plantea una nueva pregunta que es de dónde procede su validez. Esta es una de las preguntas que late en la polémica entre Dworkin y Hart. Mientras que para el primero es la conformidad con determinados criterios morales lo que hace de un principio una norma jurídica, para el segundo es su conformidad con la norma de reconocimiento lo que determina la pertenencia del principio al ordenamiento jurídico.

Otra cuestión que se ha querido reflejar es la de las diferencias entre los principios y otro tipo de normas jurídicas. Dworkin y Alexy tratan profusamente este tema. Pero también entre nosotros Atienza, Ruiz Manero y Prieto Sanchís o Guastini en la doctrina italiana.

Si los principios son o no normas jurídicas. Si lo son, de dónde procede su validez y si tienen alguna peculiaridad reseñable respecto de otro tipo de normas constituyen también los interrogantes a los que se ha pretendido buscar una respuesta en la dogmática penal. Y a propósito de tales preocupaciones, se ha de empezar señalando que no hay en la dogmática penal un planteamiento amplio y detallado sobre los principios que responda con claridad a todas aquellas preguntas. Pero eso no quiere decir que no haya diversas referencias a ellos que sean, en cierta medida, coincidentes con las reflexiones que en torno a los principios se llevan a cabo desde otras disciplinas jurídicas.

Una primera aproximación al tema produce una cierta perplejidad. Por un lado, una abundante referencia a principios. Pero, por otro lado, su negativa a...

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