El sistema de medidas cautelares, IX Reunión de Profesores de Derecho procesal.

AutorCarlos Marín Albornoz
Páginas1033-1035

    IX REUNIÓN DE PROFESORES DE DERECHO PROCESAL: El sistema de medidas cautelares. Ediciones Universidad de Navarra, S.A. Pamplona, 1973.

Consta la presente obra de 259 páginas, que comprenden la labor aportada por varios profesores de Derecho Procesal en la IX Reunión, celebrada en los días 15, 16 y 17 del mes de octubre de 1973 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra, bajo la presidencia del catedrático de Derecho Procesal de dicha Universidad, profesor Gutiérrez de Cabiedes.

Comienza con una ponencia del señor Gutiérrez de Cabiedes sobre los elementos esenciales para un sistema de medidas cautelares.

Estos procesos presentan una buena cantidad de problemas que, sin pretender exhaustividad, cree conveniente enumerar:

  1. Una teoría general de las medidas cautelares obligaría a precisar si este instituto procesal se correspondería o no con un derecho subjetivo sustancial a la cautela.

  2. Otra cuestión a resolver es la de la autonomía o dependencia de las medidas cautelares.

  3. Otro problema a resolver es el de si las medidas cautelares pueden ser estudiadas conjuntamente con aquellas otras disposiciones procesales que van enderezadas a conservar los datos y pruebas que permitan que la Page 1034 sentencia pueda dictarse con acierto y pleno conocimiento de los hechos por el juez.

    Hechas ciertas precisiones, considera necesario abordar el estudio, aunque sea somero, de las características fundamentales de las medidas cautelares, o si se quiere de aquellos elementos de que debe constar una medida para que quepa conceptuarla de cautelar. Estima que las las más importantes son las siguientes: a) efecto asegurativo de la medida; b) la medida cautelar está preordenada a un proceso pendiente; c) exhibición del título; d) homogeneidad y no identidad entre la medida cautelar y el derecho sustantivo tutelado; e) carácter dispositivo de la medida cautelar; f) contracautela, y g) levantamiento o modificación de las medidas cautelares.

    Sin embargo, el tema que desde un punto de vista práctico y prelegislativo tiene más importancia en la regulación de las medidas cautelares es el de su clasificación.

    Desde un punto de vista teórico se pueden clasificar las medidas cautelares atendiendo a que la obligación sea:

  4. De dar cosa genérica (dinero).

  5. De dar cosa específica: mueble o inmueble.

  6. De hacer.

  7. De no hacer.

    Estas medidas tendrán unos presupuestos distintos cuando la obligación nazca de un derecho personal o de un derecho real...

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