Mac Gregor, Harvey: «Contract code» Proyecto redactado por la Law Commission inglesa. Editorial José María Bosch. Traducción de José María de la Cuesta Sáenz y Carlos Vattier Fuenzalida. Barcelona, 1996. Un tomo de 245 páginas.

AutorFrancisco Corral Dueñas
Páginas276-277

    MACGREGOR, HARVEY: «Contract code». Proyecto redactado por la Law Commission inglesa. Editorial José María Bosch. Traducción de José María de la Cuesta Sáenz y Carlos Vattier Fuenzalida. Barcelona, 1996. Un tomo de 245 páginas.

Con el patrocinio del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España se ha publicado la edición española de este libro, elaborado por el jurista inglés Harvey MacGregor, Profesor de la Universidad de Oxford, quien nos viene a presentar el proyecto normativo por el cual se busca un acercamiento del sistema anglosajón de contratación al correspondiente sistema continental.

Dado el avance, al parecer imparable, que supone la integración en la Unión Europea, asistimos en la actualidad a una clara tendencia de poner de acuerdo las dispersas regulaciones nacionales. Son aproximaciones impuestas por la conveniencia de facilitar que el Tratado de Maastrich constituya no sólo una realidad económica, sino también jurídica.

El Parlamento Europeo ya dictó una célebre Resolución el 26 de mayo de 1989 por la cual se expresaba el ideal de llegar a un Derecho Privado común a los países de Europa, pudiendo éste llegar en un momento más o menos lejano a sustituir a los Códigos nacionales; para ello sería preferible empezar por la parte de las obligaciones y contratos, la más proclive a las relaciones internacionales.

Como se nos dice en la nota preliminar de los traductores de esta edición, la Resolución mencionada se entiende en el contexto de las innovaciones introducidas al Tratado de Roma por el Acta Unica Europea y el Tratado de Maastrich, que han contribuido a superar el modelo originario de integración «débil» y se encaminan a un modelo «intermedio», ya que facilitan la armonización legislativa en los sectores prioritarios, sin alcanzar todavía el modelo de integración «fuerte», por no prever de forma decidida la promulgación de textos normativos uniformes. Así, el Tratado en su redacción primitiva se limitaba a establecer a una simple aproximación de las disposiciones concernientes al mercado común, salvo que la diversidad legislativa provocase una distorsión grave, en cuyo caso habría de regir un proceso de simple corrección que no llegaba a ser vinculante para los Estados miembros

Page 277La nueva idea ha provocado un importante debate doctrinal sobre la conveniencia de la unificación del Derecho de obligaciones y el punto de partida ha sido el Congreso «por un Código europeo de contratos», celebrado en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR