Juan de Mena, propagandista del poderío real absoluto (reflejo literario de una idea jurídico-política)

AutorBlas Medina Ávila
CargoMengibar (Jaén)
Páginas805-829

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I Introducción

Dios es comiendo, e medio, e acabamiento de todas las cosas, e sin el ninguna cosa puede ser: ca por el su poder son fechas, e por el su saber son gobernadas, e por la su bondad son mantenidas.

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La literatura medieval castellana de adoctrinamiento político 2tiene su fondo doctrinal enraizado en la síntesis cristiana que de la filosofía aristotélica realizara Tomás de Aquino. Según ésta, el hombre y la agrupación humana por excelencia, la ciudad o el reino, eran creaciones divinas, y el mal y el desorden social, resultado del pecado original. Por ello, para alcanzar el lugar que naturalmente correspondía al hombre en el paraíso celeste, para alcanzar la divina gracia, era preciso seguir un camino colectivo de perfección, cuyas claves se proporcionaban en esos catecismos políticos adoctrinadores, también conocidos como specula principis.

II El príncipe, espejo social

La didáctica política precisaba que si el hombre tenía naturalmente una cabeza la ciudad debía tener la suya, el príncipe. Si no había persona sin cabeza, tampoco podía haber ciudad o reino sin príncipe o sin pastor que los rigiera y guiara. Dicho príncipe también era creación divina y sobre él recaía el deber de encabezar y de conducir a Page 806 su pueblo al reino de los cielos. Esta tarea o misión (el regimiento de la cosa pública para ese bien común de la felicidad celeste) sólo podía ser atribuida al más perfecto de los ciudadanos; a quien conociendo, por la debida instrucción, la sabiduría cristiana la aplicara en su propia persona (camino individual de perfección), en su casa y familia y, finalmente, en la polis (camino colectivo de perfección).

La fijeza que la literatura adoctrinadora medieval tiene para con el príncipe y para con las virtudes que ha de poseer hace que éste figure permanentemente expuesto a las miradas ajenas, obligado a convertirse en espejo en que mirarse los súbditos: tal cual fuera el rey, así sería su pueblo. Por tanto, los destinatarios de esa literatura adoctrinadora eran príncipes o reyes cristianos, que, si soportaban los mayores peligros y asechanzas, también disfrutaban de las mayores prerrogativas (el principado era no sólo un honor, sino también una pesada carga, honos onus), y debían ser los más adiestrados en la sabiduría predicada y objeto de principal atención pedagógica (de pedagogía política).

III Los specula principis y sus autores

El pensamiento grave y profundo que se pretendía transmitir (a los príncipes, y por extensión a los diferentes actores sociales) tiene por autor directo o inmediato (la realeza siempre está detrás de las más apologéticas y propagandísticas), a veces, a un clérigo imbuido de estudio y de un conocimiento puramente teórico de la disciplina, que conscientemente insertará su labor en una corriente secular, compilando una obra de dicta et facta esencialmente intemporal o con pretensiones intemporales, guiado por el amor al bien, a la verdad y a la patria o, mejor, al reino, o a una casa real o a un monarca concretos, pero otras veces será un noble, reputado experto en el ejercicio de las armas y con inclinaciones literarias, quien en su ancianidad, sinónima de sazón intelectual, se atreva a dictar un tratado de ciencia moral a un joven príncipe; y no faltará el científico sabio, el letrado, el técnico que, con su ingenio y con su sentido de lo colectivo (y con su deseo de tener voz en asuntos de tal naturaleza), considerará digno servicio para un príncipe rendirle un tratado de sabiduría política 3. Pero, en ocasiones, se quiebra la línea intemporal Page 807 de una doctrina inmarcesible para trazar un siniestro cuadro de los males del reino, bosquejando o desarrollando los remedios, fruto de la experiencia, de la inspiración o del deseo.

Las obras de doctrina política medieval refieren la organización estamental del reino y, dentro de ella, se ocupan particularmente del estatuto de la clase ecuestre, que será reflejada ya simplemente como brazo armado o ya encarnada en los valores de la legendaria caballería romana, donde la ocupación letrada lleva a los autores a justificar y fundar la concordancia de armas y de letras y la función esencial del consejo.

En esta literatura se pasa del cuento y de la fábula (protagonizados generalmente por animales), cuyos relatos exponen al final una moraleja para que el receptor la aplique a su propia vida, a su propia actuación cuando se vea en igual o parecido trance, sin trascenderla a normas jurídicas o de pretendido carácter jurídico, a unos tratados que diseñarán prolijamente la materia, la fragmentarán y ajustarán las partes resultantes a las esferas del ser individual, familiar y social del príncipe (ética, económica y política), una doctrina, que pretenderá o propondrá una trascendencia normativa, reforzando esta literatura, convertida en tradición, la imagen y la labor jurídica de los dirigentes políticos (el creciente desarrollo del aparato de gobierno llevará a sus páginas la, mayor o menor, concreción de las obligaciones del príncipe en su tarea política).

Pese a ello, pocas referencias encontraremos a aspectos estrictamente legales, si los entendemos en sentido positivista, muchas, en cambio, si participamos del ideario propio de la literatura didáctica medieval. Así, por ejemplo, la ley vendrá considerada como una forma de sabiduría, y una cualidad del facedor de leyes será la de ser sabio, y función o beneficio atribuido al sabio y a la ley será la conservación de la polis, y el rey será convertido en taumaturgo social, que muestra previamente las leyes pertenecientes al pueblo para después aplicarlas (será la constante unión de rey, ley y justicia). Page 808

La reforma jurídica que planeara Alfonso X con las Siete Partidas, el Fuero Real y el Espéculo debía ir acompañada de una reforma en las costumbres de la realeza y de la clase nobiliaria. Para eso se compondrían y traducirían colecciones sapienciales que reafirmaran la autoridad monárquica y de paso también la entidad cultural de Castilla4.

Por eso la literatura adoctrinadora es la traducción literaria de las obras directamente jurídicas producidas en el período de la recepción del Derecho común romano-justinianeo y canónico; son, en materia de teoría política, el movimiento filosófico-literario-propagandístico de ese momento.

Si Aristóteles se erige en la base de la llamada concepción ascendente del gobierno, cuyo origen y fin se hallaban en este mundo, inscritos en la ley de naturaleza 5 que muestra lo dominante y lo dominado unidos por una conveniencia y unas necesidades comunes; la Iglesia, en cambio, propagó su concepción descendente del gobierno, cuya raíz y fin se encontraban en el más allá: Dios ha creado el mundo y cuanto en él existe; su sistema venía referido al otro mundo, al celestial, destino natural del ser humano: «...el Señor prometió a su pueblo a través de los profetas como gran regalo que les daría una sola cabeza y que habría un solo príncipe en medio de ellos» 6.

Las vemos ocuparse del príncipe (creación divina) porque es la cabeza de ese cuerpo místico que es la ciudad o reino y, por tanto, la parte principal del mismo a la que corresponde principiar, es decir, ser el mejor de los ciudadanos, el más virtuoso, en que éstos se reflejen como en espejo, Page 809 y también de esas virtudes que traslada a los ciudadanos para convertirlas en normas morales, sociales, ya bondadosamente por imitación, ya por su imposición (regimiento político). Toda policía lleva insito un orden, sin el que no hay sociedad ni necesidad de politizar ni de buscar reglas para el funcionamiento del reino y de sus estados. En este escenario moral mejores reglas que las positivas son los hechos y los actos de los príncipes, el espejo que invita al súbdito, más que los mandamientos y las leyes escritas, a bien vivir.

Al príncipe, primer y único regidor político, creado por Dios y puesto por Él a la cabeza del reino, se le hace soberano, individuo dotado de todas las facultades y prerrogativas, es padre y juez de sus súbditos, y también legislador. Dice el Derecho y lo aplica, aunque sea mezclando el rigor con la clemencia, para corregir a los malos y dirigir al pueblo hacia el bien común, que ha de entenderse sólo como orden y seguridad, pues sin éstos no hay ciudad, sin ciudad no hay comunidad, y sin comunidad no puede haber bien común, es decir, reino.

El primer ciudadano y único regidor político, antes de ser espejo en que se miren sus súbditos, ha de tener presente, para emulación o rechazo, aquellos casos de personajes (míticos, legendarios o históricos) que en las obras de adoctrinamiento a él ofrecidas se contienen y así tener en el gobernante actual un nuevo Augusto 7 (que rija con fuerza, en paz y tranquilidad el orden social), un nuevo Escipión Africano 8 (que enfrente con decisión los peligros exteriores), un nuevo Catón 9 (que se preocupe del establecimiento de una rígida moralidad y frene los excesos con prudencia y templanza).

Naturalmente esta literatura se convierte en legitimadora de la monarquía como forma natural del regimiento colectivo por razones Page 810 fundamentalmente religiosas y, también, por causas ético-morales al enlazar al gobernante con quienes antes que él, reales o fingidos, míticos o mitificados, tuvieron semejantes oficios y funciones y se condujeron virtuosamente, haciéndolo digno heredero de aquéllos. También se convierte en propagandista de la causa regia, ya no sólo la natural, sino la elemental, primigenia y más práctica forma de regimiento político. El monarca no tendrá necesidad de hacerse virtuoso, ya lo es precisamente por ser monarca, y sus virtudes (ciertas o no) serán pregonadas para que los súbditos las imiten y ajusten su...

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