Otra mirada al impacto de la Ley n.º 20.545 que establece el permiso postnatal parental en Chile

AutorClaudia Andrea Moraga Contreras
CargoProfesora Titular de Introducción al Derecho Universidad de Tarapacá (Chile)
Páginas353-363

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Contextualizando el planteamiento

Con fecha 17 de octubre de 2011 entró en vigencia en Chile la Ley n.° 20.545 (BCN, 2011a) que —entre otras cosas— extiende el descanso postnatal de 12 a 24 semanas a través de la creación de la figura del permiso postnatal parental, el que opera otorgando un subsidio de cargo del Estado cuyo tope es de 66 Unidades de Fomento mensuales, esto es, unos 2.900 dólares, ley que terminó siendo aprobada en el Congreso Nacional con claro acuerdo entre las distintas fuerzas políticas que encuentran representación pero que, sin embargo ello, resulta ser una de las leyes más polémicas en los últimos tiempos en materia de derechos laborales de las mujeres, precisamente desde la perspectiva del verdadero interés de estas últimas.

La génesis de esta ley se encuentra en el proyecto enviado por el Presidente de la República —en calidad de colegislador— al Presidente del Senado con fecha 28 de febrero del presente año, en el que se destacan los tres objetivos que —a juicio del órgano ejecutivo— ameritaban un cambio en la legislación laboral chilena relativa a esta materia: garantizar el mejor cuidado de los hijos, permitir que más madres se beneficien con la protección a la maternidad y aumentar la corresponsabilidad de padre y madre en el cuidado de los hijos, facilitando una mayor conciliación entre familia y trabajo para los hombres y mujeres en nuestro país (BCN, 2011b).

Es especial y precisamente en sus objetivos en los que al parecer, tanto el proyecto de ley como el texto de la misma, no se cumple con los elementos necesarios para su satisfacción pues se ha entregado —expresa y tácitamente— la responsabilidad del cuidado de los hijos preferentemente a la madre, se han ratificado los modelos de género imperantes y se ha establecido un período obligatorio excesivo de descanso postnatal, todo lo anterior, sin ponderar adecuadamente las consecuencias que en la empleabilidad y promoción de las mujeres ello pueda implicar, tal como se explicará a continuación.

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Una mirada panorámica

La ley en comento es de aquellas que forman parte del conjunto de normas destinadas a proteger la maternidad1, de este modo y en relación a cómo esta se conjuga con los derechos de las mujeres trabajadoras, la Oficina Internacional del Trabajo ha considerado que:

La maternidad es un estado que exige un trato diferente para poder respetar una auténtica igualdad y, en tal sentido, es más una premisa del principio de igualdad que una excepción del mismo. Se han de tomar medidas especiales de protección de la maternidad para que las mujeres puedan cumplir su función de madres, sin que resulten marginalizadas del mercado de trabajo. (OIT, 1996)

De acuerdo al párrafo primero del artículo 4.° Convenio n.° 183 de la Organización Internacional del Trabajo del año 2000, el que revisa todas las normas dictadas por ese organismo en materia de protección de la maternidad a la fecha:

Toda mujer a la que se aplique el presente Convenio tendrá derecho, mediante presentación de un certificado médico o de cualquier otro certificado apropiado, según lo determinen la legislación y la práctica nacionales, en el que se indique la fecha presunta del parto, a una licencia de maternidad de una duración de al menos catorce semanas. (OIT, 2000a)

Ahora bien, el plazo de 14 semanas planteado por el citado convenio, se sugiere ampliar por el mismo organismo y en el mismo año a al menos 18 semanas en la Recomendación n.° 191 (OIT, 2000b). Es importante destacar, para efectos de este trabajo, que en virtud del n.° 4 del citado artículo 4 del Convenio, en la distribución de estas semanas se debe considerar una licencia de maternidad obligatoria de al menos seis semanas posteriores al parto.

En cuanto al ámbito local y especialmente en relación a la participación de las mujeres en el mercado laboral chileno con el que se enfrentan las normas y recomendaciones internacionales y la ley que crea el permiso postnatal parental, cabe destacar que los datos aportados por el estudio Mujer y Trabajo

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(INE, 2007) realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas chileno, muestran que al año 2006 la participación de las mujeres en edad de trabajar, reconoce claramente dos núcleos mayoritarios: mujeres dedicadas a los quehaceres del hogar quienes representan al 43%2 y mujeres que pertenecen a la fuerza de trabajo que corresponden a un 38%3, distribuyéndose el restante entre aquellas que se encuentran estudiando, jubiladas, discapacitadas permanentemente, entre otras.

Este mismo estudio destaca que entre los años 1996 y 2006 se observa un incremento de la fuerza laboral femenina en 800.000 puestos de trabajo, lo que es atribuido al aumento de la tasa de escolaridad y el de la jefatura de los hogares. Sin embargo, para que las mujeres lograran dejar atrás el ámbito doméstico e incorporarse al ámbito público, el que fuere por tanto tiempo un campo exclusivo de los hombres, han debido atravesar un largo camino en el que han ido dejando atrás ciertas tareas que les son consideradas como propias o características en una construcción de género, tal como lo destaca el mismo estudio del Instituto Nacional de Estadísticas chileno al realizar una enunciación de factores desencadenantes del aumento de mujeres trabajadoras y que se expresa de la siguiente manera:

La menor tasa de fecundidad, reducción del tamaño de las familias, postergación de la edad del matrimonio y preponderancia creciente de la alternativa de permanecer soltera y de no...

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