Métodos de detección del engaño en el ámbito criminal

AutorMaría Luisa Villamarín López
Páginas23-78

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«La verdad adelgaza y no quiebra y siempre anda sobre la mentira como el aceite sobre el agua».

(Don Quijote de la Mancha, 2.a parte, cap. X, Miguel de Cervantes)

1. Breve historia de la detección de la mentira en el ámbito criminal

Y dijo Caín a su hermano Abel: Salgamos al campo. Y aconteció que estando ellos en el campo, Caín se levantó contra su hermano Abel y lo mató. Y jehová dijo a Caín: ¿Dónde está Abel, tu hermano? Y él respondió: No sé. ¿Soy yo acaso el guardián de mi hermano?

(Libro del Génesis 4, 8-9).

La mentira ha repugnado siempre desde el comienzo de la historia de la humanidad. Casi siempre los que la han empleado son los trans-gresores de las normas sociales con el fin de ocultar sus acciones y evitar así el castigo de sus juzgadores.

Desde los primeros hitos de la civilización, la mayor parte de los pueblos (así consta que, entre otros, lo hicieron los chinos, los hindúes o los griegos) se han preocupado por arbitrar sistemas para intentar descubrir la mentira y el engaño en las declaraciones vertidas por quienes habían cometido hechos considerados socialmente repro-

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bables1. Por ejemplo, se tiene constancia de que los hindúes ya en el año 900 a. C. utilizaban ciertos indicios para detectar envenenadores, teniendo en cuenta su falta de respuesta o sus contestaciones evasivas, sus declaraciones absurdas, su rostro descolorido o sus gestos al tocarse las raíces del pelo con sus dedos o frotarse sus dedos del pie en el suelo (así consta en el papiro Vedas, escrito sobre el 900 a. C). En Grecia, el médico y anatomista Erasistratus utilizaba un método bastante objetivo, a través de la toma del pulso del sujeto, como ha quedado constancia en varios escritos de autores clásicos como Plutarco y Plinio.

En la Europa de la Edad Media muchos de los métodos empleados por los pueblos antiguos fueron incorporados en la determinación de los culpables en los juicios criminales mediante las ordalías o «juicios de Dios», en las que se entremezclaban supersticiones con ideas y tradiciones religiosas muy primitivas. Se basaban en la creencia de que a través de estas técnicas se manifestaba la divinidad a favor de la inocencia de los sujetos que se sometían a ellas si éstos conseguían salvar la dificultad que cada una de ellas suponía. Entre las más empleadas podemos citar la ordalía del hierro rojo ardiendo, la del agua hirviendo y la del arroz mascado. Mediante la ordalía del hierro ardiendo, técnica ya empleada en las tribus del Rajmahal en el norte de Bengala y por los antiguos persas (700 a. C), el acusado era llamado a colocar su lengua o su mano en un hierro ardiendo, de tal forma que si se quemaba se entendía que era culpable y se le condenaba a muerte. La ordalía del agua hirviendo, que se usa todavía en tribus del África moderna como método de detectar la verdad, consistía en introducir parte del cuerpo de un sujeto en agua hirviendo, de tal forma que si al día siguiente perdía la piel o mostraba ampollas se le consideraba culpable del hecho. La ordalía del arroz mascado se importó también de las tradiciones antiguas de la India, si bien en Europa se adaptó cambiando el arroz por un pedazo de pan de cebada y un trozo de queso. Se entendía que si el sujeto era culpable Dios enviaría al arcángel Gabriel para bloquear su garganta de tal forma que no fuera capaz de tragar ni el pan ni el queso. Los chinos en el año 1000 a. C. utilizaban un método similar, mediante el que hacían mascar polvo de arroz a los sospechosos de haber cometido un delito y les incitaban a escupirlo,

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incriminándolos en caso de que no lo expulsaran por haberse quedado pegado a su boca, ya que consideraban que la mentira producía como principal efecto fisiológico una menor salivación2.

No hubo grandes avances en los siglos siguientes en la detección de mentiras. Los jueces hacían uso de sus habilidades personales para desempeñar esta función, sin contar con muchos más auxilios.

Sin embargo, desde el momento en que comienzan a despegar los avances científicos, se inician los primeros esfuerzos por poner estas técnicas al servicio de la detección del engaño, como veremos en el apartado siguiente.

2. Métodos actuales de detección del engaño
A) Métodos de detección del engaño en la comunicación verbal El uso de la hipnosis y el suero de la verdad

Los expertos afirman que cuando hablamos de emociones y actitudes el 7 por ciento de toda la comunicación humana se corresponde con lo verbal (lo que se dice), el 38 por ciento con la paraverbal (cómo se dice) y el 55 por ciento con la no verbal3, si bien tanto en la vida ordinaria como el ámbito forense se sigue poniendo prácticamente toda la atención sobre la primera.

Aunque, como veremos, las técnicas tradicionales para intentar detectar mentiras en las declaraciones orales no son muy precisas, sí que presentan ciertas ventajas frente a las que analizan la comunicación no verbal, porque al menos existen ciertos protocolos de actuación que les otorgan un mayor grado de seguridad y precisión. Sin ánimo de estudiar con el máximo detalle este tema, ya que se escapa del objeto de esta obra, conviene conocer los dos protocolos más destacados que se emplean internacionalmente por peritos y policías: el SVA y el RM. El primero (Statement Validity Assesment o Evaluación de la validez de la declaración) fue creado para su empleo en los casos de abusos

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sexuales infantiles, si bien su uso se ha generalizado también para los adultos —aunque no sin ciertas limitaciones—, con la finalidad de distinguir en las declaraciones de los niños entre lo que realmente habían vivido y lo que no. Según afirma Alonso Dosouto, esta técnica es aceptada en los juicios en algunos tribunales de Estados Unidos y en diversos países europeos (Alemania, Suiza, Austria, Holanda, Suecia, Reino Unido y España). Se compone de tres elementos principales: una entrevista al menor dirigida a obtener un testimonio lo más extenso y preciso posible; análisis del relato del niño bajo los criterios de realidad (CBCA); y aplicación de la Lista de Validez que pondera factores externos al relato4. El segundo protocolo más empleado y que también cuenta con respaldo científico es el RM (Reality Monitoring o control de la realidad), creado por Johnson y Raye en 1981, con el que se busca distinguir si una declaración es verdadera o no, atendiendo al tipo de información que se ofrece, partiendo de las diferencias encontradas entre los recuerdos generados externamente y la información inventada. Aunque los datos sobre la precisión de estos métodos son variables, más o menos oscilan entre el 60 y el 75 por ciento5.

En los últimos años ha cobrado también importancia la aplicación de sistemas informáticos para tratar de buscar indicios de mendacidad en las declaraciones orales o, incluso, en las declaraciones vertidas por escrito, mediante la invención, todavía en vía experimental, de programas de detección de la mentira en el correo electrónico y los chats.

Aunque son procedimientos que no están permitidos en España ni en la mayor parte de los países de nuestro entorno (véase, por ejemplo, el art. 64.2 CPP italiano, el art. 126.2 CPP portugués o el § 136a StPO

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alemán), no puede cerrarse este apartado sin mencionar dos técnicas que se han empleado históricamente y que en algunos países se usan en ocasiones con objeto de obtener declaraciones más veraces, como son la hipnosis y el narcoanálisis. Con estas técnicas se pretende que el sujeto examinado declare sin las trabas de la consciencia y que, en consecuencia, recuerde mejor los hechos, aporte más información al proceso y lo haga de forma más creíble.

Aunque la hipnosis da buenos resultados en el ámbito médico y psicológico, los expertos no recomiendan su empleo en el ámbito forense fundamentalmente por los siguientes motivos. El primero, porque el sujeto sometido puede simular haber alcanzado el estado hipnótico, pudiendo aprovecharlo incluso para mentir bajo la apariencia de estado letárgico. Ni siquiera los más expertos hipnotistas serían capaces en estos casos de detectar esta simulación. El segundo motivo es que es fácil que cuando el sujeto despierte confunda sus recuerdos reales con los del estado hipnótico y cree nuevas memorias, que pueden no corresponderse en nada con la realidad de lo ocurrido. Y, por último, que es fácil inducir al sujeto hipnotizado a contestar en un determinado sentido o a presionarlo para que responda de cierta forma que interesa al examinador. A esto se unen dos problemas que comparte con el narcoanálisis, como son los posibles efectos secundarios de estas técnicas y su colisión con los derechos fundamentales de los sujetos sometidos a estas técnicas. En el caso de la hipnosis los expertos afirman que en ocasiones se han precipitado o exacerbado psicopatías existentes, se han desencadenado reacciones de pánico, se han producido situaciones de trauma post-hipnótico o el sujeto ha tenido grandes dificultades para salir del estado de trance en que se hallaba6.

En el caso del narcoanálisis, también conocido vulgarmente como «suero de la verdad», la administración por vía endovenosa de sustancias químicas agresivas como el pentotal sódico o el evipan pueden provocar en el sujeto reacciones físicas o psíquicas que pueden llegar en algunos casos a ser irreversibles7. En cuanto a su colisión con los

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derechos fundamentales del sujeto sometido a estas técnicas...

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