Proyecto de orden ministerial de regulación y control de la publicidad de servicios y produc-tos de inversión

Páginas16-17

Page 16

El Proyecto prevé que la Orden desarrolle los principios básicos de la normativa relativa a las actividades publicitarias de servicios y productos financieros y, por lo tanto, fije el régimen legal aplicable a dichas actividades.

En primer lugar, establece su ámbito de aplicación e incluye una definición de lo que debe entenderse como publicidad: "Se considera actividad publicitaria toda forma de comunicación dirigida al público en general con el fin de promover, directamente o a través de terceros, la contratación de un servicio o actividad de inversión, o bien la suscripción o adquisición de instrumentos financieros incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden". Es importante destacar que, entre otras excepciones a esta definición, están las campañas publicitarias institucionales.

Con respecto a las normas, principios y criterios generales relativos a la comunicación comercial, el Proyecto retoma las normas previstas en la normativa preexistente haciendo especial hincapié en que la publicidad debe ser "clara, imparcial y no engañosa".

Page 17

El Proyecto opta por otorgar a la CNMV un sistema de control de la publicidad a posteriori, siguiendo la tendencia de que no será necesaria la autorización de la CNMV con carácter previo al comienzo de las actividades publicitarias.

Para los supuestos en los que haya obligación de registrar un folleto o en los que intervenga una empresa de servicios de inversión, el Proyecto le otorga a la CNMV la potestad de requerir (i) la cesación o rectificación de la publicidad que no se ajuste a la normativa aplicable y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR