México: El empleo de medios electrónicos en los procedimientos de la Administración Pública Federal

AutorFlor Ma. del Consuelo Cuéllar Meléndrez
CargoEgresada de la licenciatura en Derecho por la Universidad del Valle de Atemajac. México. Miembro del Grupo GILCE. Asesor Legal del Proyecto E-Commerce de la Coordinadora de Fomento al Comercio Exterior del Estado de Guanajuato.
  1. ANTECEDENTES

    Las reformas legislativas, gestadas como consecuencia de la revolución tecnológica a nivel mundial, han sido adoptadas en México en diversos ordenamientos jurídicos, y no, de manera particular, en un solo cuerpo de leyes.

    Las iniciativas en materia de comercio electrónico planteadas por UNCITRAL se insertaron en los Códigos de Comercio, Civil, de Procedimientos Civiles y en la Ley Federal de Protección al Consumidor de México, a mediados del año 2000.

    Sin embargo, poca atención se ha prestado a las reformas que también se han gestado con el advenimiento de las Tecnologías de la Información en los procedimientos de la Administración Pública.

    Si bien tales reformas no tienen como objetivo en el desarrollo económico del país sino el bien común, es importante destacar la valiosísima aportación que tienen como impulsoras, en lo político y social, del desarrollo de los pueblos.

  2. LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

    En materia de Derecho Administrativo, se habla principalmente de la organización del Estado, es decir, cómo se conforma el Poder Ejecutivo de la Nación. En México y a raíz de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (Estados Unidos y Canadá) se creó un ordenamiento que contempla la forma en que el Poder Ejecutivo realiza sus gestiones. En este punto es importante aclarar que la Administración Pública es la cosa o finalidad del Poder Ejecutivo, es decir, administrar los recursos de la Nación orientados hacia el bien común. El cómo llevar a cabo esa Administración es el objeto de la citada Ley, lo que ha dado por denominarse “procedimiento administrativo de gestión”.

    Existe, además otro procedimiento administrativo denominado “contencioso” que, a diferencia del procedimiento judicial que resuelve las controversias entre particulares, resuelve asuntos relacionados con el Estado y el ciudadano.

    Es preciso señalar que los Estados Unidos Mexicanos están constituidos como una República Federal, lo que significa que cada Entidad Federativa, parte del pacto Federal de México, tiene también Poder Ejecutivo (Gobernador), Legislativo (Congreso Local) y Judicial (Tribunales Superiores o Supremos de Justicia y Juzgados de Primera Instancia o fuero común), y en lo concerniente a los procedimientos administrativos, por supuesto, ordenamientos específicos que organizan al Poder Ejecutivo y algunos de sus procedimientos, dependiendo de la Entidad Federativa.

    Ahora bien, la Ley Federal de...

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