Madrid: la conflictividad judicial en materia de aguas privadas

AutorC. Alonso García
Páginas703-721
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XXIX
Madrid: la con ictividad judicial en
materia de aguas privadas
Mª C A G
Sumario: 1. T   .–2. N. 2.1. Leyes: La desafecta-
ción de parte de la «Cañada Real Galiana» como vía pecuaria. 2.2. Caza y Pesca. 2.3. Espacios natura-
les protegidos. 2.4. Subvenciones.–3. O.–4. E.–5. J -
la nueva Ordenanza municipal del Ayuntamiento de Madrid por la que se establece el nuevo Régimen de
Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades. 5.2. Jurisprudencia sobre sanciones en
materia de aguas. 5.3. Necesidad o no de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.4. Sentencia sobre ruido.–6.
P.–7. L          
M.–8. A ,   . 8.1. Normas. 8.2. Juris-
prudencia. 8.3. Bibliografía.
* * *
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
El tema más interesante de los abordados por la Comunidad madrileña durante el
período de tiempo al que se refiere este informe es la aprobación de la Ley 2/2011,
de 15 de abril, por la que se procede a la desafectación como bien de dominio público
de un tramo de la vía pecuaria denominada «Cañada Real Galiana», y su conversión
en patrimonial. La norma, que tiene como trasfondo de su adopción el tratar de dar
solución a un problema fundamentalmente de naturaleza social que afecta a la zona, la
ubicación ilegal de asentamientos inmobiliarios, que ha sufrido una fuerte contestación
por parte de importantes grupos ecologistas, que ven en la publicación de la misma
una maniobra de la Comunidad para traspasar a los Ayuntamientos afectados el pro-
blema, a través de la enajenación a los mismos y posterior urbanización de los terrenos
desafectados. También por la reacción suscitada entre los ecologistas tiene su interés
el Decreto 10/2011, de 17 de febrero, que reforma de la estructura administrativa del
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Observatorio de políticas ambientales 2012 _________________________________________________
Consejo Asesor de Medio ambiente para hacer posible una mejor participación en su
seno de los grupos representativos de intereses ambientales.
En la jurisprudencia dictada por el Tribunal de Justicia de Madrid durante 2011
destaca en primer lugar la sentencia de 17 de febrero de 2011, por la que se anulan
más de sesenta artículos de la nueva Ordenanza del Consistorio madrileño por la que
se establece el Régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Activida-
des, aprobada en 2009. De la misma ya dábamos cuenta en nuestro anterior Informe,
correspondiente al año 2010, pero haciéndonos eco de ella a través de las noticias que
había avanzado la prensa al respecto. Una vez publicado el fallo judicial, analizamos
más detenidamente su contenido. También son destacables una importante serie de
sentencias que consagran la doctrina jurisprudencial que defiende la naturaleza jurídico
privada de las aguas reconocidas como tales en la legislación de 1879. Destaca asimismo,
por su inutilidad operativa, la declaración de nulidad de determinados proyectos de
reforma de la carretera de circunvalación de la capital, –M-30–, por no haberse some-
tido a la misma al obligatorio trámite ambiental que expresa la declaración de impacto
ambiental. Una vez más, la lentitud de la justicia hace que su pronunciamiento llegue
tarde, una vez realizadas las obras y en funcionamiento la vía.
Por lo que respecta a la ejecución de la política ambiental, en 2011 no se ha adop-
tado ningún nuevo plan de acción ni tampoco se ha dado un impulso relevante a los
ya existentes. Se advierte una rebaja notable de las subvenciones directas, aunque
se mantienen aquellas que tienen por objeto la llamada a la colaboración privada o
municipal en la función pública de protección ambiental. De esta manera, se prevén
compensaciones para los propietarios de fincas que acojan nidos de águila imperial,
para que las PYMES implanten y mantengan sistemas voluntarios de gestión y auditoría
medioambiental, y para los propietarios de montes de titularidad privada que realicen
obras y trabajos de repoblación forestal. A los Ayuntamientos se les otorga para la cons-
trucción y equipamiento de Centros de Recogida de Residuos Valorizables y Especiales
(Puntos Limpios).
2. NORMATIVA
2.1. LEYES: LA DESAFECTACIÓN DE PARTE DE LA «CAÑADA REAL GALIANA» COMO VÍA
PECUARIA
La única disposición general en materia ambiental publicada durante 2011 ha sido
la Ley 2/2011, de 15 de abril, de la Cañada Real Galiana.
Antes de proceder al análisis del objeto, contenido y consecuencias jurídicas de
esta disposición, es necesario hacer una breve descripción del problema social que se
advierte en la zona y que, desde nuestro modesto punto de vista, es el que ha determi-
nado la nueva calificación jurídica de este bien público, en un intento de dar solución
al mismo.

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