Las migraciones como fenómeno ejemplar

AutorNunzia Castelli
Páginas115-134

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1. La centralidad de la perspectiva laboral en el estudio de las migraciones

Propósito de esta intervención es reflexionar sobre algunos de los elementos que contribuyen a definir la posición de la población de origen inmigrante en el mercado de trabajo español. Se trata en efecto de un colectivo cuyas concretas posibilidades de acceso, permanencia y movilidad en los mercados laborales se ven fuertemente condicionadas por la sumatoria de factores de distinta naturaleza, con respecto a los cuales –como trataremos de demostrar– no resulta indiferente la disciplina vigente en materia de movilidad de la mano de obra. Los contenidos concretos de la regulación jurídica, así como los principios inspiradores y los presupuestos sobre los que ésta última se funda, terminan en efecto por representar ulteriores condicionantes que se suman a los derivados de la nacionalidad, la clase social y el género1, terminando por colocar a la población inmigrante en una situación de especial vulnerabilidad social2.

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En buena medida, ello es el resultado también del contexto socio-económico e ideológico-cultural en el que se inserta el fenómeno objeto de estas reflexiones. Dedicaremos las páginas siguientes a reflexionar brevemente sobre el mismo.

Desde el punto de vista socio-cultural, contribuye a determinar esta situación de especial vulnerabilidad de la población inmigrante la arraigada desconfianza y el descrédito con los que los países receptores miran al fenómeno migratorio; desconfianza y descrédito consecuencia fundamentalmente del desvalor y de la suspicacia con las que se mira a las situaciones de necesidad que originan y dan impulso a este movimiento global de población. Es innegable en efecto que las corrientes migratorias se alimentan de la existencia de diferenciales cada vez más acusados de desarrollo económico y social entre las diferentes áreas que conforman el planeta3, empujando a miles de personas a desplazarse desde los países “periféricos” hasta el “centro” en busca de mejores condiciones de trabajo y de vida4.

Concurre a alimentar esta suspicacia el sistema de valores impuesto por el orden neoliberal dominante que empuja a considerar la marginalidad, la pobreza y, más en general, las situaciones de necesidad en términos de estricta responsabilidad individual. La elevación del individualismo posesivo, de la competición individual, del dinero y de la capacidad de consumo como fundamentales elementos de configuración del valor y la posición social de la persona fomenta así el proceso de criminalización latente de la pobreza y de los intentos individuales y colectivos de escapar de la misma5. De ahí que el hecho de que la población de aquellos mismos países que hoy en día son elegidos como destino de las corrientes migratorias haya sido a su vez protagonista activa de la generación de estos movimientos poblacionales no parece representar un factor relevante a la hora de contener esta suspicacia. Por el contrario, el actual contexto de crisis económica y ocupacional contribuye a alimentar las tensiones sociales y, con ello, a multiplicar los episodios de racismo y

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xenofobia entre la población autóctona, así como a legitimar cierta discriminación a nivel institucional.

Desde el punto de vista socio-económico, la creciente polarización de la riqueza así como la desigual distribución de la pobreza, el inequitativo acceso a los recursos y la depredación de los mismos, alimentado por un sistema de organización econó-mica y social indiferente a las más elementales necesidades de las personas y a la conservación medioambiental del planeta, está condenando a cuotas crecientes de la población mundial a la miseria y a la exclusión, empujando a miles de personas a emigrar en busca de mejores y más dignas condiciones de vida.

Sin embargo, si la emigración desde los países de origen se explica atendiendo a la existencia de inequívocos factores de “expulsión” (push factors), la inmigración hacia los países de destino se justifica también en términos de generación de igualmente inequívocos factores de “atracción” (pull factors) que también terminan por condicionar los flujos migratorios.

Así, la existencia de oferta de trabajo no satisfecha, alimentada por el progresivo envejecimiento de la población autóctona que reduce el saldo de la población activa, así como por los desajustes que afectan a la conformación y al funcionamiento de los mercados de trabajo de los países económicamente más desarrollados6 representan importantes factores de orientación de estos flujos7. La consolidación de un modelo de crecimiento económico intensivo en mano de obra y de bajo valor añadido sobre el que se ha asentado el crecimiento económico español y la reorientación del derecho del trabajo hacia una mayor consideración de los intereses empresariales de reducción de los costes laborales han fomentado la segmentación y fragmentación del mercado de trabajo y la creación de puestos de trabajo precarios, mal retribuido, escasamente valorados socialmente y protegidos

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jurídicamente, cuando no también irregulares8, rechazados por parte de la mano de obra autóctona (y por tanto disponible para la extranjera).

De la caracterización fundamentalmente económica de las causas que originan las migraciones deriva la constatación evidente de que los/las migrantes son en primer lugar y antes que nada trabajadores/as, al menos desde el punto de vista material. De ahí la trascendencia de la perspectiva laboral en el estudio y comprensión del fenómeno.

Ello es así no sólo porque es el trabajo el motor principal que alimenta este movimiento transnacional de población9, que es por tanto y fundamentalmente un “movimiento para y por el trabajo”. La centralidad de la perspectiva laboral se explica también en relación con al menos otras dos cuestiones de gran envergadura de las que se dará cuenta a continuación.

2. Trabajo inmigrante, derechos y ciudadanía

La primera cuestión que evidencia la importancia de asumir la perspectiva laboral en el estudio del fenómeno migratorio tiene que ver con la forma con la que el derecho mira al extranjero. En efecto, la entrada y permanencia en el territorio del Estado receptor están, por lo general, estrechamente relacionadas y supeditadas a la previa comprobación de la existencia de exigencias de mano de obra añadida de los mercados de trabajo nacionales. La “aceptación” del extranjero en el territorio del Estado se subordina pues a la previa comprobación de sus posibilidades de acceso y permanencia en el mercado de trabajo formal10. Volveremos más adelante sobre este punto.

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A ello hay que añadir la especial relevancia atribuida al trabajo para la construcción del modelo de ciudadanía propio del constitucionalismo social consolidado en Europa a partir del fin del segundo conflicto bélico mundial. El afianzamiento de la orientación social del Estado ha significado en efecto la atribución al trabajo de un valor social y político de primaria importancia11. A través del mismo, el sujeto no sólo consigue los medios económicos necesarios para lograr condiciones materiales de existencia libre y digna, sino que participa, individual y colectivamente, en la construcción del orden económico, social y político. Por eso, la protección y garantía del (derecho al) trabajo se configura, para el Estado social, como presupuesto imprescindible para asegurar la efectiva realización del principio democrático que informa e inspira el modelo de sociedad consagrado constitucionalmente. Sólo si es “social” (solidario) el Estado puede definirse también “democrático”. Se explica así como, en el modelo constitucional, es a partir de la realidad material del trabajo que se construye, incluso jurídicamente, la categoría de la ciudadanía, como igual oportunidad de todos de acceder al conjunto de derechos civiles, políticos y también sociales que conforman la condición tendencialmente inclusiva y universal de trabajador/ciudadano.

Sin embargo, ambas categorías jurídicas y conceptuales –la de trabajador y la de ciudadano– se ven sometidas a viejas y nuevas tensiones derivadas, entre otras cosas, de la cada vez más manifiesta insuficiencia de su definición a partir de la estructura del Estado-Nación. La intensificación de la interdependencia econó-mica entre las distintas áreas del planeta, alimentada por un acelerado proceso de integración de los mercados que descomponen y fluidifican los confines materiales y políticos entre los Estados se acompaña de un proceso de acelerada “renacionalización” de la ciudadanía y del reconocimiento de los derechos que le son inherentes. Ésta vuelve restrictivamente a configurarse como atributo asociado a la pertenencia del sujeto al territorio del Estado (cada vez menos) soberano (económica y políticamente). Es nuevamente la nacionalidad el elemento configurador de la ciudadanía, el presupuesto para la atribución del conjunto de derechos que definen el estatus de ciudadano.

De ahí que la aspiración a la generalización del reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas, que parecía haber inspirado la etapa histórica de las solemnes Declaraciones Universales de Derechos, choca ahora contra su reconsideración como cuestión que ha de resolverse en el estricto ámbito nacional (y, a menudo, dentro de los límites derivados de las exigencias de los mercados). De ahí que la pertenencia a la clase trabajadora del inmigrante no consigue ser presupuesto suficiente para su automática integración en el sistema de tutelas predispuestas para el...

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