El Reglamento de policía minera de 1897: sus principales aportaciones en materia de prevención de riesgos laborales

AutorGuillermo García González
CargoAbogado y Consultor Universitat Oberta Catalunya
Páginas1-8

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Desde una perspectiva histórico- jurídica, el "iter formativo" de nuestro Derecho del Trabajo ha ido unido indefectiblemente al desarrollo de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. La primera normativa laboral, surgida con el fin de dar respuesta a los problemas socio- económicos, que fueron denominados genéricamente cuestión social, es una normativa de claro cariz preventivo, muchos de cuyos contenidos se encuentran presentes actualmente en nuestra legislación sobre prevención de riesgos laborales.

Entre toda esta normativa, especial análisis merece el Reglamento de Policía Minera de 1897, en tanto en cuanto introduce conceptos e instituciones jurídicas que han pervivido hasta nuestra época sufriendo las necesarias adaptaciones en atención a los condicionantes sociales, económicos y políticos en cuyo contexto se aplican

El Reglamento de Policía Minera de 1897 constituye la disposición legal más importante en materia preventiva elaborada en el siglo XIX. Pese a que su ámbito de aplicación quedaba limitado al sector de la minería, la norma introducía numerosos conceptos preventivos que servirán de criterio para la elaboración posterior de la legislación en materia de seguridad e higiene en nuestro país. En su Exposición de Motivos, el Reglamento ofrece dos justificaciones de su regulación: la "policía y seguridad", términos clásicos de la intervención del Estado- gendarme, y el "mejoramiento de la condición de la clase obrera". Del mismo modo, se señalaba lo inaplazable de la norma en cuanto al establecimiento de una "conveniente policía y seguridad", que diera respuesta a "las arriesgadas e insalubres condiciones en que el obrero se encuentra en las minas" y que evitara los accidentes "que pudieran ser ocasionados por la codicia, por la temeridad o por la ignorancia".

El Reglamento de Policía Minera fue promulgado el 15 de julio de 1897 en desarrollo de las bases contenidas en el Decreto Ley de 29 de diciembre de 1868, que modifica a su vez la Ley de 6 de julio de 1859. El 29 de diciembre de 1868 es dictado el Decreto Ley sobre minería, que insta a la administración a elaborar

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un Reglamento de policía que regulara los derechos y deberes de los mineros y especialmente los preceptos de salubridad pública a que estarán sujetas las minas. Por Real Orden de 12 de mayo de 1881, el Ministerio de Fomento ordena a la Junta superior facultativa de minería que formule el Proyecto de Reglamento. Quince años pasaron hasta que llegó a aprobarse y publicarse el mismo por el Ministerio de Fomento, dando lugar al Reglamento de Policía Minera de 15 de julio de 1897 que fue desarrollado por la Instrucción de 10 de marzo de 18981.

Las principales aportaciones que realizó el Reglamento de Policía Minera en materia preventiva se pueden sistematizar del siguiente modo:

1º) La necesaria inspección y vigilancia del cumplimiento de las normas preventivas

Para asegurar el cumplimiento de la normativa laboral que de modo aún incipiente regulaba las relaciones industriales, se hacía precisa la existencia de unos mecanismos de vigilancia, control e inspección de los preceptos contenidos en las diferentes normas. Esta necesidad de control se hace aún más patente en la normativa de seguridad e higiene, ya que debido a sus dificultades técnicas y materiales y a los costes que acarrea, tienen mayor grado de resistencia a la hora de su aplicación, si lo comparamos con el resto de la normativa laboral.

El legislador social del último cuarto del siglo XIX era consciente de esta necesidad, y ya las primeras leyes laborales preveían sistemas de inspección que debían velar por el cumplimiento de sus preceptos, y cuya implantación real no tuvo eficacia en la práctica. Entre todas estas organizaciones de los servicios de inspección, merece especial relevancia el establecido en el Reglamento de Policía Minera de 1897, resultando el más completo, y actuando del mismo modo como germen de lo que al poco tiempo se traduciría en la creación de una infraestructura administrativa especializada, en un organismo de inspección de trabajo propiamente dicho.

El artículo 2 del Reglamento de Policía Minera establece que la inspección y vigilancia del cumplimiento de las normas contenidas...

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