Modelo de estatutos sociales

AutorVargas Vasserot, Carlos
Páginas137-145

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Ver nota 1

Articulo 1º.- De la constitución de la SAT

Al amparo de lo establecido en el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, y en la Orden Ministerial de 14 de septiembre de 1982, y con sujeción a sus normas, se constituye una Sociedad Agraria de Transformación (en adelante SAT), que se regirá además por el presente Estatuto.

Los datos de identificación de la SAT son los siguientes:

  1. Denominación de la SAT:

  2. Domicilio social:

  3. Duración:

  4. Objeto social:

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  5. Responsabilidad:

    Articulo 2º - Del capital social

    El capital social se cifra en____euros, y estará representado por ____(número de resguardos o participaciones)- resguardos nominativos de ____euros cada uno de ellos.

    Los resguardos estarán autorizados con las firmas del Presidente y Secretario, figurando en los mismos los datos siguientes: la expresión 'Sociedad Agraria de Transformación' o la abreviatura 'SAT', el número de inscripción en el Registro General de SAT, denominación social y clase de responsabilidad frente a terceros, la identidad del titular, fecha del acuerdo de emisión, el valor nominal de cada uno, plazos y cuantía de los desembolsos y fecha en que se expiden. A cada socio le serán extendidos tantos resguardos como corresponda al valor total de su aportación.

    En el libro de registro de socios se anotará la aportación de cada uno al capital de la SAT, número de resguardos y desembolsos efectuados.

    Articulo 3º. De la participacion de los socios en las actividades sociales

    La participación de los socios en las actividades sociales comunes se realizará por el ejercicio de los derechos reconocidos y el exacto cumplimiento de sus obligaciones, conforme a cuanto dispongan los Órganos de Gobierno, dentro de sus competencias.

    Articulo 4º. De los socios fundadores e ingreso de nuevos socios

    La SAT se constituye con sus socios fundadores. La ampliación posterior del número de socios, y los términos en que la misma se llevará a efecto serán acordados por la Asamblea General.

    Para ingresar como socio de la SAT, además de las generales exigidas para asociarse, deberán reunirse, las condiciones siguientes:

  6. Dedicarse a la actividad propia del objeto social.

  7. Suscribir su participación y realizar los desembolsos y aportaciones fijadas.

  8. Cuantas otras condiciones particulares pudieran establecerse por la Asamblea General, siendo necesaria la aceptación por el nuevo socio de las obligaciones contenidas en el Acta Fundacional y en los Estatutos Sociales, reflejadas en el documento de solicitud de ingreso en la SAT.

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    Articulo 5º. De la baja de los socios

    Serán causas de baja de los socios las siguientes:

  9. La transmisión total de su participación por actos intervivos, efectuada conforme a lo convenido en los presentes Estatutos.

  10. La muerte o incapacidad legal del socio.

  11. La separación voluntaria efectuada de buena fe y en tiempo oportuno.

  12. La exclusión forzosa.

    El socio que pretenda separarse voluntariamente de la Sociedad deberá solicitarlo por escrito razonado, dirigido al Presidente de la misma, quien lo trasladará a la Asamblea General en el plazo máximo de ________(fijarplazo días naturales)____ días, con Informe de la Junta Rectora sobre las causas y posibles consecuencias de dicha separación.

    Si la separación del socio fuese aprobada por la Asamblea General, sin que ello produjese la disolución de la SAT, el acuerdo de la Asamblea General declarará expresamente la pérdida de la condición de socio, sin perjuicio de que el mismo continúe respondiendo frente a la Sociedad de las obligaciones contraídas hasta su baja; dicho acuerdo determinará la fecha en que la baja produzca sus efectos y ordenará practicar la liquidación, que se realizará teniendo en cuenta la aportación desembolsada por el socio y el balance del ejercicio en que se produzca la baja, deduciendo los daños y perjuicios que, en su caso, hubiere ocasionado su baja a la Sociedad.

    Podrá acordarse la exclusión forzosa del socio cuando éste, de forma grave o reiterada, vulnere la normativa de la SAT o las Disposiciones Estatutarias, incumpla las obligaciones o acuerdos sociales o incurra en actos que impliquen conducta desleal, perjudicial o incompatible con los intereses comunes económicos.

    Para la exclusión forzosa la Junta Rectora instruirá expediente contradictorio, con audiencia del socio presumiblemente inculpado, y, si de lo instruido se dedujera su responsabilidad a juicio de...

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