Segregación mencionando derecho de superficie y obra nueva anterior

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas109-110

Hechos: En 2013 se otorga una escritura de segregación de una finca, en la que también se actualiza la descripción del resto de la misma. En la escritura, al describir el resto, se menciona la existencia de un derecho de superficie y una construcción, que se describe nuevamente rectificando o aclarando una declaración de obra nueva previa no inscrita. Se presentan también varias escrituras previas relativas a dicha finca, al ahora resto, en las que se documenta una agregación, una donación de un derecho de superficie y una obra nueva, que presentan defectos previos y no están inscritas.

El registrador deniega la inscripción de la escritura de 2013 porque entiende que no puede practicar la segregación ni tampoco las operaciones registrales sobre el Resto sin haberse inscrito las operaciones previas. Alega también que el documento administrativo relativo a la segregación, que es un documento electrónico trasladado a papel con código seguro de verificación, no reúne los requisitos adecuados para su acceso al Registro, pues no tiene ni firma reconocida del funcionario, ni sellado de tiempo (en el momento de la emisión) por un tercero.

El recurrente argumenta que no hay ningún obstáculo para inscribir la segregación pues las operaciones previas no inscritas en nada afectan a la operación de segregación, a la parcela segregada. En cuanto al resto, justifica la diferencia de cabida respecto de la inscrita con dos actas administrativas de ocupación por...

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