Modelos de declaración del IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio de 2011
Autor | Garrigues Abogados y Asesores Tributarios |
Páginas | 18-19 |
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3.3 Convenio entre España y Armenia para evitar la doble imposición
Se ha publicado en el BOE de 17 de abril de 2012 el Convenio para evitar la doble
imposición entre el Reino de España y la República de Armenia, hecho en Madrid el 16
de diciembre de 2011. Destacan de este Convenio los siguientes aspectos:
nLos tipos de retenc ión ap licables en funci ón del tip o de renta obteni da serán l os
siguient es:
lDividendos: 0%, si (i) el beneficiario efectivo es un residente del otro Estado
(ii) posee, directa o indirectamente, al menos el 25% en la sociedad que paga los
dividen dos dura nte, al me nos, dos a ños antes d e la fecha de dicho p ago y (iii )
dichos dividendos no están sujetos al impuesto sobre beneficios en el otro
Estado; 10% en los demás casos.
lInter eses: 5%.
lCánones: 5% por el uso o la concesión de uso de derechos de autor sobre obras
literar ias, artís ticas o cient íficas, incluida s película s cinematogr áficas, o
películas o cintas utilizadas para su emisión por radio o televisión; 10% en los
demás casos.
nLas ganancias derivadas de (i) bienes inmuebles, (ii) acciones o participaciones, o
derechos similares cuyo valor proceda en más de un 50 por ciento, directa o
indir ecta ment e, de bi enes i nmueb les, o de (ii i) otr os der echos que dir ecta o
indirectamente otorguen a su propietario el derecho al disfrute de bienes inmuebles,
podrán tributar en el Estado donde esté situado ese bien inmueble.
Este Convenio entró en vigor el 21 de marzo de 2012 y sus disposiciones surtirán efecto:
nEn relación con los impuestos de devengo periódico, para los correspondientes al
año fiscal que comience en la fecha de entrada en vigor del Convenio o con
posterioridad a la misma.
nEn los r estantes ca sos, en la fecha en la que el Conven io entr e en vigor (2 1 de marzo
de 2012).
3.4 Modelos de declaración del IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio de 2011
La Orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, aprueba los modelos de declaración de IRPF y
del Impuesto sobre el Patrimonio de 2011.
El plazo de presentación de las declaraciones tanto del IRPF como del Impuesto sobre el
Patrimonio será el comprendido entre los días 3 de mayo y 2 de julio de 2012. No
obstante, (i) el plazo de confirmación del borrador de declaración por vía telemática o
telefónica del IRPF se inició el 10 de abril, y (ii) el plazo de presentación de
declaraciones en las que se domicilie el pago de ambos impuestos se inicia el 3 de mayo y
se extiende solo hasta el 27 de junio de 2012.
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