La materia biológica como invención patentable

AutorMaría Mercedes Curto Polo
Páginas347-349

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Curto Polo, María Mercedes: La materia biológica como invención patentable, Ed. Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, España, 2016, 271 pp.

La obra que ahora comento tiene como objeto una materia que durante demasiado tiempo ha adolecido de una falta general de obras capaces de ofrecer una visión holística de las cuestiones sometidas a discusión jurídica: la patentabilidad de la materia viva. Esta carencia se ha visto ahora sobradamente compensada gracias al elogiable trabajo de la Profesora Curto Polo, de la UNED, que constituirá, a mi juicio, la publicación de referencia en esta materia, al menos en lengua castellana. Pocas veces, en realidad, se encuentra uno ante un texto de la complejidad que entraña el que ahora comento, que no sólo abarca todos los ángulos de la discusión sobre la patentabilidad de la materia viva, sino que, además, se sale del marco geográfico del derecho europeo para introducir consideraciones sobre el sistema jurídico estadounidense que, como es sobradamente conocido, posee particularidades propias que no son fáciles de abordar para los juristas de este lado del Atlántico.

Formalmente, se trata de una obra muy bien escrita, que se beneficia de una estructura muy bien pensada, que fluye sobre la base de tres capítulos que tratan de cuestiones claramente diferenciadas. En el primero de todos ellos, la autora aborda una introducción general de la problemática relacionada con la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas, momento en el que, como narraré a continuación, intercala sugerencias y reflexiones personales de indudable originalidad y

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manifiesto mérito. En el siguiente, procede a centrarse en la materia viva como invención patentable, momento en el que su foco de atención gira especialmente sobre la patentabilidad de las plantas o los animales, así como de los procedimientos biológicos o microbiológicos relacionados con ellos. Por fin, el tercero y último versa de una materia que le resulta particularmente afín al autor de estas breves líneas, la patentabilidad de invenciones referidas al ser humano. Dadas las limitaciones de espacio a las que me veo sometido, centraré mis comentarios en la primera y tercera parte, que son las que corresponden mejor a mi conocimiento de la materia.

Con respecto al primer capítulo, he de comenzar señalando que encuentro que la autora plasma adecuadamente las dificultades que ofrece para la protección de las invenciones biotecnológicas un...

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