Las medidas de dinamización y liberalización del mercado ferroviario

AutorJulio López Quiroga - Tomás Fernández-Quirós Tuñón
CargoAbogados del Área de Derecho Mercantil de Uría Menéndez (Madrid).
Páginas87-91

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Introducción

Con la declarada finalidad de dinamizar el sector del transporte ferroviario de pasajeros y conseguir la máxima eficiencia en la gestión de este servicio, se aprueba el Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios, posteriormente convalidado mediante Acuerdo del Congreso de los Diputados cuya publicación se ordena mediante la Resolución de 24 de julio de 2012.

Sin duda, las dos principales medidas que establece dicha norma se refieren, por un lado, a la liberalización del servicio de transporte ferroviario nacional de viajeros, hasta ahora reservado a RENFE-Opera-dora por la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2003 del Sector Ferroviario; y, por otro lado, al establecimiento de una nueva estructura orgánica de RENFE-Operadora que le permita, entre otras, prepararse para participar en este nuevo mercado abierto a la competencia.

Recientemente, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia ha publicado una nota en la que expresa su posición en relación con este Real Decreto-ley 22/2012. En dicha nota, y tras alabar la voluntad liberalizadora y de introducción de competencia en este mercado, cuestiona, no sin fundamento, el carácter meramente parcial (e insuficiente) de la reforma acometida en el mercado ferroviario y, desde una perspectiva formal, la justificación de tramitar esta reforma mediante un instrumento legislativo previsto para normar supuestos de extraordinaria y urgente necesidad.

En las siguientes líneas exponemos, de forma sucinta, las medidas que establece el Real Decretoley 22/2012.

La nueva estructura de renfe-operadora

Como adelantábamos, una de las principales medidas reguladas en el Real Decreto-ley 22/2012 consiste en establecer una nueva estructura organizativa de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora, con la finalidad de dotarla de un esquema empresarial similar al de otros operadores ferroviarios públicos europeos.

Así, el artículo 1 del Real Decreto-ley 22/2012 dispone la integración de todas sus actividades en cuatro sociedades mercantiles estatales, cuyo capital pertenecerá, íntegramente, a RENFE-Operadora.

Cada una de estas sociedades mercantiles estatales habrá de asumir las funciones que RENFE-Opera-dora (bien directamente, bien a través de otras sociedades en las que participa) realiza en la actualidad. Ello no supone una modificación de su naturaleza jurídica, pues expresamente se confirma que RENFE-Operadora mantendrá su condición de operador público y su naturaleza de entidad pública empresarial. Ahora bien, como decíamos, las funciones que, hasta ahora, venía realizando serán ejercidas por estas cuatro sociedades mercantiles.

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En cualquier caso, debe destacarse que la norma legal ahora comentada no prevé la privatización o participación privada en el capital de estas sociedades mercantiles, pues dispone que su capital social pertenecerá íntegramente a RENFE-Operadora.

Habiendo de asumir cada una de estas cuatro nuevas sociedades mercantiles todas las funciones que, a la fecha, venía realizando RENFE-Operadora, tales funciones se dividen en cuatro distintas, atribuyéndose a cada sociedad una determinada actividad o función que será la que delimite su objeto social.

Así, en primer lugar, una de estas sociedades asumirá las funciones y obligaciones que, a la fecha, viene desarrollando la unidad de negocio o área operativa de RENFE-Operadora de Viajeros.

Una segunda sociedad mercantil llevará a cabo las funciones y obligaciones que, a la fecha, realiza tanto la unidad de RENFE-Operadora de Mercancías y Logística como las sociedades unipersonales Multi RENFE Mercancías, S.A. (dedicada a la prestación de servicios de transporte multiproducto y graneles, sólidos y líquidos), Irion RENFE Mercancías, S.A. (dedicada a la prestación de servicios ferroviarios para mercancías siderúrgicas) y Contren RENFE Mercancías, S.A. (dedicada al transporte de unidades de transporte intermodal, esencialmente, contenedores).

La constitución de estas tres sociedades mercantiles estatales (Multi RENFE Mercancías, S.A., Irion RENFE Mercancías, S.A. y Contren RENFE Mercancías, S.A.), mediante segregación y traspaso en bloque a título de sucesión universal, había sido autorizada hace apenas un año por el Consejo de Ministros celebrado el 24 de junio de 2011 (quedando publicada la segregación en el BORME de 4 de agosto de 2011). En dicho acuerdo se preveía la apertura a la participación privada en dichas sociedades de hasta un 45%. Ahora bien, ya en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012, que aprobó el Plan de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional Estatal, publicado mediante la Orden HAP/583/2012,...

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