Presupuestos y avance de los mecanismos jurídicos de protección de la infancia en el siglo XIX

AutorJavier Dorado Porras
Cargo del AutorEditor
Páginas537-568
1. EL ORIGEN DE LA PREOCUPACIÓN POR LA INFANCIA EN
ESPAÑA
Desde las postrimerías del siglo XVIII a principios del XIX se puede
rastrear con claridad en el sistema político de tutela de la infancia en
España y también en Europa unos primeros esbozos cuyo seguimien-
to desembocará en un sistema jurídico-político de protección de la in-
fancia y finalmente en el reconocimiento de sus derechos. Lo cierto es
que hasta bien entrado el siglo XVII la sociedad no empieza a intere-
sarse por el niño en sí, en su idiosincrasia. Momento en el que surge
una concepción moral de la infancia a la que le preocupa la fragilidad
y debilidad del niño más que cualquier otro aspecto. Perspectiva que
explica el impulso de la educación y de la creación de escuelas y cole-
gios que a partir de ese momento tiene lugar. Paralelamente, cambian
también las relaciones de la sociedad y de la familia con la infancia.
Esta última al concentrarse progresivamente alrededor del niño resul-
tará reforzada, comenzando a dibujarse las líneas de lo que será la fa-
milia patriarcal, alejándose de esta forma de otras prácticas como las
del linaje1. Esta preocupación moral se extiende al niño que vive en la
calle y práctica la mendicidad, esto es, al menor desatendido.
Más concretamente, en España, hasta finales del siglo XIX, la preocu-
pación por la infancia se centró fundamentalmente en las problemáticas
de la orfandad y el abandono. Inquietud que se materializa en una pro-
gresiva creación, desde la iniciativa asociativa concentrada hasta finales
del siglo XVIII en manos de la Iglesia y de los particulares, de estableci-
1Vid. ARIÉS, PH., El niño y la vida familiar en el Antiguo Régimen, trad. de N. García
Guadillo, Taurus, Madrid, 1987, pp. 160, 170, 238 y 466.
HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Tomo III: Siglo XIX538
mientos dedicados a la infancia2. Sin embargo, la confianza depositada
en el sistema de encierro se vino abajo como consecuencia del adveni-
miento de las crisis agrícola y de subsistencia3 que, provocadas por las
malas cosechas y agravadas por un sistema inadecuado de percepción,
almacenamiento y distribución de los granos, se produjo en España en
la segunda mitad del siglo XVIII y que llegó a su máxima intensidad a
principios del XIX. Como consecuencia de estas crisis los centros benéfi-
cos se vieron ampliamente desbordados ante una demanda masiva de
socorro y asistencia, lo que provocó una situación miserable y caótica de
los establecimientos. Como es obvio, los centros de niños abandonados
se vieron aquejados por los mismos dramáticos problemas.
El aumento de la demanda asistencial producto de las distintas cri-
sis presentes en la España de fines del siglo XVIII, crisis agrícola, de
subsistencia, epidémica, desamortizadora, y la inadecuación del sector
benéfico para contestarla se proyectan también sobre las instituciones
acogedoras de niños desamparados. De ahí que gran parte de la pre-
ocupación giraba alrededor de la acción social encaminada a la protec-
ción de los menores, a la que se había venido haciendo frente median-
te la creación de las casas de misericordia, inclusas, casas de expósitos,
casas de maternidad, que iban a permitir, entre otras cosas, erradicar la
mendicidad4, apartándolos así de su contaminante medio originario o
exposición permanente en las calles. Sin embargo, a pesar de la con-
fianza depositada en este sistema de encierro, el resultado fue el de la
más absoluta catástrofe, dado el elevado grado de mortandad infantil
que se produjo en todas y cada una de estas instituciones.
A partir de mediados del S. XVIII, los críticos comienzan a denunciar
los altos índices de mortalidad infantil de la administración de hospicios y
casas de expósitos. Se habla de “herodiada”5, y se dedican a estudiar las
2Vid. PICONTÓ NOVALES, T., La protección de la infancia. Aspectos sociales y jurídicos,
Egido Editorial, Zaragoza, 1996, pp. 20-31. Al respecto puede verse también en RAMAS
VARO, M. L., La protección legal de la infancia en España. Orígenes y aplicación en Madrid (1900-
1914), Consejo Económico y Social, Madrid, 2001, pp. 57-69.
3Un análisis detallado de esta crisis agrícola, de subsistencia y epidémica puede ver-
se en MAZA ZORRILLA, E., Valladolid: sus pobres y la respuesta institucional (1750-1900),
Junta de Castilla y León, Valladolid, 1985, pp. 151 y ss.
4La práctica de la mendicidad de los niños fue denunciada, entre otros, por: ARENAL, C.,
El pauperismo, Tomo XVI, Vol. II, Librería de Victoriano Suárez, Madrid, 1897, pp. 112 y ss.,
en ID., Artículos sobre Beneficencia y Prisiones, Tomo XX I, vol . IV, Li brerí a de Vi ctoria no Suá -
rez, Madrid, 1901, pp. 152 y ss.; y PÉREZ GALDÓS, B., Misericordia, Alianza, Madrid, 1991,
pp. 21-30.
Capítulo XXX: Presupuestos y avance de los mecanismos jurídicos - TERESA PICONTÓ NOVALES 539
causas determinantes de ese desastre. Entre otras razones, como móviles
de esa catástrofe, cabe citar la inexistencia de suficientes nodrizas que los
amamantasen, quienes, además, por el hecho de estar mal retribuidas, se
dedicaban a lactar no a uno sino a varios recién nacidos (hasta cuatro o
cinco)6. Si esto estaba ocurriendo en las ciudades, lo cierto es que no era
más halagüeño lo que sucedía en el campo, donde las nodrizas parece ser
que escatimaban la leche, sustituyéndola por papillas indigestas (alimen-
to artificial) que también “concluía” con la vida de los niños7.
La primera de las razones de la muerte de los menores abandona-
dos trae causa del acto mismo de la conducción a las inclusas o asilos,
dado el largo recorrido que la mayor parte de las veces sufre el menor,
al existir un gran déficit de los centros dedicados a la ayuda de los ex-
pósitos y a su gran dispersión geográfica8. Lo que se traduce en que
sólo en las poblaciones de mayor importancia van a encontrarse esta-
blecimientos benéficos9, en aplicación de una política centralizadora
5Vid. LÓPEZ NÚÑEZ, A., La prote cción a la in fancia en Es paña, Ariás, Madrid, 1908, p. 123.
6Una denuncia de esta situación es la realizada por Concepción Arenal cuando afirma
que “el número de nodrizas para los expósitos es insuficiente y los niños mueren de hambre.
En la Inclusa de Orense, por ejemplo, se debe a las nodrizas veinte meses de lactancias;
como es natural, se retraen de ir a buscar expósitos o los devuelven, y en el torno están en la
proporción de UNA ama para CUATRO O CINCO NIÑOS. ‘La mortandad (nos escriben) es
horrorosa’”; vid. ARENAL, C., Artículos sobre Beneficencia y Prisiones, cit., p. 510.
7Los efectos de esta alimentación artificial o “a mano” de los menores, en general, y
de los expósitos, en particular, es estudiado en la Inglaterra del S. XVIII por Lynd, “La cau-
sa principal de la mortalidad infantil era que, muchas madres no querían, o no sabían
amamantar a sus hijos y se introdujo la desastrosa costumbre de criarlos ‘a mano’. El Doc-
tor H. Sloane (...) era resueltamente opuesto a la crianza ‘a mano’ y pedía pechos lactantes
para los hospicianos (...)”; vid. LYND, S., Los niños ingleses, Adprint Limited, London, s. f.
La problemática de los alimentos malsanos que recibían los niños españoles de las mujeres
mercenarias, puede verse en ARENAL, C., El Pauperismo, cit., pp. 105 y ss.
8Vid. XAVIER DE URIZ, J., Causas prácticas de la muerte de los niños expósitos en sus pri-
meros años, Tomo I, Josef de Rada, Pamplona, 1801, pp. 48, 51 y 52.
9La cuestión del déficit de los establecimientos de protección y recogida del menor
y sus consecuencias es ampliamente estudiado por Elena Maza Zorrilla. Así, por ejem-
plo, señala: “El obispado de Santander sólo cuenta con una Casa desde tiempos muy re-
cientes (1778) y el de Oviedo con otra (...), a la que llegan los expósitos de cualquier punto
del principado (con veinte leguas de extensión (...)) por medio del ‘correo o un propio
que viene a sus negocios metido-s- en una alforja con un poco de manteca’”; vid. MAZA
ZORRILLA, E., Valladolid: sus pobres y la respuesta institucional (1750-1900), cit., p. 68. De ahí
que Concepción Arenal denuncie cómo “la centralización cuesta a muchos expósitos la sa-
lud (...). La compasión disminuye a medida que aumenta la distancia del objeto que lo ins-
pira (...). La beneficencia debe ser municipal”; vid. ARENAL, C., Artículos sobre Beneficencia
y Prisiones, cit., pp. 76, 80 y 86.

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