Medidas jurídico-laborales contra la exclusión social de los jóvenes en el ámbito comunitario: emprendimiento juvenil

AutorAna Isabel Pérez Campos
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Páginas51-75

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I Introducción

La Unión Europea siempre ha tenido una dimensión social estrechamente vinculada a sus aspiraciones económicas. La mejora de las condiciones de trabajo y el nivel de vida y la igualdad de género, han sido objetivos centrales de la UE desde que los Tratados de Roma consagraron jurídicamente el principio de igualdad de retribución entre mujeres y hombres en 1957. Desde entonces, el desarrollo de una dimensión social ha ido de la mano con la profundización del mercado único y el concepto de ciudadanía de la UE, garantizando unas condiciones de competencia equitativas y derechos esenciales en todos los países1.

El debilitamiento de la recuperación económica ha agravado la crisis del empleo juvenil, dificultando, aún más, el acceso al empleo para muchos jóvenes y con una

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incidencia refleja también sobre la sociedad y la economía, con graves consecuencias para el futuro crecimiento y la cohesión social2.

Las proyecciones para los próximos años apuntan a que la aceleración gradual del crecimiento económico a medio plazo, no conllevará la mejora de las perspectivas laborales de los jóvenes a escala mundial. Para 2018 se prevé una tasa mundial de desempleo juvenil de un 12,8 por ciento, así como un aumento de las diferencias de una región a otra3. Este hecho, junto con la precariedad de la oferta laboral, elevada temporalidad y condiciones de trabajo, exige nuevos retos en la manera de abordar las cuestiones relativas a la integración de la juventud en el mercado laboral4. El empleo juvenil sigue siendo por ello un reto crucial, en la medida en que en el sistema económico actual, no resulta fácil ser joven y estar buscando empleo.

Ante el panorama descrito, los Estados miembros de la Unión Europea (UE) se han visto obligados a participar activamente en el diseño e implementación de medidas destinadas a crear empleo, especialmente destacan las diseñadas para el colectivo de los jóvenes, que intentarán prevenir el abandono escolar prematuro, facilitar la transición de la escuela al trabajo y, en definitiva, aumentar la empleabi-lidad de los jóvenes. A pesar de ello, subsisten dudas sobre la eficacia de estas medidas, así como de sus fortalezas y debilidades.

La extensión del paro juvenil en Europa invita a reflexionar sobre cuáles pueden ser los instrumentos que permitan dinamizar el empleo para este colectivo. La descripción general del mercado laboral, profundamente afectado por la crisis económica, incide especialmente en el colectivo de los jóvenes europeos, arrojando más sombras que luces.

En la Estrategia Europea del Empleo 2020 (EEE 2020) "Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador", adoptada por el Consejo Europeo el 17 de junio de 2012 y que marcaba un nuevo rumbo en la evolución de la política comunitaria de empleo se establecía el desempleo juvenil como uno de los focos necesitados de una actuación prioritaria de la UE, formando parte de dos de los cinco objetivos principales y proponiendo, por un lado, medidas para que al menos el 75% de la población de entre 20 y 64 años esté empleada -es visible que los jóvenes forman parte de este sector objetivo- y, por otro lado, plantea reducir el porcentaje

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de abandono escolar -para que sea inferior al 10%- aumentando el ratio de jóvenes con estudios completos -al menos el 40%-5.

En definitiva, el derecho social comunitario ha entrado en una fase de renovación necesaria, para poder así responder a los desafíos a los que se enfrenta. La necesidad de fomentar la productividad y el empleo va a propiciar que la renovación del modelo social europeo quede caracterizada por el vínculo indisoluble entre el rendimiento económico y el progreso social.

2. El reto del empleo juvenil en Europa: medidas y propuestas de actuación

El incremento del número de desempleados jóvenes ha propiciado un aceleramiento en la aplicación de las medidas de fomento del empleo juvenil, instada por la Unión Europa6. Y es que a pesar de que el alcance de los desafíos y las causas primordiales del desempleo juvenil varían de un Estado miembro a otro, pueden identificarse factores comunes como: abandono escolar prematuro sin cualificación; falta de las capacidades pertinentes, así como de experiencia laboral; empleo precario seguido por períodos de desempleo; oportunidades de formación limitadas y programas activos del mercado laboral insuficientes o inadecuados7.

La UE no puede realizar el trabajo que corresponde a los Estados miembros, pero ostenta la facultad de propiciarlo, señalando, en las recomendaciones específicas por países, las reformas indispensables, difundiendo las mejores prácticas, canalizando inversiones del presupuesto de la UE y ayudando a los jóvenes a aprovechar plenamente el mercado único europeo8.

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Más específicamente, la UE puede desempeñar un papel de apoyo para ayudar a los Estados miembros a mejorar la situación de los jóvenes en cuanto al empleo y la educación:

- revisando las políticas nacionales y los resultados, resaltando las prioridades desde la perspectiva comunitaria y proponiendo líneas de actuación basadas en buenas prácticas;

- proporcionando apoyo financiero para acciones nacionales y transfronterizas en consonancia con las prioridades acordadas, a través de programas, en especial el Fondo Social Europeo y otros programas de la UE, como el Programa de Aprendizaje Permanente, el Programa La Juventud en Acción y el Programa Progress, el último de los cuales apoya, en particular, nuevos enfoques políticos a través de la experimentación en materia de política social9.

La UE reaccionó a los efectos negativos que la crisis estaba produciendo sobre el empleo adoptando una serie de medidas que se plasmaron inicialmente en el denominado "Paquete sobre el empleo", adoptado en 2012 cuyo objetivo general era poner en marcha políticas de empleo por parte de los Estados miembros, a cuya financiación contribuirían los fondos comunitarios, especialmente el Fondo Social Europeo, para estimular la demanda de mano de obra.

Más específicamente, en el "Paquete global sobre el empleo" se introdujeron medidas a favor de la juventud, la UE, consciente de la evolución negativa de las cifras de paro juvenil, adoptó un "Paquete sobre el empleo juvenil" en el mismo año 2012. Las principales medidas incluidas en el mismo fueron:

- La "Garantía Juvenil" adoptada por el Consejo en abril de 2013 a propuesta de la Comisión Europea.

- Una Recomendación del Consejo adoptada en marzo de 2014 a propuesta de la Comisión en 2013 relativa al establecimiento de un marco de calidad por parte de los Estados miembros para los períodos de prácticas. Se trata de fijar las condiciones de trabajo del joven en prácticas (jornada laboral, remuneración, cobertura de la seguridad social, etc.).

- La Alianza Europea para el Aprendizaje y las vías necesarias para reducir los obstáculos para la movilidad de los jóvenes. Erasmus + puede contribuir a financiar el aprendizaje de los jóvenes en el exterior. A través de la Garantía

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Juvenil también se puede acceder a un aprendizaje, que puede ser un buen punto de partida para acceder al mercado laboral.

2.1. Garantía juvenil

En 2013, inmersos en una crisis que tuvo graves consecuencias en el empleo de los jóvenes, los Estados miembros se comprometieron a aplicar un planteamiento global para luchar contra el desempleo juvenil como objetivo específico e inmediato, donde destacó la aprobación de una Recomendación sobre Garantía Juvenil de 28 junio de 201310.

  1. Noción y alcance

    La Comisión invitaba a los Estados miembros a velar para que todos los jóvenes de hasta veinticinco años pudiesen optar a una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendices o período de prácticas en un plazo de cuatro meses, tras quedar desempleados o acabar la educación formal11.

    El objetivo o finalidad primordial que persigue esta figura es el de garantizar que los servicios públicos de empleo ayuden de manera activa a los jóvenes, bien a encontrar un puesto de trabajo adecuado a su educación, competencias y experiencia, bien a adquirir la educación, competencias y experiencia que buscan los empresarios y que, por lo tanto, necesitan para aumentar sus posibilidades de encontrar un empleo en el futuro.

    El diseño inicial de un sistema de Garantía Juvenil planteó una serie de cuestiones, derivadas de las diferentes situaciones en cada uno de los Estados miembros, que han dado lugar a divergencias en el desarrollo y la aplicación del sistema. En primer lugar, cabe señalar que los jóvenes, a pesar de necesitar una intervención y un seguimiento específicos a través de una Garantía Juvenil general, no constituyen un grupo homogéneo y se enfrentan a entornos sociales diferentes; además, será

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    necesario prestar una atención especial a los jóvenes particularmente expuestos a convertirse en "ni-nis" o permanecer en esta situación12.

    Los sistemas de Garantía Juvenil se deben basar en directrices de acuerdo con las circunstancias nacionales, regionales y locales y atendiendo al género y a la diversidad de los jóvenes destinatarios. Para obtener los mejores resultados se necesitaban medidas nacionales coherentes y que se refuercen mutuamente, así como otros instrumentos políticos.

    En fin, resulta esencial la inversión social en las cualificaciones y capacidades de las personas, a lo largo de toda la vida, para aumentar sus posibilidades de integrarse mejor en el...

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