Modificaciones contenidas en la ley 50/1998, de medidas fiscales, administrativas y del orden social
Autor | Concha Carballo Casado |
Cargo | Economista y Abogado Asesor Fiscal |
Con el fin de facilitar el análisis de las modificaciones que en el ámbito tributario y social contiene la Ley 50/1998, de 30 de diciembre de 1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, adjuntamos, en primer lugar, una sinopsis de los artículos modificados en las diferentes normas, con una reseña en relación con las modificaciones que, a nuestro juicio, estimamos más relevantes. Asimismo, incorporamos como Anexo, la normativa modificada, con la redacción vigente hasta el 31 de diciembre de 1998 y, la aplicable, a partir del 1 de enero de 1999.
I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Artículos modificados
Art 7 Sujetos pasivos
Art. 9 Exenciones
Art. 19 Imputación temporal de ingresos y gastos
Art. 26 Tipo de gravamen.
Art. 35 Deducción por inversiones en bienes de interés cultural, producciones cinematográficas y edición de libros.
Art. 97 Definiciones. (Régimen especial de las fusiones, esdones, aportaciones de activos y canje de valores)
Art. 108 Aportaciones no dinerarias especiales.
(Régimen especial de las fusiones, esciones, aportaciones de activos y canje de valores)
Art. 116 Investigación y explotación de hidrocarburos: factor de agotamiento
Art. 117 Factor de agotamiento. Requisitos
Art. 118 Factor de agotamiento: Incumplimiento de requisitos
Art. 120 Amortización de inversiones inmateriales y gastos de investigación. Compensación de bases imponibles negativas.
Art. 127 Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión.
Modificación:
Se añaden dos nuevas letras i) y j)
Se da nueva redacción a los apartados c) y d)
Se añade un apartado 9
Se suprime el apartado 8 y se modifica la redacción de los apartados 6 y 7 Se da una nueva redacción al apartado 2, con efectos exclusivamente para los períodos impositivos que se inicien en los años 1999 y 2000
Se añade una nueva letra c) alapartado 2, y se da una nueva redacción al apartado 4 (1) y (2)
Se da una nueva redacción al apartado 1 (3)
Se da una nueva redacción al artículo.
Se da una nueva redacción al artículo. Se da una nueva redacción al artículo. Se da una nueva redacción al artículo.
Se da una nueva redacción al artículo. (4)
II. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Artículos modificados
Art. 15 Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de Entidad, negociados en mercados organizados.
Art. 16 Demás valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad.
Modificación:
Se da nueva redacción.
Se da nueva redacción.
Notas (5)
III. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Artículos modificados
Art. 35 Liquidaciones parciales a cuenta
Modificación:
Se da nueva redacción
Notas (6)
IV. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Art. 7 Operaciones no sujetas al impuesto.
Art. 20 Exenciones en operaciones interiores.
Art. 87 Responsables del impuesto.
Art. 91 Tipos impositivos reducidos
Modificación:
Se modifica la letra d) del párrafo 3.° del número 8 y del número 9.
Se da nueva redacción al número 13.° del apartado uno del artículo 20.
Se modifica el número 3.° del apartado 2.
Se modifica el apartado uno.1.3.° y el apartado uno.2
V. SISTEMA TRIBUTARIO LOCAL MODIFICACIÓN DE LA LEY 39/1988
Artículos modificados
Artículo 2
Artículo 3
Artículo 7
Artículo 8
Artículo 10
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 14
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 19
Artículo 62
Artículo 71
Artículo 75
Artículo 77
Artículo 78
Artículo 83
Artículo 92
Artículo 93
Artículo 94
Artículo 96
Artículo 97
Artículo 101
Artículo 103
Artículo 104
Artículo 105
Artículo 106
Artículo 107
Artículo 108
Artículo 109
Artículo 111
D.A. Segunda.
Da.A. Cuarta.2
Modificación:
Se modifica el apartado 2.
Se añade un apartado 4.
Se da nueva redacción.
Se da nueva redacción.
Se da nueva redacción.
Se da nueva redacción.
Se da nueva redacción.
Se da nueva redacción, incorporando la regulación del recurso de reposición.
Se añade un apartado 3, regulando la potestad reglamentaria de las Entidades Locales.
Se da nueva redacción.
Se modifican los apartados 3 y 4.
Se modifica el apartado 2.
Se modifica el número 2 del apartado b).
Se da nueva redacción.
Se modifica el apartado 3.
Se añade un párrafo al apartado 2, se modifica el párrafo segundo del apartado 3 y se da nueva redacción al apartado 5.
Se suprime el párrafo segundo del apartado 2 y se da nueva redacción al apartado 3.
Se suprime el apartado 3.
Se da nueva redacción al tercer párrafo del apartado 1, se suprime el párrafo segundo del apartado 2, y se da nueva redacción al apartado 3. Se modifica el apartado 3.
Se modifica...
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