MARÍN, Manuela: Mujeres en al-Ándalus
Autor | M. Martínez Almira |
Páginas | 755-758 |
MARÍN, Manuela: Mujeres en al-Ándalus, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2000; 784 pp.
Page 755
Al historiador del Derecho español interesado en disponer una bibliografía instrumental para el conocimiento y comprensión del Derecho andalusí no debe pasarle inadvertida esta obra, aún a pesar de contar con un título que, en principio y respecto a la disciplina histórico-jurídica, bien pudiera parecer de estricto contenido de literatura de género. Y en efecto, se trata de una obra de las que en la actualidad definen este tipo de investigaciones y estudios, pero en la que se adivina el interés de la autora no sólo por el papel que desempeñó la mujer en al-Ándalus, sino también por la trascendencia de sus acciones en el ámbito jurídico, y concretamente en el ámbito jurisprudencial. No en vano sus aportaciones a este campo del conocimiento desde el Consejo Superior de Investigaciones Científicas justifica un merecido espacio en el marco de las investigaciones sobre la mujer y el derecho andalusí.
Resulta gratamente sorpresivo comprobar como el contenido de este trabajo se incardina en torno a un eje con connotaciones jurídicas, que permite identificar sus distintos capítulos con parcelas concretas del Derecho en general y del Derecho Privado en particular. De hecho, la obra puede ser considerada de gran utilidad cuando lo que se pretenda sea incorporar esta materia a la asignatura de Historia de las Instituciones del Derecho Privado. Así por ejemplo, aquellas cuestiones suscitadas acerca de la identificación y explicación de los conceptos relativos a las mujeres en sus diversas manifestaciones públicas o privadas merecen un tratamiento apriorístico; como igual sucede con la determinación de los símbolos que representan a la mujer, y que según Marín permiten considerar a la mujer desde distintas ópticas en atención al modelo que representan, concediendo especial atención al tratamiento que los juristas depararon a estas materias.
La autora extrae datos precisos sobre el tratamiento que la mujer mereció por los juristas andalusíes y magrebíes, a quienes se les atribuyen obras relevantes del Derecho aplicable en al-Ándalus, tanto de la escuela malekí como de la escuela de Awzaí. Cítese por caso la obra de Ibn Hazm (ss. V- XI), o los textos jurídicos de magrebíes que ejercieron gran influencia sobre los juristas andalusíes, como así fue respecto a Ibn Abí Zayd al-Qayrawäní (ss. IV-X), o a Ibn 'Asim (ss. IX- XV); sin olvidar las máximas de cordobeses y toledanos -entre otras procedencias-, como Ibn al-`Attär (ss. IV-X), Ibn Härit. al-Jusaní (ss. IV-X), Ibn Sahl (ss. V-XI), Muhammad b. 'Iyäd. (ss.
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